Revista Filosofía

Hannah Arendt sobre el problema del juicio (III)

Por Zegmed

Hannah Arendt sobre el problema del juicio (III)

Conviene conducirnos ahora al texto de Kant con la finalidad de mostrar algunos primeros elementos de contraste, pasaremos luego a una nueva exposición de ciertos desarrollos arendtianos para volver a Kant y examinar los parágrafos concretos que Arendt aborda. Vayamos, por ejemplo, a la Primera Introducción a la Crítica de la facultad de juzgar[1]. Allí dice Kant entre muchas otras cosas, lo siguiente:

“Si la forma de un objeto dado en la intuición empírica está constituida de tal suerte que la aprehensión de lo múltiple de aquel en la imaginación coincide con la presentación de un concepto del entendimiento (indeterminado, cuál sea ese concepto), entonces concuerdan en la mera reflexión recíprocamente el entendimiento y la imaginación para fomento de su quehacer, y el objeto es percibido como conforme a fin simplemente para la facultad de juzgar, y, en consecuencia, la misma conformidad a fin es considerada meramente como subjetiva, puesto que para ello no se requiere ningún concepto determinado del objeto, y el juicio mismo no es un juicio de conocimiento. Un juicio semejante se llama juicio estético de reflexión”[2].

Quizá lo primero que salta a la vista del pasaje es que el juicio estético de reflexión corresponde a una cuestión bastante puntual y lejana de materias de orden social o político. El problema que quiere examinar Kant es el que corresponde a aquel tipo de juicios que ofrecen la peculiaridad narrada en el pasaje y que no habían sido objeto de examen previo en las otras dos críticas. A saber, un juicio donde el entendimiento no conmine a la imaginación mediante las categorías (el ya conocido juicio determinante al que también Arendt hace referencia). Esta nueva forma de juzgar que Kant analiza es aquella en la que lo que prima es la experiencia subjetiva en la cual el sujeto se apercibe de un tipo de conexión inusual entre el entendimiento y la imaginación. Esta vinculación novedosa será llamada por Kant de más de un modo, pero corresponde al libre juego de las facultades, se trata de la famosa conformidad a fin de nuestras fuerzas del ánimo. Es este, pues, el eje de la CFJ, al menos de la parte que Arendt trata con más detenimiento: la estética[3]. Eso no quita que no haya referencias a lo social, pero serán muy breves y puntualmente explicadas. El examen que Kant pretende no tiene ningún ánimo de ese tipo: como en las otras dos críticas, la reflexión es de orden trascendental. Lo que el filósofo de Könisberg está buscando es un principio a priori que explique este proceder de nuestras facultades.  Algo más adelante hace algunas precisiones sobre el problema que se dispone a tratar:

“[…] un juicio meramente reflexionante sobre un objeto singular dado puede ser estético si (aun antes de que se mire a la comparación de ese objeto con otros) la facultad de juzgar, que no tiene preparado ningún concepto para la intuición dada, mantiene unida la imaginación (nada más que en la aprehensión del objeto) con el entendimiento (en la presentación de un concepto en general), y percibe una relación de ambas facultades de conocimiento, que constituye en general la condición subjetiva, meramente susceptible de ser sentida, del uso objetivo de la facultad de juzgar (a saber, la concordancia de aquellas dos facultades de conocimiento entre sí)”[4].

Me parece que con este pasaje la preeminencia del carácter formal del abordaje del problema es obvia. Lo estético no tiene que ver solamente con lo particular, ni en lo estético prevalece el contraste intersubjetivo, como sugiere Arendt. Un juicio es estético en la medida en que atendemos al modo en que las facultades del sujeto son afectadas por el objeto que se les presenta. Lo relevante aquí es el mero sentir en su formalidad. Arendt, y Beiner lo nota en su ensayo interpretativo[5], pierde de vista el formalismo kantiano y parece ver cosas en el juicio estético que Kant con dificultad avalaría. Dicho esto, conviene notar que aún no hemos pasado de la Introducción y, de hecho, donde más notoria se hace la tensión a la que hacemos referencia, es en los parágrafos que corresponden a la Analítica de lo bello, ya que en ella advertiremos que el mismo juicio respecto de la belleza tiene a la base elementos formales, sólo son ellos los que permiten la universalización y no, como sugiere Arendt, la persuasión. El problema, podemos ir adelantándolo, consiste en que Arendt presume que la comunicabilidad del juicio estético implica una experiencia dialógica como la de la política; pero para Kant la comunicabilidad se da en virtud del principio trascendental de la facultad de juzgar. Ahora, veremos que esto sí puede tener algunos puntos de conciliación cuando se examine la doctrina del genio; pero hasta antes de eso, es muy difícil concordar con Arendt en el análisis ofrecido.


[1]Crítica de la facultad de juzgar

[2] Ibid. pp. 26/27 (uso la numeración lateral que corresponde al texto original alemán).

[3] Dejaremos de lado el tratamiento de los juicio teleológicos porque Arendt no se dedica al análisis detenido de los mismos y porque, más allá de eso, la reflexión allí desempeñada sigue siendo de orden trascendental.

[4] Ibid. pp. 29/30

[5] Arendt, H. Op. cit. pp. 234-235.


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