Existe todo un conjunto de subsidios y prestaciones de las que las familias se pueden beneficiar, ante la llegada de un nuevo miembro al hogar, ya sea a través de nacimiento, acogimiento o adopción.
Ya que son bastante variadas, tendremos que tener en cuenta que cada una responde a situación específica, y que se rige por ciertos requisitos y condiciones a cumplir por los solicitantes.
A continuación, vamos a describir de manera breve las posibles ayudas disponibles.
Por el hecho de tener un hijo, ya sea por nacimiento, acogida o adopción, las familias pueden recibir una ayuda económica adicional.
Se trata de un pago único de 1.000 euros que pueden percibir las madres solteras, personas con alguna discapacidad y familias numerosas, incluidos los adoptantes.
Los requisitos establecen que los beneficiarios estén afiliados a la Seguridad Social y cumplir con los mínimos de cotización, además de estar al corriente con el pago de cuotas.
Esta prestación es equivalente al 100% de la base reguladora, equivalente a la de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes. Se podrá solicitar a partir del día siguiente del nacimiento o adopción y prescribirá a los cinco años.
En este derecho se tendrán en cuenta los ingresos, limitando a quienes superen el nivel máximo. En el caso de superar dicho nivel, la prestación se abonará la diferencia proporcional con dichos ingresos.
Información y requisitos en pincha aquí.Este 2021 una de las grandes medidas ha sido la equivalencia de los permisos de paternidad y maternidad para padres y madres con una duración de 16 semanas.
Las 16 semanas de permiso para ambos progenitores se podrán dividir de la siguiente manera:
- 6 semanas obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, posteriores al parto (resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción). La madre biológica puede anticipar este periodo hasta 4 semanas antes de la fecha previsible del parto
- Las 10 semanas restantes se disfrutarán en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, dentro de los 12 meses siguientes al parto (resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción).
Se podrá ampliar la duración por 1 semana para cada progenitor, por cada hijo/a, a partir del segundo, en caso de nacimiento múltiple y en caso de discapacidad del hijo.
También es posible la ampliación por parto prematuro y hospitalización (por un periodo superior a 7 días) a continuación del parto, hasta un máximo de 13 semanas.
El Instituto Social de la Seguridad Social (INSS) amplió su servicio para solicitar telemáticamente los periodos sucesivos de descanso si los progenitores optan por dividir este periodo y consultar el estado de esta solicitud.
Información y requisitos pincha aquí.Consiste en una asignación económica por cada hijo menor de 18 años y que esté afectado por una discapacidad en grado igual o superior al 33%, o mayor de dicha edad y que esté afectado por una discapacidad en grado igual o superior al 65%, a cargo del beneficiario, cualquiera que sea la naturaleza legal de la filiación, así como por los menores a su cargo en régimen de acogimiento familiar, permanente o guarda con fines de adopción.
En ambos casos el pago a percibir puede variar según la edad o el grado de discapacidad del menor, existiendo además unos límites máximos de ingresos.
Información y requisitos pincha aquí.Este 2021 se ha aprobado este complemento que trata de disminuir la brecha de género entre hombres y mujeres en las pensiones. Se trata de un suplemento de 378 euros por cada hijo o hija.
Uno de los progenitores podrá solicitarlo desde el primer hijo biológico o adoptado y hasta un máximo de cuatro. Aunque está dirigido a mujeres, también tendrán acceso aquellos hombres que cumplan con los requisitos.
El complemento se ha ideado para compensar la alteración en las carreras profesionales de los padres o madres.
En las situaciones donde ambos progenitores sean dos padres o dos madres se favorecerá a la persona que perciba pensiones públicas cuya suma sea de menor cuantía.
Información y requisitos pincha aquí.Los permisos de lactancia son equivalentes para ambos padres y madres, así como intransferibles hasta los 9 meses. Este permiso puede perderse en caso de no usarlo y tiene flexibilidad de elección por parte de los progenitores.
- Establecer media hora libre y retribuida cada día laborable, al principio o al final de la jornada establecida.
- Una hora libre y retribuida por día laborable dentro de la jornada.
- Acumular las horas libres en diferentes días a elección. También será retribuidas y son diferentes del permiso de nacimiento y cuidado el menor.
Es posible compatibilizar este permiso con la reducción de jornada por cuidado de un menor, pero no con la excedencia por cuidado de un hijo menor de tres años.
Información y requisitos pincha aquí.Se trata de una ayuda para madres trabajadoras por cuenta ajena o autónomas, también conocida como "deducción por maternidad", que puede percibirse en forma de deducción anual en el IRPF de hasta 1.200 euros hasta que el niño cumpla tres años, o bien solicitar el abono anticipado de la misma a razón de 100 euros mensuales por niño menor de tres años.
En este caso se contemplan los hijos nacidos o adoptados en el territorio español.
Información, requisitos y solicitud pincha aquí.Bonificación de las cuotas para contratar a un cuidador familiar
Si resulta necesario contratar a una persona que permita conciliar la vida familiar y laboral, existe una bonificación del 45% de las cuotas de la Seguridad Social para las familias numerosas o monoparentales.
Otras ayudas no especificas
En este caso vamos a añadir algunas ayudas que pese a que no son especificas por nacimiento, son ayudas a las que pueden acogerse las familias, cumpliendo una serie de requisitos.
Este subsidio mensual engloba diferentes perfiles, entre los que se encuentran las unidades de convivencia que afectan a padres y madres.
Los progenitores podrán percibir el IMV en función de las familias y menores a cargo, así como los ingresos previos.
- Unidades familiares formadas por dos adultos y un menor recibirán 751,89 euros.
- Las unidades familiares monoparentales con un menor optarán a 714,30 euros.
- Unidades familiares monoparentales con dos menores recibirán 855,28 euros.
- Las unidades familiares monoparentales con tres o más menores recibirán 855 percibirán 996,26 euros.
Actualmente la determinación de unidades de convivencia se ha flexibilizado y han ampliado sus condiciones.
De modo que se contemplan el número mínimo de titulares por unidad de convivencia, se reconocen los servicios residenciales de uso colectivo o temporal y se tendrán en consideración las situaciones familiares en las que haya unidades de convivencia independientes o transitorias (divorcios, separaciones, accidentes o desahucios).
Información, requisitos y solicitud pincha aquí.Se trata de un subsidio para personas con responsabilidades familiares que hayan agotado la prestación de desempleo.
Entre los requisitos se destaca estar en paro, inscrito como demandante de empleo, tener responsabilidades familiares y carecer de rentas, entre otros.
La duración será de 6 meses prorrogables por periodos semestrales, en función de la duración de la prestación por desempleo que hayamos agotado y de nuestra edad. La cuantía mensual es igual al 80% del IPREM, que para 2021 suponen 451,92 euros.
Información, requisitos y solicitud pincha aquí.Este subsidio está dirigido a personas que no hayan cotizado lo suficiente para acceder a la prestación contributiva.
Según los requisitos establecidos, los solicitantes deben estar desempleados, inscritos como demandantes de empleo, haber cotizado al menos 3 meses (con responsabilidades familiares) o 6 meses (sin responsabilidades), sin haber llegado a los 360 días cotizados.
Además, tampoco pueden percibir rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI).
La duración es proporcional a los meses cotizados o responsabilidades familiares y la cuantía es igual al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).
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