La Junta publica hoy en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) la Orden por la que se convocan las ayudas para financiar la adquisición de libros de texto para el alumnado que curse educación Primaria y Secundaria en centros docentes de la Comunidad para el curso 2013-2014, que los padres podrán solicitar desde mañana, 4 de octubre, y hasta el 25 de este mismo mes.
El presupuesto para estas ayudas es de 6 millones de euros y la cuantía de la ayuda serám de 50 o 105 € en función de la renta familiar , ésta es una principales novedades de la convocatoria frente a las precedentes puede destacarse el establecimiento de diferentes umbrales de renta de la unidad familiar en función del número de miembros de la misma, y el impulso a la creación y mantenimiento de bancos de libros de texto en los centros para el préstamo y reutilización por sus alumnos, favoreciendo la participación activa de las familias en dichas iniciativas.
Estos umbrales irán
desde una renta máxima de la unidad familiar de 15.600 euros para
familias de dos miembros; 22.950 para tres; 30.000 euros para 4; 36.750
para cinco; 43.200 para seis; 49.350 para siete y 55.200 para ocho.
A partir del octavo miembro de la unidad familiar, se incrementará la renta máxima en 6.900 € por cada nuevo miembro.
De
este modo, la ayuda será de 105 euros para familias con renta per cápita
de la unidad familiar de menos de 2.500 euros; de 75 euros para entre
2.500 y 3.500 y 50 para superiores a los 3.500 euros.
La renta familiar a los efectos de esta convocatoria se obtendrá por agregación de las rentas del ejercicio 2012 de cada uno de los miembros computables de la unidad familiar, proporcionadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Las solicitudes, una por cada
alumno, se formalizarán, conforme al modelo que se encuentra disponible
en la sede de administración electrónica
(www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en la página web de la Consejería
de Educación de la Junta de Castilla y León (www.educa.jcyl.es), en las
direcciones provinciales de educación, en las oficinas generales, en la
departamental de la Consejería de Educación y en los puntos de
información y atención al ciudadano, de esta administración. Si no fuera
posible la obtención del formulario de solicitud por estos medios,
podrá solicitarse excepcionalmente de la secretaría del centro docente.
Las solicitudes, una vez firmadas, podrán presentarse por uno de los
siguientes medios. Así, en primer lugar, de manera presencial,
preferentemente en la secretaría del centro docente donde el alumno se
encuentra matriculado en el curso escolar 2013-2014. El solicitante
deberá presentar dos copias de la solicitud, una de ellas para el
registro del centro, y otra para el propio solicitante, con objeto de
poder acreditar su presentación. El plazo para la presentación de solicitudes se extenderá desde el 4 de octubre hasta el 25 de octubre de 2013, ambos incluidos. No se admitirán solicitudes presentadas fuera de este plazo.
El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será de seis meses desde la entrada de las solicitudes en el registro de las direcciones provinciales de educación. Transcurrido dicho plazo sin que hubiera sido publicada la resoluciónse podrán entender desestiemadas la ssolicitudes.
Más información http://bocyl.jcyl.es/boletines/2013/10/03/pdf/BOCYL-D-03102013-7.pdf