El Formulario I-129 es esencial para obtener una visa para trabajar en Estados Unidos. Los empleadores estadounidenses que patrocinan a extranjeros para el empleo en Estados Unidos presentan este Formulario. Veamos qué es el Formulario I-129 (Petición de Trabajador No-Inmigrante) y cómo llenarlo.
¿Para qué sirve el Formulario I-129?
El Formulario I-129 (conocido en inglés como Petition for a Nonimmigrant Worker) es presentado por los empleadores que desean solicitar a un trabajador temporal. Puedes encontrar el formulario en el sitio del Servicio de inmigración de Estados Unidos.
Los empleadores también pueden presentar el Formulario I129 para solicitar un cambio de estatus o una extensión de estadía para los trabajadores TN, E-2 y E-1.
Esta guía cubre el uso apropiado del formulario y consejos para completarlo paso a paso.
Tipos de trabajadores que pueden ser patrocinados usando el Formulario I-129:
El formulario I-129 se puede presentar para las siguientes categorías de visas de trabajo en Estados Unidos:
- Trabajadores temporales calificados (Visas H-1B, H-1C, H-2A o H-3)
- Extranjeros de habilidad extraordinaria que califican para el status O-1, y sus asistentes que califican para el status O-2.
- Atletas, artistas, músicos, actores o entretenedores que califiquen para el estatus P-1, P-2 o P-3 y su personal esencial que califica para el estatus P-1S, P-2S o P-3S.
- Los visitantes de intercambio cultural que califiquen para el estatus Q-1
- Trabajadores religiosos que califican para el estatus R-1.
- Personas que ya están en Estados Unidos y necesitan extender el estatus E-1, E-2 o TN.
¿Cuánto cuesta procesar el formulario I-129?
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos cobra una tarifa de $460 por procesar este formulario.
Usos del Formulario I-129
Como se mencionó anteriormente, el Formulario I-129 puede usarse para más de un propósito, incluyendo:
- Patrocinar a un extranjero que no reside en Estados Unidos, pero que puede solicitar la correspondiente visa de no inmigrante en el consulado después de la aprobación del Formulario I-129.
- Cambiar el estatus de un extranjero cualificado que ya está en Estados Unidos con otro estatus de no inmigrante.
- Extender el estatus de un extranjero que ya está empleado y tiene un estatus apropiado de no inmigrante.
- Modificar el empleo aprobado de un extranjero cuando hay un cambio sustancial en los deberes, títulos o salario del trabajo.
Preparando el Formulario I-129
El Formulario I-129 tiene 6 páginas, con una página adicional para explicaciones.
Para llenar el formulario, deberás tener la información sobre el empleador y el cargo que debe cubrir el solicitante extranjero. También contiene una sección para la información biográfica del extranjero.
La solicitud I-129 también requiere la presentación de documentos de respaldo, que varían dependiendo del estatus de no inmigrante que se busca.
Estas instrucciones del formulario deben ser leídas cuidadosamente antes de preparar la solicitud, para obtener orientación sobre cómo completar la solicitud y cómo reunir los documentos de respaldo.
Cómo llenar el formulario formulario I-129
Desafortunadamente, el formulario solo está disponible en inglés. Así que haremos lo posible por mostrarte cómo llenar el Formulario I-129 en español.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) pueden rechazar la solicitud si está incompleta y cualquier error puede causar complicaciones con el estado de la visa del empleado después de que la solicitud es aprobada.
USCIS proporciona un paquete de instrucciones para el Formulario I-129 que está disponible en su página web. Si bien estas instrucciones son muy completas, están en inglés.
Los empleadores deben prestar especial atención a las secciones que se describen a continuación:
Parte 1: Información del solicitante (Petitioner Information)
La primera parte del Formulario I-129 solicita información sobre el peticionario.
Lo más importante que debes recordar es que el peticionario o solicitante es el empleador (petitioner). El empleado extranjero es referido como el “beneficiario” (beneficiary) en todo el formulario.
Parte 2: Información sobre la solicitud (Information about this petition)
La segunda parte del Formulario I-129 solicita información sobre el estatus de no inmigrante solicitado y la acción que el empleador desea que el USCIS tome.
El empleador debe ingresar la categoría de visa solicitada y verificar las bases para esta clasificación:
- Si se trata de un nuevo trabajo para un nuevo empleado, la base para la clasificación será “nuevo empleo” (New employment)
- Si el empleador está solicitando una nueva clasificación de visado para un empleado existente, la base igualmente será “nuevo empleo (New employment)
- Si el empleado continúa en el mismo trabajo, sin cambios, la base para la clasificación será “continuación del empleo previamente aprobado, sin cambios, con el mismo empleador” (Continuation of previously approved employment without change with the same employer)
- Si ha habido un cambio no material en el trabajo, como un nuevo título de trabajo sin cambios significativos en los deberes laborales, la base para la clasificación será “cambio en el empleo previamente aprobado” (Change in previously approved employment)
- Si hay un cambio material en el trabajo, la base para la clasificación será “petición modificada” (amended petition)
- Si el empleado está trabajando con otro empleador con el mismo estatus, la base para la clasificación será “nuevo empleo simultáneo” (new concurrent employment)
- Si el empleado cambia de empleador y amplía su estado actual de no inmigrante, la base para la clasificación será “cambio de empleador (change of employer).
El empleador debe tener mucho cuidado de no cometer un error al completar la sección “Acción solicitada” (Requested action). Un error aquí podría resultar en atrasos y complicaciones innecesarias.
Por ejemplo, si el empleador quiere una acción en el país, pero selecciona la opción (a) para que el empleado obtenga una visa, el empleado tendrá que viajar fuera de Estados Unidos antes de asumir el nuevo estatus.
Parte 3: Información del beneficiario (Beneficiary Information)
La tercera parte del Formulario I-129 solicita información sobre el beneficiario.
La información solicitada es relativamente directa. Es común que surja confusión en la sección A-number o Alien Number. Detalles: Términos de inmigración que debes saber.
Muchas personas no saben cuál es este número.
El Alien Registration Number es un número de registro extranjero de nueve dígitos (antes eran ocho dígitos) que se asigna sólo a ciertos extranjeros.
La mayoría de los empleados que no han solicitado la residencia permanente no tendrán un número A. Si este es el caso, esta sección puede dejarse en blanco.
Parte 4: Información de procesamiento (Processing Information)
La cuarta parte del Formulario I-129 hace una serie de preguntas necesarias para procesar la solicitud I-129.
Una de estas preguntas pide la localización de un consulado de Estados Unidos o una oficina inspección donde el empleado puede solicitar la visa si está fuera de Estados Unidos.
Esta sección siempre debe completarse con la información del país de origen del empleado, incluso si la acción solicitada es en el país. Es posible que una acción en el país sea denegada, incluso cuando la solicitud sea aprobada. Si esto sucede, USCIS necesita saber a dónde enviar la solicitud.
Los empleados a veces solicitarán procesamiento en otros países en Canadá o México. Esto generalmente debe evitarse.
Si el procesamiento de visas se retrasa por cualquier razón, el empleado corre el riesgo de quedarse atrapado en ese país durante un período de tiempo prolongado. El procesamiento en otros países sólo debe considerarse si existen circunstancias convincentes que impidan la solicitud de visado en el país de origen.
La cuarta parte también indaga si el beneficiario ha estado alguna vez en Estados Unidos como un visitante de intercambio J-1 o dependiente de J-2.
Si se trata de una nueva solicitud para alguien con estatus J-1 o J-2, el empleador debe asegurarse de que esta persona no está sujeta al requisito de dos años de residencia en el extranjero.
Un titular de visas J-1 o J-2 no puede cambiar el estado a H-1B o L-1 si está sujeto a este requisito. En ese caso, el empleador debe solicitar la prueba de que el empleado ha recibido una exención.
Parte 5: Información sobre el empleo propuesto y el empleador (Basic Information About the Proposed Employment and Employer)
La quinta parte del Formulario I-129 solicita información específica sobre el empleador y el empleo propuesto.
Si se requiere una Solicitud de Condición Laboral (Labor Condition Application o LCA) certificada como parte del proceso de solicitud, la información en esta sección debe ser la misma que la información en la LCA. También debes proporcionar el número de caso LCA.
Este número se encuentra en la parte inferior de la LCA. Si no se requiere LCA, la sección de número de caso se puede dejar en blanco.
La quinta parte también le pide al empleador que identifique otra compensación que se le proporciona al empleado. Si el empleado recibirá beneficios, debes anotarlo en esta sección.
Parte 6: Certificación de control de exportación
Los empleadores están obligados a revelar si se requiere una licencia del gobierno federal para liberar tecnología o datos técnicos a un empleado extranjero.
Si el empleador se ocupa de la tecnología que puede justificar tal licencia, debe haber un funcionario designado dentro de la organización para hacer esta determinación. Si no hay tal funcionario, el empleador debe consultar con un abogado sobre cómo completar esta sección.
Parte 7 y 8: Firmas (Declaration, Signature and Contact Information)
Un representante autorizado del empleador debe firmar la séptima parte del Formulario I-129. Si un abogado completó la solicitud, también debe firmar la octava parte. USCIS recomienda que todas las firmas se hagan en tinta azul.
Anexos del formulario I-129
El formulario I-129 debe incluir un anexo que corresponda a la clasificación solicitada. El empleador no necesita presentar páginas suplementarias que no estén relacionadas con la clasificación solicitada.
Preguntas frecuentes al llenar el formulario I-129
Ahora respondemos algunas de las preguntas y temas importantes que recibimos de quienes desean llenar este formulario de inmigración.
Dependientes y familiares al llenar el Formulario I-129
Los dependientes o familiares inmediatos de los extranjeros patrocinados por el empleador o visa de trabajo también pueden obtener una visa para vivir legalmente en Estados Unidos.
Si el dependiente ya está en Estados Unidos, debe preparar el Formulario I-539 para extender/cambiar el estatus de no inmigrante, y puede presentarlo con el Formulario I-129 del empleador, o en una fecha posterior después de que éste haya sido recibido.
Si el dependiente o familiar está fuera de Estados Unidos, puede solicitar la visa de dependiente en el consulado de Estados Unidos local.
El dependiente debe proporcionar una copia de la notificación de aprobación I-797 con base en el Formulario I-129 y una prueba de su relación con el titular de la visa principal.
¿Necesito un abogado para llenar el Formulario I-129?
Por lo general, no necesitarás un abogado para llenar el Formulario I-129. De hecho, puedes hacerlo tú mismo.
Sin embargo, cada categoría de visa de no inmigrante para la solicitud I-129 tiene su propio conjunto de requisitos legales.
Tu empleador o la empresa que desea contratarte puede considerar la posibilidad de consultar con un abogado de inmigración para revisar estos requisitos y para solicitar asistencia en la preparación y presentación de la solicitud.
Si tienes preguntas o dudas sobre cómo llenar el formulario I-129 o para qué se usa este formulario, déjanos un comentario en la parte de abajo.
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