Si tu contrato de trabajo ha finalizado en España y recibes la prestación por desempleo contributiva, puedes exportar ésta a cualquier país del EEE [Espacio Económico Europeo], cuya finalidad debe ser la búsqueda activa de empleo en el país de destino.
Cómo proceder:
- Haber estado inscrito durante un minimo de cuatro semanas como demandante de empleo en España.
- Presentar la solicitud en una Oficina del Servicio Publico de Empleo [SEPE].
- Solicitar la expedición del formulario U2 [para los países de la Unión Europea] / E303 [para Islandia, Lietchestein, Noruega y Suiza].
- Inscribirse como demandante de empleo en el paìs de destino en un plazo de 7 días desde la autorización de la exportación.
La exportación se autoriza por un período máximo de 3 meses, prorrogable por otros tres meses más siempre que:
- Se acrediten expectativas ciertas de empleo: estar en un proceso selectivo de una empresa o pendiente de realizar entrevistas.
- Se acredite búsqueda de empleo activa: contestaciones de empresas a las que se ha enviado el curriculum – En mi caso, fue suficiente reenviando tres emails de tres empresas diferentes con las que había realizado entrevistas.
- Se esté realizando formación de carácter oficial [servicios de empleo, universidad, escuela de idiomas...] y que la fecha de finalización termine más allá de la fecha inicial de los primeros tres meses.
Posibles situaciones durante la exportación:
- Haber encontrado trabajo en el país de destino.
- Retornar a España sin haber transcurrido el período de 3 meses.
- Terminada la exportación, seguir en el país de destino.
En todos los casos, la prestación por desempleo podrá ser reanudada en España siempre que se retorne antes de haber pasado un año desde que se saliese del país, periodo durante el cual se debe haber trabajado, formado o buscado activamente empleo.
Archivado en: Trabajo Tagged: desempleo, documentacion, españa