Las iglesias y los monasterios tuvieron una
gran importancia en el proceso de repoblación
de la Edad Media, ya que más allá de su
función religiosa fueron enclaves de referencia en la actividad económica y en la labor administrativa de los territorios cercanos. En ese contexto es donde se produce la aparición de la abadía de Santa María de Lebanza (con una escritura de dotación del conde Alfonso que se remonta al año 932) y de la iglesia colegiata de San Salvador de Cantamuda (cuya escritura de fundación data de 1037). Estos centros de culto atesoraron un gran espacio de influencia en tierras de Palencia, Cantabria y Asturias, en las que cobraban tributos y establecieron su jurisdicción.
- Identificación de los términos mencionados en estas escrituras
El diploma de 932 señala que en un lugar cercano al castillo de Peñas Negras (Petras Nigras), denominado Lebanza (Nebantia), en territorio cerverano (cerbariense), existía una iglesia dedicada a Santa María, que el conde Alfonso concede al abad Gonzalo, indicando sus términos y límites. Continúa concediendo una serna o terreno dedicado al cultivo en un lugar cuyo nombre varía según las diversas versiones publicadas (Flatiana o Statinina), así como la décima parte del portazgo de Cervera (Cerbaria), impuesto que se pagaba por derechos de paso o por introducir diversas mercancías en una población. El citado lugar de Flatiana o Statinina no parece poder identificarse. Si se tiene en cuenta que los lugares se presentan en un orden geográfico, debería hallarse cerca de Cervera, quizá entre Lebanza y Cervera, y entre estos dos se encuentra Polentinos, un pueblo muy ligado a la abadía y que podría ser aquel lugar desconocido, siendo su nombre una mala transcripción del copista, si bien ésta es una hipótesis fundamentada solamente en la imaginación. La abadía y Polentinos pertenecían inicialmente a la diócesis de León, pero restaurada la diócesis de Palencia, tanto el monasterio como el pueblo se integraron en el nuevo obispado por concesiones de Alfonso VI y Alfonso VII en 1086 y 1153 respectivamente. En 1178 Alfonso VIII concedió a Santa María de Lebanza jurisdicción sobre Polentinos, manteniéndose la dependencia eclesiástica y el señorío de abadengo sobre el pueblo hasta casi el final del Antiguo Régimen.
La siguiente concesión que recibe Lebanza es una serna en Villasarracino (Uilla Sarraçena). Este lugar también estará mucho tiempo vinculado a la abadía, que recibió sus diezmos hasta ya entrado el siglo XIX. Según una carta de confirmación otorgada por Alfonso VIII en 1197, los vecinos de Lebanza tenían la obligación de acarrear el grano de Villasarracino destinado al monasterio.
Prosigue el documento con la cesión a Santa María de Lebanza de las iglesias de San Vicente (Sanctum Vincencium) y San Juan (Sanctum Iohannes) en Cervera, situadas entre los ríos Ruesga (Rosga), actual río Rivera, y Pisuerga (Pisorga); la primera podría ser la ermita rupestre de San Vicente de Vallejera y la segunda, la de San Juan de Quintanilla, despoblado próximo a Cervera.
La ermita rupestre de San Vicente de Vallejera, situada en Cervera, es uno de los lugares sobre los que tenía derechos Santa María de Lebanza.
A continuación menciona el territorio de Cesarea, donde está la iglesia de San Acisclo (Sancti Açiscli), que se concede a Santa María con sus términos y otras heredades. Cesarea o Césera se menciona en documentos de Santo Toribio de los siglos IX y X y Sánchez Belda lo sitúa al sur del monte Viorna, en término de Maredes, barrio del concejo lebaniego de Campollo. Si esto fuese así, la iglesia de San Acisclo podría ser una ermita del pueblo de Bodia, el más oriental del concejo de Baró y cercano a los lugares indicados anteriormente. Puede recordarse que en una escritura de fundación de la iglesia mozárabe de Santa María de Lebeña, que aunque apócrifa puede tener un fondo histórico, el conde Alfonso dona a San Martín de Turieno, futuro Santo Toribio, sus posesiones en Maredes y Bodia, mientras que en otra escritura relativa también a la fundación de la iglesia de Lebeña y considerada auténtica, se menciona una serna de San Acisclo en Cesarea.
Los lugares siguientes están en tierras cántabras y asturianas acercándose ya a la costa, principalmente en las cuencas de los ríos Deva y Nansa, y pertenecían a la diócesis de Oviedo.
Ayudan a su identificación los documentos del pleito que Lebanza entabla en 1454 contra la usurpación de sus derechos sobre una de las iglesias donadas por el conde Alfonso, la de Santa María de Tina, en Pimiango, Ribadedeva, Asturias. Juzgaba el pleito el prior de Piasca, Pedro de Población, encargado del caso por bula del papa Nicolás V; la causa se resolvió favorablemente para la abadía, que vio confirmados sus derechos sobre Santa María de Tina y debe suponerse que también sobre otras varias de las iglesias concedidas por Alfonso y que se citan en la documentación de la demanda. La escritura de 932 indica que se conceden en Caldas, Peñarrubia (Callas Aquas) la iglesia de San Pedro y San Pablo, la de San Esteban y San Julián y la de San Pelayo. Según se deduce de la bula antes citada, la primera sería la iglesia del propio pueblo de Caldas y la siguiente, la de Cicera; la de San Pelayo podría ser la primitiva ermita de tal nombre en La Hermida, cuya parroquia tiene actualmente tal advocación.
Valentín Ruesga Herreros
Aruz ediciones, 2013colección de historia montaña palentina