Revista Infancia

Guía Ginecológica

Por Juanho

Hay dos cosas con las que no estoy de acuerdo en esta guía. La primera es la aparición del párrafo primero, "Diagnostico y consejo prenatal a la embarazada". En la guía se tratan, entiendo, aspectos ginecológicos de la potencial paciente, con síndrome de Down, no de su madre durante el embarazo. No procede "colar" una cuña aparentemente proabortista. No digo que incite al aborto, pero está fuera de lugar el comentario sobre lo que se debe de hacer en caso de diagnóstico prenatal, no me ha gustado, no es su sitio.

La segunda es más objetiva. Se dice que " Todos los métodos (anticonceptivos) irreversibles precisan de una autorización judicial." . Según lo explicado en el congreso sobre los aspectos jurídicos de la discapacidad, que tuvo lugar en Madrid (14/05/2010), las personas con Síndrome de Down no son incapacitados en términos judiciales, es decir, para que una persona sea incapacitada judicialmente, por ello no poder decidir sobre si misma o sus propios actos, ha de haberse solicitado a un juez la incapacidad judicial y que éste lo conceda. Por lo tanto si la mujer con Síndrome de Down no está incapacitada judicialmente, puede decidir por sí misma sobre todos los aspectos de su vida, en las mismas condiciones que las mujeres que no tienen Síndrome de Down, no hay diferencias. (disponer de su tarjeta de crédito, sacar dinero de su cuenta corriente, comprar en el mercado, o en la joyería, o ligarse las trompas). En cualquier caso, concediendo el beneficio de la duda al autor del texto, consultaré expresamente el asunto a los ponentes del congreso mencionado, puesto que de ahí surge la duda que planteo.


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