El concepto de "hecho imponible" viene definido en la Ley General Tributaria (art. 20.1) estableciendo que " es el presupuesto fijado por la ley para configurar cada tributo y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria principal".
En otras palabras, el hecho imponible sería la circunstancia, de carácter económica y jurídica, que obliga al pago de un impuesto.
Hechos imponibles de cada impuesto
A continuación vamos a señalar los Hechos Imponibles de algunos de los principales Impuestos:
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): el hecho imponible se origina con las entregas de bienes y prestaciones de servicios.
- Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): determina que la obligación del contribuyente nace cuando éste obtiene una renta, unos ingresos.
- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: tiene su hecho imponible en la adquisición por herencia, legado o donación, o acontecimientos similares, de bienes o derechos.
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): nace la obligación tributaria por la propiedad de bienes inmuebles, ya sean viviendas o locales comerciales.
- Tasas Ayuntamiento: tienen su hecho imponible en la utilización de un servicio público o el aprovechamiento de un espacio público.
Funciones del hecho imponible
Las funciones del hecho imponible son las siguientes:
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