Revista Opinión

Fiducia cum amico, estafa en abuso de confianza

Publicado el 03 diciembre 2016 por Elblogderamon @ramoncerda

Lo que se conoce como fiducia cum amico es un negocio jurídico muy antiguo y perfectamente legal. Se trata de que alguien ostente la titularidad ficticia de unos bienes por un motivo que pactan las partes. En el caso de una reciente sentencia en la que se condena por estafa al fiduciario, se trataba de realizar unas donaciones ficticias para que el fiduciario aparentara una solvencia suficiente para pedir unos créditos con los cuales adquirir otros bienes. El que sería el verdadero propietario no quería aparecer como titular para poder negociar un precio menor. Todo este asunto, aunque pudiera parecer irregular, en realidad no lo es. Hablamos de una fiducia en la que un tercero gestiona los bienes de otro, pero sin ser propietario real de los mismos.

Cómo se produce la estafa con la fiducia cum amico

El estafador, desde el principio no tiene intención de cumplir su parte de lo pactado, con lo cual, convence al propietario para que le ceda una serie de bienes con la excusa de que es necesario para conseguir la financiación y la adquisición de los otros bienes. La finalidad aparente del negocio es realizar toda la operación y luego devolver los bienes a su verdadero propietario, pudiendo haber o no remuneración por el servicio.

Lo ocurrido es que el estafador, una vez ha tenido los bienes a su nombre, no ha seguido con lo pactado.

La sentencia a la que me refiero en este caso es la número 845/2016 de 8 de noviembre, siendo el ponente el señor Conde-Pumpido Touron.

Curiosamente el Código Civil no menciona para nada la fiducia, por lo que toda su regulación a lo largo del tiempo se viene haciendo mediante pautas jurisprudenciales.

Ramón Cerdá

Fiducia cum amico, estafa en abuso de confianza

Ontinyent, 1964


Volver a la Portada de Logo Paperblog