Una mujer de 34 años ha solicitado en Valencia autorización a un juzgado civil para ser inseminada de forma artificial de su marido, de 38 años, en coma irreversible desde hace una década. La pareja se casó en 1991. Siete meses después, un accidente de moto dejó al esposo en coma. Desde entonces permanece ingresado en un hospital.
El Juzgado dicta un Auto a propósito de este caso.La esposa solicita autorización judicial para la obtención de espermatozoides de su marido y con ellos proceder a la inseminación artificial de la solicitante. Se da audiencia al Ministerio Fiscal, a sus padres y a la hija -fruto de su primer matrimonio-, representada por su madre. Todos se oponen a la pretensión.
Posteriormente, la mujer se ratifica en su solicitud de autorización judicial para ser inseminada con gametos de su marido, matizando en el Antecedente de Hecho Tercero que "el único interés perseguido en el presente expediente es el solo hecho de poder ser madre a través de la reproducción asistida, de modo tal que, al no ser ello factible por medio de semen procedente de donante anónimo, en razón de precisarse legalmente para dicho sistema el consentimiento del esposo, se interesaba entonces que la inseminación se le realizase con semen de este último, pero sin que el fruto de ello sea ni pueda ser tenido por hijo de su esposo incapaz ni, consecuentemente, que pueda ostentar tampoco ninguna clase de derechos hereditarios respecto del mismo".
El Juez autoriza inseminación artificial con semen de donante, entendiendo que existe separación de hecho a estos solos efectos, y la filiación únicamente se determinará respecto de la línea materna.
A saber:
- La esposa del paciente administra 600.000 euros y una pensión de 3000 al mes.
- La ex esposa se mostró contraria a que accediera a la petición de María porque eso perjudicaría los derechos de herencia de la hija que tuvo con él.
- ¿Puede un varon ser padre jurídicamente sin su consentimiento?
- La esposa actual, por mediación de su abogado, firma un documento donde desea ser inseminada con semen de su esposo, matizando que el fruto de ello no sea tenido por hijo de su esposo ni, consecuentemente, pueda reclamar ningún derecho hereditario respecto del mismo.
Fuentes:
Derecho de Familia
El País
La Voz de Galicia
Abc