Ayer hablaba de las franquicias como oportunidad de negocio y como todo tiene su historia que hoy te cuento..
La franquicia es una palabra de derivación anglo-francesa – de Franc- se utiliza tanto como un sustantivo o como verbo. El diccionario de la Real Academia Española lo define como una «concesión de derechos de explotación de un producto, actividad o nombre comercial, otorgada por una empresa a una o varias personas en una zona determinada
Hay varios elementos importantes que componen la franquicia. Por una parte la marca comercial que distingue el franquiciador, un determinado y la formación impartida a los franquiciados. A cambio de la cesión, el franquiciador recibe un royalty o canon que podrá retribuir la cesión de la marca comercial, la tasa de formación y asesoramiento.La franquicia se concede, por un período determinado y para una zona concreta. Puede ser una franquicia exclusiva o no exclusiva, tangibles e intangibles, tales como servicios de apoyo nacionales o internacionales de publicidad, formación, y otros se hacen disponible comúnmente por el franquiciador. Los acuerdos suelen durar entre cinco y treinta años, con la posibilidad de cancelación o terminación anticipada mediante un preaviso. El incumplimiento de las cláusulas contractuales suele acarrear consecuencias graves para los franquiciados.
La franquicia ha existido desde siglos, pero no llegó a la fama hasta la década de 1930 en los Estados Unidos, cuando el establecimiento de la electricidad, los vehículos y, en la década de 1950, el sistema de la autopista interestatal ayudó a impulsar el establecimiento de franquicias especialmente dedicadas a la venta de alimentos o establecimientos de servicios.
Historia de la franquicia en España
En España el origen de la franquicia se remonta a los años 60. Empresas de origen francés como Pingouin Esmeralda, Descamps o Rodier introdujeron sus cadenas de establecimientos de lanas para ropa de hogar y moda.
A mediados de la década, algunas empresas españolas como Santiveri o Pronovias, consolidaban cadenas de tiendas.
A mediados de los 70, la franquicia recibe un nuevo impulso con la llegada de una segunda oleada de franquicias europeas y la implantación en España de importantes enseñas de procedencia norteamericana como Burger King y McDonald’s.
En 1980 era 47 las franquicias establecidas en España a partir de ese momento se produce una progresión que en pocos años eleva la cifra hasta las 77 franquicias en 1985. En 1990 los franquiciados en España eran ya 195 dando un impulso definitivo a este modelo de negocio
Para el despegue defimitivo contribuyó en gran medida la realización de las primeras ferias con dedicación a la franquicia como Expocomerç en Lleida en 1985, Equipal en Barcelona en 1985, Expocomercio en Madrid en 1986 y, por supuesto, la primera feria monográfica de la franquicia que se celebró en España, organizada por la Feria de Bilbao, con la denominación de Franquicia’87 asi como el IV Encuentro Europeo de la Franquicia, organizados por la Cámara de Comercio de Valencia y que se convertirían en el embrión del nacimiento del Salón Internacional de la Franquicia de Valencia
Desde entonces, la franquicia no ha parado de crecer. En 1995 la nómina de franquiciadores activos se elevaba a 281 con un total de 24.500 establecimientos -6.000 propios y 18.500 franquiciados- y al llegar al año 2000 ya se contabilizaban 541 franquicias que agrupaban a 27.800 establecimientos -7.700 propios y 20.100 franquiciados-. A principios de 2010 se estima la presencia en el mercado de unas 900 franquicias, con un total de 52.000 establecimientos, de los cuales 16.000 son de gestión propia y 36.000 franquiciados.
Quienes pretendan desarrollar en España la actividad de cesión de franquicia deberán comunicar sus datos, en el plazo de 3 meses desde el inicio de la actividad, al registro de franquiciadores autonómico o central, a efectos informativos.
La comunicación al registro de franquiciadores no condiciona el inicio de la actividad pero su falta en el plazo indicado conllevará la correspondiente sanción.
Quedan exentos de esta obligación los franquiciadores establecidos en otros Estados Miembros de la Unión Europea que operen en régimen de libre prestación, sin establecimiento permanente en España. En este caso, la única obligación consistirá en comunicar el inicio de sus actividades en España
No se si ha servido de algo……..
A mi , te lo digo, me sigue pareciendo muy interesante… para el que tenga dinero…. tienes que adpatarte a unos cánones pero al menos te garantizan el exito con bajo riesgo
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