Los medicamentos genéricos deberán designarse con una denominación oficial española de principio activo y, en su defecto, con la denominación común internacional o bien, si ésta no existiese, con la denominación común usual o científica de dicha sustancia, acompañada en su caso del nombre o marca del titular o fabricante. Se identificarán, además, con las siglas EFG (Equivalente Farmacéutico Genérico).
¿Entonces? Supongo que habrá una modificación posterior que yo no conozco...
Sea como sea, parece que estamos decididos a complicar todo lo que tiene que ver con los genéricos para acabar de confundir al personal y conseguir que finalmente nadie se anime a prescribirlos. Recordemos los últimos éxitos: las sales de atorvastatina y las patentes de indicación de clopidogrel. ¿Qué será lo próximo? Si se quedan sin ideas propongo que los envases de genéricos incorporen una sopa de letras donde rebuscar el principio activo. Total, ¿a quién le interesa eso del principio activo?