Introducción teológica
Introducción
Durante estos decenios, las relaciones mutuas entre obispos e institutos de vida consagrada han ido recorriendo un camino no exento de dificultades y tensiones, que se van resolviendo con el firme compromiso de trabajar en favor de la comunión, con los gestos y actitudes que ello implica. Desde la eclesiología de comunión, la vida consagrada reconoce en los pastores a los sucesores de los Apóstoles, quienes con su autoridad y su primacía jerárquica, querida por Cristo, guían, pastorean y gobiernan al Pueblo de Dios del que los consagrados forman parte como miembros solícitos del bien común, poniendo al servicio de toda la Iglesia su vida y carisma específico.
Se observan signos positivos del camino recorrido, como son -entre otros- la creación de la Comisión Episcopal para la Vida Consagrada para acompañar estas vocaciones en la Iglesia, además del normal funcionamiento de la Comisión Mixta con los diversos temas en ella abordados; la colaboración en la formación de religiosos en diversos centros académicos; la implantación de la figura del vicario o delegado episcopal para la vida consagrada; la participación de los religiosos en la pastoral de la diócesis y en los diversos Consejos diocesanos; las asambleas y reuniones regionales de obispos y superiores mayores y varias comisiones creadas para el estudio de temas de interés común ante las autoridades civiles.
Parece conveniente, en estos momentos, recordar los motivos que han de configurar las relaciones mutuas entre obispos e institutos de vida consagrada con el fin de imprimirles un impulso renovado. Lo exige la reflexión teológica sobre la naturaleza de la vida consagrada a la luz de la doctrina del Vaticano II, llevada a efecto durante estos años. Lo recomienda la nueva sensibilidad eclesial de obispos y de consagrados. Lo aconseja la invitación del Santo Padre a los obispos de que presten una atención particular a la consolidación de las relaciones confiadas con las personas consagradas y con sus institutos, para que se desarrolle en una sólida comunión eclesial[7]. Lo impulsa, finalmente, la urgencia de progresar en la vivencia y el testimonio de la comunión, para retomar con nuevo empeño el compromiso en favor de la nueva evangelización de nuestra sociedad española actual, y la cooperación en la tarea del anuncio del mensaje de salvación al mundo entero[8].
Con el deseo de ser "los primeros en tener la mirada del corazón puesta en él [Cristo], dejándonos purificar por su gracia"[15], acogemos las luces y las sombras de la vida consagrada, para recorrer juntos el camino de los santos, "los verdaderos protagonistas de la evangelización, [quienes] con su intercesión y el ejemplo de sus vidas, abierta a la fantasía del Espíritu Santo, muestran la belleza del Evangelio y de la comunión con Cristo"[16].
Más allá de valoraciones superficiales de funcionalidad, [...] las personas consagradas son un don precioso para la Iglesia y para el mundo, sediento de Dios y de su Palabra"[19].
Esta andadura se concluye felizmente en una fecha muy significativa, después de la reciente conmemoración del 50.º aniversario de la apertura del concilio Vaticano II, en el que quedó de manifiesto que la vida consagrada pertenece de manera indiscutible a la vida y santidad de la Iglesia[21], santidad que, también hoy, "muestra el verdadero rostro de la Iglesia, hace penetrar el "hoy" eterno de Dios en el "hoy" de nuestra vida, en el "hoy" del hombre de nuestra época"[22].
I. La consagración, fundamento de la comunión y de la misión eclesial
Adentrarse en la reflexión acerca de la comunión entre los obispos y la vida consagrada y de los cauces que la facilitan tiene un supuesto y un punto de partida esencial: entender la consagración como configuración con Cristo, como adhesión conformadora con él de toda la existencia[23]. Por ello, aunque brevemente, conviene enunciar algunos aspectos básicos de la consagración como fundamento de la comunión y de la misión eclesial.
1. El sentido de la consagración
Este concepto fundamental de consagración se aplica con propiedad, además de a los bautizados y confirmados, a quienes por el sacramento del Orden son destinados a realizar en la persona de Cristo el ministerio de la santificación. Del mismo modo que son ungidos con el santo crisma los bautizados y confirmados, así también quienes, por la imposición de manos del obispo y la plegaria de consagración son destinados al ministerio pastoral, reciben la unción del Espíritu Santo que el sacramento del Orden significa y realiza.
Analógicamente se aplica asimismo con propiedad el concepto de consagración de vida a quienes anteponen el seguimiento de Cristo y se entregan plenamente a Dios mediante la práctica de los consejos evangélicos. Es lo que en la Iglesia se llama vida consagrada. La conciencia y vivencia interior de haber sido llamado al seguimiento de Cristo en radicalidad sitúa la vida de consagración en un horizonte de llamada a la santidad que hoy, como siempre, inspira la vida apostólica y pastoral de la Iglesia[24]. La consagración de Cristo, pobre, casto y obediente, es paradigma de la vida de consagración[25].
El bautismo es la gran consagración de la existencia cristiana; el seguimiento de los consejos evangélicos sirve a la radicalización de la consagración a Dios del bautizado, para vivir en la libertad que otorga la pertenencia en totalidad a Dios[26]. La vida religiosa y de consagración en general de tantos bautizados enriquece en forma tal a la Iglesia que sin ella la comunidad eclesial perdería visibilidad sacramental y capacidad de testimonio. El aprecio que la Iglesia tiene por la vida de consagración y por los consejos evangélicos es fidelidad a Cristo, que los propone en todo tiempo a quienes en la Iglesia le quieren seguir, para mejor entregar al mundo el don de la salvación. Por eso, sin la vida consagrada la Iglesia no sería como Cristo quiso que fuese. No sería el nuevo Cuerpo de Cristo porque no le haría manifiesto en la integridad de su Misterio.
Es Dios quien llama: ahí está la clave de la consagración de vida y del amor al prójimo, en el que se revela el amor profesado a Dios. Por ello, "la vida consagrada por la profesión de los consejos evangélicos es una forma estable de vivir en la cual los fieles, siguiendo más de cerca a Cristo bajo la acción del Espíritu Santo, se dedican totalmente a Dios como a su amor supremo, para que entregados por un nuevo y peculiar título a su gloria, a la edificación de la Iglesia y a la salvación del mundo, consigan la perfección de la caridad en el servicio del reino de Dios y, convertidos en signo preclaro en la Iglesia, preanuncien la gloria celestial"[27]. Entre fieles laicos, sacerdotes y consagrados existe una relación por la consagración y la misión.
2. Una profunda exigencia de conversión y de santidad
La vida consagrada comporta una radicalidad de la vida cristiana en el horizonte de las bienaventuranzas[28]. Por eso, colocar todas las relaciones eclesiales bajo el signo de la santidad significa expresar la convicción de que es un contrasentido contentarse con una vida mediocre, vivida según una ética minimalista y una religiosidad superficial. "Preguntar a un catecúmeno "¿quieres recibir el Bautismo?" significa al mismo tiempo preguntarle "¿quieres ser santo?". Significa ponerle en el camino del Sermón de la Montaña: "Sed perfectos como es perfecto vuestro Padre celestial" ( Mt 5, 48). [...] Es el momento de proponer de nuevo a todos con convicción este "alto grado" de la vida cristiana ordinaria. La vida entera de la comunidad eclesial y de las familias cristianas debe ir en esta dirección"[29].
En este sentido, el Año de la fe, al que nos convocó Benedicto XVI, "es una invitación a una auténtica y renovada conversión al Señor, único Salvador del mundo; [...] es decisivo volver a recorrer la historia de nuestra fe, que contempla el misterio insondable del entrecruzarse de la santidad y el pecado. Mientras lo primero pone de relieve la gran contribución que los hombres y las mujeres han ofrecido para el crecimiento y desarrollo de las comunidades a través del testimonio de su vida, lo segundo debe suscitar en cada uno un sincero y constante acto de conversión, con el fin de experimentar la misericordia del Padre que sale al encuentro de todos"[30]. "No se puede hablar de la nueva evangelización sin una disposición sincera de conversión. Dejarse reconciliar con Dios y con el prójimo (cf. 2 Cor 5, 20) es la vía maestra de la nueva evangelización"[31].
3. Las diversas formas de consagración
Con estos presupuestos podemos adentrarnos en los caminos de la comunión eclesial, teniendo en cuenta que "la comunión en la Iglesia no es uniformidad, sino don del Espíritu que pasa también a través de la variedad de los carismas y de los estados de vida. Estos serán tanto más útiles a la Iglesia y a su misión cuanto mayor sea el respeto de su identidad"[32]. Este don del Espíritu se expresa, según la gracia propia de cada uno, en la diversidad de los Institutos de vida consagrada (pues siguen más de cerca a Cristo ya cuando ora, ya cuando anuncia el reino de Dios, ya cuando hace el bien a los hombres,...)[33] y en la peculiaridad de sus signos característicos (el hábito de los religiosos[34], el ser "levadura" de los Institutos seculares[35], etc.).
Cuando se habla de vida consagrada nos estamos refiriendo a un horizonte común en el que se articulan vías distintas y complementarias, "conscientes de la riqueza que para la comunidad eclesial constituye el don de la vida consagrada en la variedad de sus carismas y de sus instituciones. Juntos damos gracias a Dios por las ordenes e Institutos religiosos dedicados a la contemplación o a las obras de apostolado, por las Sociedades de vida apostólica, por los Institutos seculares y por otros grupos de consagrados, como también por todos aquellos que, en el secreto de su corazón, se entregan a Dios con una especial consagración"[36].
II. La comunión eclesial, don del Espíritu
4. Dimensión trinitaria de todas las vocaciones
La dimensión trinitaria se refleja de modo especial en la vida consagrada, que "encuentra su arquetipo y su dinamismo unificante en la vida de unidad de las Personas de la Santísima Trinidad"[42]. "La vida consagrada posee ciertamente el mérito de haber contribuido eficazmente a mantener viva en la Iglesia la exigencia de la fraternidad como confesión de la Trinidad"[43]. La vida consagrada es en la Iglesia icono de la Trinidad y parábola de comunión misionera: "Con tal identificación "conformadora" con el misterio de Cristo, la vida consagrada realiza por un título especial aquella confessio Trinitatis que caracteriza toda la vida cristiana, reconociendo con admiración la sublime belleza de Dios Padre, Hijo y Espíritu Santo y testimoniando con alegría su amorosa condescendencia hacia cada ser humano"[44].
5. El sentido de comunión en la Iglesia
La mirada del corazón hacia el misterio de la Trinidad que habita en nosotros y cuya luz ha de ser reconocida también en el rostro de los hermanos que están a nuestro lado, nos convoca a la vida en comunión[45]. A cada uno se le ha dado la gracia según la medida del don de Cristo. Sin embargo, uno solo es el cuerpo y uno solo es el Espíritu, como también es una la esperanza que encierra la vocación a la que hemos sido llamados (cf. Ef 4, 7 y 4). Dentro de esta comunión eclesial, la vida consagrada tiene como vocación especial hacer de la propia existencia un testimonio público de amor a Cristo y ser de este modo signo visible de su presencia en la Iglesia y en el mundo. Nada puede sustituir la propia y personal relación de entrega confiada y amorosa al Señor Jesús, la propia fe en Cristo resucitado y así en el Dios Trinidad, que es Amor. Esta es la raíz viva, plantada por el Espíritu en medio de la Iglesia y del mundo, de donde brota la mirada y el corazón nuevos, capaces de ver y de compartir las necesidades del hermano.
La Iglesia, toda ella, es la gran comunidad de los discípulos del Señor. Es también comunidad de esos discípulos cada una de las Iglesias particulares en las que las diversas comunidades de fieles cristianos -también las pertenecientes a los Institutos de vida consagrada- han de comunicarse entre sí para penetrar y formar, al mismo tiempo, el misterio de comunión que es la Iglesia de Cristo[46]. Vivir fielmente en la comunión con el Señor resucitado, sentir y comprender la propia vocación dentro de la única Iglesia, universal y particular, es esencial para la permanencia viva del signo que es la vida consagrada.
La comunión crea, a su vez, en todos los creyentes el sentido de pertenencia mutua por la que, poniendo cada cual sus propios carismas al servicio de la comunidad, todos se hacen corresponsables en la fe y partícipes de una misma misión. Un carisma muestra su verdad cuando se comprende al servicio de la edificación del Cuerpo de Cristo, al que todo carisma pertenece y del que todo proviene, lo que se manifiesta en el reconocimiento y la estima verdadera de sus formas institucionales, sacramentales y apostólicas, en la obediencia a los pastores legítimos.
Con aplicación a las relaciones entre los obispos y los Institutos de vida consagrada, el sentido de comunión es su fundamento último y lo que puede superar los elementos meramente jurídicos de las relaciones mutuas. La eclesiología de comunión vinculará de forma más realista los carismas de la vida consagrada a las Iglesias particulares donde se expresa la vocación y misión de los laicos y del clero diocesano, aportándoles el dinamismo y los valores con que los consagrados viven la universalidad de la Iglesia. Incluso el propio carácter supradiocesano de los Institutos de vida consagrada, llamados a dilatarse más allá de los límites de una Iglesia particular, es expresión del ministerio de Pedro en la solicitud de todas las Iglesias, y un elemento significativo al servicio de la comunión entre todas ellas[52].
Consecuencia y signo al mismo tiempo de esa comunión es el principio sentire cum Ecclesia, cuya concreta aplicación significa la unidad con los pastores. "En vano se pretendería cultivar una espiritualidad de comunión sin una relación efectiva y afectiva con los pastores, en primer lugar con el papa, centro de la unidad de la Iglesia, y con su Magisterio. [...] Amar a Cristo es amar a la Iglesia en sus personas y en sus instituciones. Hoy más que nunca, frente a repetidos empujes centrífugos que ponen en duda principios fundamentales de la fe y de la moral católica, las personas consagradas y sus instituciones están llamadas a dar pruebas de unidad sin fisuras en torno al Magisterio de la Iglesia, haciéndose portavoces convencidos y alegres delante de todos"[53].
Pues bien, teniendo la vida consagrada un puesto importante en la Iglesia como comunión, a quienes la profesan se les pide que sean verdaderamente expertos en comunión eclesial, uno de cuyos distintivos es "la adhesión de mente y de corazón al magisterio de los obispos, que ha de ser vivida con lealtad y testimoniada con nitidez ante el Pueblo de Dios por parte de todas las personas consagradas, especialmente por aquellas comprometidas en la investigación teológica, en la enseñanza, en publicaciones, en la catequesis y en el uso de los medios de comunicación social"[54].
a) Un nuevo modo de pensar, decir y obrar
Pensar, decir y obrar son aspectos fundamentales de la vida. Si cristalizan en una nueva mentalidad, un lenguaje nuevo, un modo de obrar renovado que tiene como fuente y meta la comunión eclesial, se traducen en misión, testimonio, estilo de vida. Y promueven en la Iglesia la hondura de la comunión trinitaria y fraterna, el estímulo de la concordia que enriquece, la fuerza de la misión que se dilata.
El beato Juan Pablo II quiso, al inicio del tercer milenio, renovar en profundidad las relaciones entre los miembros de la Iglesia. La exhortación apostólica Novo millennio ineunte explica el significado y alcance de la espiritualidad de comunión destacando la necesidad de promoverla como principio educativo para todos los miembros de la Iglesia, antes de programar iniciativas concretas. Espiritualidad de comunión significa ante todo una mirada del corazón hacia el misterio de la Trinidad que habita en nosotros y en cada ser humano, significa capacidad de sentir al hermano de fe en la unidad profunda del Cuerpo místico, de acogerlo y valorarlo como un don de Dios para mí; sin este camino espiritual, de poco servirían los instrumentos externos de la comunión porque se convertirían en medios sin alma, máscaras de comunión más que sus modos de expresión y crecimiento[56].
Desde una espiritualidad de comunión se afirma la fidelidad al carisma y al ministerio, se ensancha la disponibilidad desde lo particular a lo universal, se integra la diversidad, se encaja la exención, se valora la vida comunitaria, se armonizan las distintas pertenencias, y las obras e instituciones se hallan subordinadas a fines superiores.
b) Formar para la comunión
c) Promover la comunión
La vivencia de la espiritualidad de comunión nos ayudará a reconocer el don que el Espíritu Santo hace a la Iglesia mediante los carismas de la vida consagrada. "Vale también, de forma concreta para la vida consagrada, la coesencialidad, en la vida de la Iglesia, entre el elemento carismático y el jerárquico que Juan Pablo II ha mencionado muchas veces refiriéndose a los nuevos movimientos eclesiales. El amor y el servicio en la Iglesia requieren ser vividos en la reciprocidad de una caridad mutua"[62].
- Diálogo: El diálogo, caracterizado por su íntima vinculación con la caridad[63], se presenta en la actualidad como una de las primeras consecuencias de la comunión y requisito imprescindible para la operatividad. Así lo señala expresamente Vita consecrata cuando resalta que la experiencia de estos años confirma sobradamente que el diálogo es el nuevo nombre de la caridad, especialmente de la caridad eclesial; el diálogo ayuda a ver los problemas en sus dimensiones reales y permite abordarlos con mayores esperanzas de éxito. La vida consagrada, por el hecho de cultivar el valor de la vida fraterna, puede contribuir a crear un clima de aceptación recíproca, en el que los diversos sujetos eclesiales, al sentirse valorados por lo que son, confluyan con mayor convencimiento en la comunión eclesial, encaminada a la gran misión universal[64]. "Es preciso que las iniciativas pastorales de las personas consagradas sean decididas y actuadas en el contexto de un diálogo abierto y cordial entre obispos y superiores de los diversos Institutos. La especial atención por parte de los obispos a la vocación y misión de los distintos Institutos, y el respeto por parte de estos del ministerio de los obispos con una acogida solícita de sus concretas indicaciones pastorales para la vida diocesana, representan dos formas, íntimamente relacionadas entre sí, de una única caridad eclesial, que compromete a todos en el servicio de la comunión orgánica -carismática y al mismo tiempo jerárquicamente estructurada- de todo el Pueblo de Dios"[65]. El diálogo estará siempre acompañado de una adecuada información, lo que posibilita el mejor conocimiento y la eficaz cooperación[66].
- Participación: Otra característica que se ha hecho patente en los últimos años es la preocupación por hacer que la Iglesia sea expresión de una comunidad participativa, inspirada y alentada por la vida trinitaria. Hablar de laparticipación en la Iglesia es una exigencia intrínseca de la vocación cristiana y de la comunión eclesial en su organicidad[67]. Así, dirigiendo la mirada al postconcilio, puede constatarse que se ha producido un "nuevo estilo de colaboración entre sacerdotes, religiosos y fieles laicos"[68]. Esta participación de todos, tanto en la santidad[69] como en la vida y misión de la Iglesia tiene su origen en la participación en el triple oficio de Cristo vivida y actuada en la comunión y para acrecentar esta comunión[70], a cuyo servicio se ponen las diversas y complementarias funciones y carismas, en colaboración y cooperación[71]. "Esta colaboración supone el conocimiento y la estima de los diversos dones y carismas, de las diversas vocaciones y responsabilidades que el Espíritu ofrece y confía a los miembros del Cuerpo de Cristo; requiere un sentido vivo y preciso de la propia identidad y de la de las demás personas en la Iglesia"[72].
- Corresponsabilidad: Por último, señalamos la corresponsabilidad [73]que se deriva de la conciencia de la comunión eclesial: "La conciencia de esta comunión lleva a la necesidad de suscitar y desarrollar lacorresponsabilidad en la común y única misión de salvación, con la diligente y cordial valoración de todos los carismas y tareas que el Espíritu otorga a los creyentes para la edificación de la Iglesia"[74].
III. Misión y presencia de la vida consagrada en la Iglesia particular
7. La vida consagrada pertenece a la Iglesia
A lo largo de la historia de la Iglesia este género de vida, no aparece como consecuencia necesaria de la consagración bautismal, sino como una profundización singular y fecunda del bautismo, como un desarrollo de la gracia del sacramento de la Confirmación, como llamada especial de Dios, correspondida por un don peculiar del Espíritu Santo que abre a nuevas posibilidades y frutos de santidad y de apostolado[77].
La Iglesia particular, expresión visible y realización histórica y local de la única Iglesia[78], tiene necesidad de la vida consagrada: "Una diócesis que quedara sin vida consagrada, además de perder muchos dones espirituales, ambientes propicios para la búsqueda de Dios, actividades apostólicas y métodos particulares de acción pastoral, correría el riesgo de ver muy debilitado su espíritu misionero, que es una característica de la mayoría de los Institutos. Se debe, por tanto, corresponder al don de la vida consagrada que el Espíritu suscita en la Iglesia particular, acogiéndolo con generosidad y con sentimientos de gratitud al Señor"[79]. La vida consagrada -por su parte- ha de ser presencia ejemplar y ejercer una misión carismática en la Iglesia particular; de hecho, muchas Iglesias particulares reconocen la importancia de este testimonio evangélico de los consagrados, fuente de tantas energías para la vida de fe de las comunidades cristianas y de los bautizados. Toda forma de vida carismática está llamada a integrarse en la única comunión de la Iglesia.
De entre los elementos indicadores de su función dentro de la Iglesia particular cabe señalar algunos por la incidencia que pueden tener sobre la comunidad diocesana.
c) Vida fraterna en comunidad. La vida fraterna en comunidad, propia de la mayor parte de las formas de vida consagrada, especialmente de los religiosos, representa una experiencia de diálogo y de comunión transferible, en sus elementos esenciales, a las restantes formas de vida cristiana y de los diversos sujetos de la Iglesia diocesana. Su misma existencia representa una contribución a la nueva evangelización, puesto que muestran de manera fehaciente y concreta los frutos del "mandamiento nuevo", testimoniando con la propia vida el valor de la fraternidad cristiana y la fuerza transformadora de la Buena Nueva, que hace reconocer a todos como hijos de Dios y manteniendo siempre vivo el sentido de la comunión entre los pueblos, las razas y las culturas[89].
d) Práctica de las Bienaventuranzas. La práctica de las Bienaventuranzas, de las que los consejos evangélicos son como una síntesis, es un magnífico testimonio de que es posible llevar a la práctica incluso lo más exigente y nuclear del Evangelio y de que sin el espíritu de las Bienaventuranzas no es posible transformar este mundo para ofrecerlo a Dios. Así lo expresaba Benedicto XVI a los superiores generales: "El Evangelio vivido diariamente es el elemento que da atractivo y belleza a la vida consagrada y os presenta ante el mundo como una alternativa fiable. Esto necesita la sociedad actual, esto espera de vosotros la Iglesia: ser Evangelio vivo"[90].
f) Servicio de la caridad. El servicio de la caridad es otro elemento importante que la vida consagrada aporta a la Iglesia particular. Todo en la Trinidad es amor, es caridad. El Espíritu Santo es el amor entre el Padre y el Hijo. Este es enviado por un supremo acto de amor del Padre a la humanidad, amor que el Enviado hace suyo y prolonga, amando a los suyos hasta el extremo. A quienes el Padre llama de un modo especial al seguimiento de su Hijo, les comunica el ágape divino, su modo de amar, apremiándoles a servir a los demás en la entrega humilde de sí mismos, lejos de cualquier cálculo interesado. La misión, pues, es esencial a cada Instituto de vida consagrada, no solo de vida apostólica; también la vida contemplativa está llamada a anunciar el primado de Dios y hacer propuestas de nuevos caminos de evangelización, en un mundo desacralizado y en una época marcada por una preocupante cultura del vacío y del sinsentido[95].
9. El ministerio del obispo con respecto a la vida consagrada[102]
El Espíritu Santo, que conduce a la Iglesia a la verdad total (cf. Jn 16, 13), la provee y dirige con diversos dones jerárquicos y carismáticos, la une en la comunión y el servicio. "Nunca olvidemos que el verdadero poder es el servicio, y que también el papa, para ejercer el poder, debe entrar cada vez más en ese servicio que tiene su culmen luminoso en la cruz" -exhortaba Su Santidad el papa Francisco en el inicio del ministerio petrino[103]. Entre carisma e institución no vige la contraposición que pensó el liberalismo teológico de otro tiempo ni tampoco el sometimiento pasivo de aquel por esta, ya que el mismo Espíritu está en el origen y en la actuación de ambos. La diferencia que estableció el Señor entre los ministros sagrados y el resto del Pueblo de Dios lleva consigo la unión, pues los pastores y los demás fieles están vinculados entre sí por recíproca necesidad. Todos rendirán un múltiple testimonio de admirable unidad en el cuerpo de Cristo. La intersección de la condición de miembros del cuerpo de Cristo y de beneficiarios de diversos carismas otorgados por el mismo Espíritu hace que no se excluyan, sino que más bien se necesiten mutuamente todos en la unidad y la diversidad.
En este contexto, "la presencia universal de la vida consagrada y el carácter evangélico de su testimonio muestran con toda evidencia -si es que fuera necesario- que no es una realidad aislada y marginal, sino que abarca a toda la Iglesia"[104]. La Iglesia recibe los consejos evangélicos y el estado de vida en ellos fundado, como un don divino; acoge agradecidamente este carisma suscitado en ella por el Espíritu Santo y lo conservaen fidelidad[105]. "El estado de quienes profesan los consejos evangélicos en esos institutos pertenece a la vida y a la santidad de la Iglesia, y por ello todos en la Iglesia deben apoyarlo y promoverlo"[106], de aquí que sea misión de la jerarquía el interpretar, regular y fijar formas estables de vivir esos consejos evangélicos[107]. Este servicio brota de la autoridad, que no es dueña de los carismas, sino su servidora y su intérprete, y a ella le compete, ante todo, no sofocar el Espíritu, sino examinarlo todo y quedarse con lo bueno[108].
La jerarquía tiene el deber y el derecho de promover activamente en la Iglesia entera y en cada una de las Iglesias particulares las distintas formas de vida consagrada; erigir Institutos de vida consagrada[109], velar por la fidelidadevangélica y carismática de los consagrados, siempre en conformidad con su espíritu y misión; confiarles y confirmarles una determinada misión apostólica; fomentar, orientar y coordinar la actividad pastoral que brota de su específico carisma; respetar y defender la justa autonomía de vida y de gobierno en los Institutos. "El obispo es principio y fundamento visible de la unidad en la Iglesia particular confiada a su ministerio pastoral"[110], de ahí que los consagrados, por su parte, han de comprender y tener en cuenta la misión insustituible del obispo en la Iglesia particular, como vicario de Cristo en ella, no solo en lo relativo al quehacer apostólico de la vida consagrada, sino también en cuanto a la promoción y a la garantía de su fidelidad evangélica y carismática.
La exhortación apostólica postsinodal Vita consecrata dedica dos números íntegros a exponer la relación profunda que guarda la vida consagrada con la Iglesia particular, en una fecunda y ordenada comunión eclesial. En ellos se recuerda y confirma la doctrina del magisterio anterior, conciliar y postconciliar[113]. "Las personas consagradas tienen también un papel significativo dentro de las Iglesias particulares. Este es un aspecto que, a partir de la doctrina conciliar sobre la Iglesia como comunión y misterio, y sobre las Iglesias particulares como porción del Pueblo de Dios, en las que "está verdaderamente presente y actúa la Iglesia de Cristo una, santa, católica y apostólica" [ Christus Dominus, 11], ha sido desarrollado y regulado por varios documentos sucesivos. A la luz de estos textos aparece con toda evidencia la importancia que reviste la colaboración de las personas consagradas con los obispos para el desarrollo armonioso de la pastoral diocesana. Los carismas de la vida consagrada pueden contribuir poderosamente a la edificación de la caridad en la Iglesia particular (...). La índole propia de cada Instituto comporta un estilo particular de santificación y de apostolado, que tiende a consolidarse en una determinada tradición caracterizada por elementos objetivos [cf. Mutuae relationes, 11]. Por eso la Iglesia procura que los Institutos crezcan y se desarrollen según el espíritu de los fundadores y de las fundadoras, y de sus sanas tradiciones [cf. CIC, c. 576]. Por consiguiente, se reconoce a cada uno de los Institutos una justa autonomía, gracias a la cual pueden tener su propia disciplina y conservar íntegro su patrimonio espiritual y apostólico. Cometido del Ordinario del lugar es conservar y tutelar esta autonomía [cf. CIC, c. 586; Mutuae relationes, 11]. Se pide por tanto a los obispos que acojan y estimen los carismas de la vida consagrada, reservándoles un espacio en los proyectos de la pastoral diocesana"[114].
10. Sentido y alcance de la autonomía y la dependencia
"Las delicadas relaciones entre las exigencias pastorales de la Iglesia particular y la especificidad carismática de la comunidad religiosa fueron tratadas por el documento Mutuae relationes, (...) que rechaza tanto el aislamiento y la independencia de la comunidad religiosa en relación a la Iglesia particular, como su práctica absorción en el ámbito de la Iglesia particular. Del mismo modo que la comunidad religiosa no puede actuar independientemente o de forma alternativa, ni menos aún contra las directrices y la pastoral de la Iglesia particular, tampoco la Iglesia particular puede disponer caprichosamente, o según sus necesidades, de la comunidad religiosa o de algunos de sus miembros"[115]. Hay que evitar el doble peligro de la independencia o de la absorción, procurando más bien a cumplir la única misión de visibilizar de nuevo a Cristo entre los hombres mediante la comunión en la diversidad de carismas.
El Código de Derecho Canónico de 1983[116] regula la relación de los Institutos de vida consagrada con los obispos diocesanos en términos de "autonomía", referida a la disciplina interna y al gobierno de los institutos, y de "dependencia" en lo relativo a las obras de apostolado de los Institutos dirigidas a los fieles de la Iglesia particular. Estos principios armonizan la responsabilidad de cada Instituto de conservar y actuar su patrimonio propio -don para la Iglesia universal- y la responsabilidad de los obispos, en cuanto pastores de todos los fieles y también de los consagrados, de que los Institutos sean fieles al don recibido y de que realicen su misión en la Iglesia particular en la que están insertos bajo su autoridad[117].
En la actualidad el concepto de "exención" está configurado de manera distinta a como lo estaba en el Código de 1917. A este cambio ha contribuido decisivamente la doctrina conciliar y postconciliar sobre la vida consagrada en la Iglesia, como un don para la Iglesia universal a través de su inserción en una Iglesia particular, lo que lleva a tener en cuenta simultáneamente la autoridad del papa en toda la Iglesia y la de los obispos en la Iglesia particular.
11. La caridad, vínculo de comunión eclesial
La caridad pastoral tiene como finalidad crear comunión eclesial, lo que supone la participación de todas las categorías de fieles, en cuanto corresponsables del bien de la Iglesia particular. Sí, en virtud del bautismo todos los cristianos forman parte del pueblo de Dios profético, sacerdotal y real; todos reciben la gracia de la condición de hijos de Dios, de la fraternidad en Cristo y de la capacidad para participar como miembros activos en la Iglesia; todos ejercitan el sentido de la fe suscitado por el Espíritu y tienen la responsabilidad de testificar al Señor en medio del mundo. Ahora bien, esta condición compartida por todos los cristianos no es incompatible con vocaciones diferentes, responsabilidades peculiares, servicios diversos y variados ministerios recibidos sacramentalmente en orden al bien común de la Iglesia. Estas diferencias no rompen la fraternidad, ya que la Iglesia es un cuerpo orgánico, y aunque algunos por voluntad de Cristo han sido constituidos maestros, dispensadores de los misterios y pastores para los demás, sin embargo, vige entre todos una verdadera igualdad en cuanto a la dignidad y la actividad común a todos los fieles en la construcción del cuerpo de Dios. Pues la distinción que el Señor estableció entre los ministros sagrados y el resto del pueblo de Dios lleva consigo la unión. La autenticidad de esta comunión viene garantizada por el Espíritu, quien es origen tanto de la igualdad bautismal de todos los fieles como de la diversidad carismática y ministerial de cada uno. El Espíritu es capaz de realizar eficazmente la comunión que actúa tanto en la responsabilidad personal del obispo como en la participación de los fieles en ella[120].
Este sentido eclesial de comunión se expresa también en la fraterna relación espiritual y la mutua colaboración entre los diversos Institutos de vida consagrada y Sociedades de vida apostólica, quienes, permaneciendo siempre fieles a su propio carisma, están llamados a manifestar una fraternidad ejemplar, que sirva de estímulo a los otros componentes eclesiales en el compromiso cotidiano de dar testimonio del Evangelio. Así lo reflejan las palabras de san Bernardo a propósito de las diversas Órdenes religiosas: "Yo las admiro todas. Pertenezco a una de ellas con la observancia, pero a todas en la caridad. Todos tenemos necesidad los unos de los otros: el bien espiritual que yo no poseo, lo recibo de los otros (...). En este exilio la Iglesia está aún en camino y, si puedo decirlo así, es plural: una pluralidad múltiple y una unidad plural. Y todas nuestras diversidades, que manifiestan la riqueza de los dones de Dios, subsistirán en la única casa del Padre que contiene tantas mansiones. Ahora hay división de gracias, entonces habrá una distinción de glorias. La unidad, tanto aquí como allá, consiste en una misma caridad"[123].
Conclusión
En este nuevo milenio, resuena de manera especial en el corazón de la Iglesia la oración sacerdotal de Jesucristo al Padre: "que todos sean uno, como tú, Padre, en mí, y yo en ti, que ellos también sean uno en nosotros, para que el mundo crea que tú me has enviado" ( Jn 17, 21). "La nueva evangelización se llevará a cabo ahí donde resplandezca el testimonio concorde de una vida santa en la comunión de la Iglesia. "Los nuevos evangelizadores están llamados a ser los primeros en avanzar por este camino que es Cristo, para dar a conocer a los demás la belleza del Evangelio que da la vida. Y, en este camino, nunca avanzamos solos, sino en compañía: una experiencia de comunión y de fraternidad que se ofrece a cuantos encontramos, para hacerlos partícipes de nuestra experiencia de Cristo y de su Iglesia""[124].
Es un reto para la Iglesia en España: "Hacer de la Iglesia la casa y la escuela de la comunión: este es el gran desafío que tenemos ante nosotros en el milenio que comienza, si queremos ser fieles al designio de Dios y responder también a las profundas esperanzas del mundo"[125].
Cauces operativos
I. Un mayor conocimiento y cercanía mutuos entre obispos y consagrados[126] y entre estos y el clero diocesano secular
1. Desde los primeros grados de formación inicial eclesiástica y para la vida consagrada, dar la debida importancia al estudio sistemático de la eclesiología, insistiendo en la teología de la Iglesia particular, del ministerio episcopal y de la vida consagrada[127].
2. Fomentar la formación permanente de sacerdotes y consagrados, profundizando en la doctrina conciliar y pontificia sobre la Iglesia particular, el episcopado y la vida consagrada, así como en las relaciones recíprocas entre el obispo y los consagrados[128].
3. Promover la información recíproca sobre los planes de formación y sus resultados, siguiendo las orientaciones de la Iglesia, y cooperar eficazmente para asegurar la subsistencia y buen funcionamiento de centros de estudios superiores diocesanos, congregacionales, interdiocesanos o intercongregacionales[129].
4. Fomentar encuentros entre consagrados y clero diocesano en las diócesis, vicarías, arciprestazgos y parroquias, para orar juntos, facilitar el mutuo conocimiento y las relaciones fraternas, así como promover acciones conjuntas y mantener viva la conciencia del misterio de Cristo y su Iglesia[130].
5. Teniendo en cuenta las orientaciones del obispo diocesano conforme a las facultades que le confiere el derecho de la Iglesia, se ha de promover la vida de oración y la consiguiente formación litúrgica y doctrinal de las comunidades contemplativas y de las personas consagradas en general, de modo que sean para los fieles escuela de oración y de experiencia de Dios[131].
6. El Ordinario del lugar contribuirá al desarrollo de la vida espiritual procurando que haya confesores ordinarios en los monasterios de monjas, casas de formación y comunidades laicales más numerosas[132].
II. Una más amplia integración y participación de los consagrados, según su carisma, en la acción pastoral diocesana y en los órganos de consulta y gobierno
7. El obispo diocesano es el primer responsable de la acción pastoral en la diócesis, con el que han de colaborar los consagrados para enriquecerla según su carisma. Para su integración y participación en la acción pastoral de la diócesis, los consagrados observarán las facultades y competencias que el derecho de la Iglesia establece para el obispo diocesano en los distintos ámbitos de la acción pastoral: liturgia, homilías, catequesis, escuela católica y sus capellanes, obras asistenciales, etc.[133].
8. La presencia de la vida consagrada es un enriquecimiento para las diócesis, lo que invita a cuidar una adecuada distribución geográfica para la mejor contribución a la evangelización según el carisma propio y las necesidades pastorales; un valioso instrumento para ello es el diálogo de los Institutos con los obispos diocesanos, provincias eclesiásticas o la Conferencia Episcopal, previo a la solicitud de presencia en un territorio. Una vez erigida la casa religiosa por la autoridad competente, si se produjera un cambio de domicilio, se quisiera destinar a una obra apostólica distinta de aquella para la que se constituyó, o se previera la supresión, se ha de establecer una comunicación con el obispo según prescribe el derecho[134].
9. Se tendrá presente que los consagrados están sujetos a la potestad de los obispos, a quienes han de seguir con piadosa sumisión y respeto, en aquello que se refiere a la cura de almas, al ejercicio público del culto divino y a otras obras de apostolado. Asimismo, en el ejercicio del apostolado externo, dependen también de sus propios superiores y deben permanecer fieles a la disciplina de su Instituto; los obispos no dejarán de urgir esta obligación cuando proceda[135], estableciéndose para ello las convenientes vías de diálogo entre los obispos y los superiores mayores, especialmente si se produjeran situaciones en que algunos consagrados expresaran públicamente un disenso eclesial[136].
a) En parroquias, arciprestazgos y vicarías
10. Los consagrados han secundar las directrices concretas del obispo diocesano, referentes a la iniciación cristiana y a las demás líneas pastorales de la diócesis, en comunión fraterna con los sacerdotes y en los consejos de las parroquias y arciprestazgos, donde estén debidamente representados y ejerzan, en mutua colaboración, su acción pastoral[137].
b) En las diócesis11. El obispo se haga presente en las comunidades y obras apostólicas de los consagrados, -dejando a salvo lo que expresa el can. 397§2: "Solo en los casos determinados por el derecho puede el obispo hacer esa visita a los miembros de los institutos de religiosos de derecho pontificio y a sus casas"- y mantengan encuentros frecuentes de contenido pastoral. Los superiores mayores, con motivo de la visita canónica a sus comunidades, visiten al obispo diocesano como gesto de comunión y medio de su integración en la vida y misión de la Iglesia diocesana. Estas relaciones personales favorecen tanto el aprecio y la consideración del apostolado de los consagrados en cuanto parte integrante de la acción pastoral de la diócesis como la inserción de los consagrados en la pastoral diocesana[138].
12. El obispo es el responsable de la promoción y desarrollo de toda la pastoral de la iniciación cristiana. Por tanto es necesario encontrar cauces adecuados de cooperación entre el obispo y sus colaboradores y los Institutos de vida consagrada dedicados a la educación cristiana de la infancia y juventud.
13. El Plan de acción pastoral diocesano marca las líneas maestras de la vida de la Iglesia particular, según las prioridades que el Espíritu Santo va señalando a los obispos en comunión con el Santo Padre. De ahí la necesidad de que sea conocido, valorado y aplicado en todas las acciones que se emprenden en la diócesis. Los consagrados lo tendrán especialmente en cuenta en la aplicación de la planificación propia del carisma del propio Instituto en el territorio diocesano, para lo que es aconsejable el diálogo con los obispos, sus vicarios y delegados.
14. Donde sea necesario, los consagrados de vida activa promoverán la coordinación entre sí mediante la creación o animación de las Conferencias diocesanas o regionales propias, como instrumento adecuado para coordinar las actividades de los mismos y encuadrarlas en la acción pastoral de las diócesis[139]. Conviene que tanto los estatutos como la programación se establezcan en coordinación y cooperación con los obispos, al tratarse de cuestiones de interés común, al mayor servicio de la Iglesia[140].
15. Donde sea conveniente el nombramiento de un vicario o delegado episcopal para la vida consagrada, que el obispo tenga en cuenta el parecer de los consagrados antes de su nombramiento[141].
16. Los consagrados han de estar suficientemente representados en los consejos correspondientes: los clérigos en el consejo presbiteral[142], y los no clérigos en el consejo de pastoral u organismos análogos, según sus propios carismas. El obispo, antes de establecer esta participación, oiga el parecer de las conferencias de consagrados presentes en las diócesis[143].
17. Es conveniente que las vicarías, delegaciones, secretariados y servicios cuenten con la participación de consagrados que llevan a cabo su acción pastoral en los distintos ambientes o sectores de la diócesis, oídas las conferencias de consagrados en las diócesis[144]. Esta presencia favorecerá la participación en las convocatorias realizadas por el propio obispo, especialmente en la Misa crismal.
18. Reconociendo la aportación específica de la mujer consagrada "a la vida y a la acción pastoral y misionera de la Iglesia"[145], se debe procurar una más amplia y corresponsable presencia de la vida consagrada femenina[146]en los diversos campos y organismos de la acción pastoral de las Iglesias particulares.
c) En la provincia y región eclesiástica
19. Promuévanse con cierta periodicidad asambleas o encuentros de obispos y superiores mayores en la provincia y región eclesiástica. Estas reuniones pueden servir para el seguimiento y la evaluación de las relaciones mutuas según estos cauces operativos[147].
20. Promover el funcionamiento de la Comisión Obispos y Superiores Mayores de tal modo que pueda conseguir sus fines en cuanto organismo de consulta recíproca, de coordinación, de intercomunicación, de estudio y reflexión[148].
21. Es aconsejable la presencia recíproca de delegados de la Conferencia Episcopal, de la CONFER y de la CEDIS en las asambleas respectivas, dejando a salvo, mediante normas oportunas, el derecho de cada conferencia a tratar a solas los asuntos que lo requieran[149].
22. Los superiores mayores, a través de sus delegados en las Asociaciones respectivas, podrán participar en aquellas Comisiones Episcopales que se ocupan de sectores pastorales en los que los consagrados ejercen su apostolado[150]. En ocasiones esta participación podrá hacerse a través de la Comisión Episcopal para la Vida Consagrada.
III. Una mayor coordinación por parte del obispo de los ministerios, servicios y obras apostólicas que los consagrados realizan en la Iglesia particular
1. Con el fin de planificar conjuntamente y cubrir las necesidades diocesanas, es conveniente partir de una información mutua de las actividades pastorales llevadas a cabo por el clero secular, por los consagrados y por los laicos[151].
2. Intercambiar informaciones entre el obispo y los consagrados sobre el estado actual de la pastoral diocesana y sobre la posibilidad de que los consagrados participen en ella, bien sea con sus obras propias, bien sea haciéndose cargo de las que el obispo desee confiarles[152].
3. Para progresar en la coordinación es recomendable la revisión periódica de cómo se viene realizando de hecho la coordinación, para valorar los aspectos positivos y deficientes e iluminar nuevas posibilidades concretas.
4. Para confiar o renovar en un oficio eclesiástico a los consagrados, el obispo diocesano tenga en cuenta lo que dice el can. 682: "§1. Cuando se trate de conferir en una diócesis un oficio eclesiástico a un religioso, este es nombrado por el obispo diocesano, previa presentación o al menos asentimiento del superior competente. §2. Ese religioso puede ser removido de su oficio según el arbitrio, tanto de la autoridad que se lo ha confiado, advirtiéndole al superior religioso, como del superior, advirtiéndolo a quien encomendó el oficio, sin que se requiera el consentimiento del otro"[153]
5. Obispos y superiores mayores respeten y fomenten, previo discernimiento, las nuevas iniciativas y experiencias pastorales de los consagrados, de acuerdo con las necesidades más urgentes de la Iglesia, evaluándolas periódicamente[154].
6. Salvada la legítima autonomía de los Institutos religiosos de disponer de los propios bienes, según viene regulado por el derecho canónico[155], se aconseja dialogar con el Ordinario del lugar, a fin de que pueda expresar su parecer sobre la conservación de la titularidad católica de los centros y sobre la enajenación de bienes en la Iglesia[156].
7. La pastoral vocacional ha de ser programada conjuntamente, de acuerdo con las directrices de la Santa Sede y de la Conferencia Episcopal, en comunión y coordinación con las prioridades y criterios diocesanos y respetando la programación propia de cada Instituto[157].
Madrid, 19 de abril de 2013
[1] Cf. Conferencia Episcopal Española, Cauces operativos, para facilitar las relaciones mutuas entre obispos y religiosos de la Iglesia en España, 1980, 2 y 3.
[2] Entre estos, cabe indicar los siguientes: las exhortaciones apostólicas de Juan Pablo II: Redemptionis donum, 1984; Christifideles laici, 1989; Pastores dabo vobis, 1992; Pastores gregis, 2003. Los emanados por la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica: Elementos esenciales de la doctrina de la Iglesia sobre la vida religiosa, 1983; Orientaciones sobre la formación en los Institutos religiosos Potissimum institutioni, 1990; Congregavit nos in unum Christi amor, o La vida fraterna en comunidad, 1994; La colaboración entre Institutos para la formación, 1999; Verbi Sponsa, 1999; Caminar desde Cristo: un renovado compromiso de la vida consagrada en el tercer milenio, 2002; El servicio de la autoridad y la obediencia, 2008. Señalamos, asimismo, otras publicaciones de la Santa Sede significativas para el tema: Sobre algunos aspectos de la Iglesia considerada como comunión, de laCongregación para la Doctrina de la Fe, 1992, y Las personas consagradas y su misión en laescuela, de laCongregación para la Educación Católica, 2002.
[3] Entre los que destacamos: Iglesia Particular, Ministerio Episcopal, Vida Religiosa. Orientaciones sobre formación sistemática y permanente (puesta en práctica de CO I, 1 y 2), 1983; El Vicario Episcopal para los Institutos de Vida Consagrada, 1985; La oración de los consagrados en el misterio de la Iglesia Particular, 1989; Las vocaciones a la vida consagrada en la Iglesia particular, 1993; El ministerio del Vicario Episcopalpara la Vida Consagrada, 2006; La Vida Consagrada hoy en España: De Perfectae Caritatis a Vita consecrata, 2007.
[5] En el presente texto se emplea la expresión "vida consagrada" para denominar a todas las formas de consagración, si bien se respetan otras denominaciones como "vida religiosa" cuando provienen de documentos en los que se aplica esa nomenclatura. Cf. Juan Pablo II, Vita consecrata, 5-12.
[6] Juan Pablo II, Novo millennio ineunte, 45.
[12] Benedicto XVI, Homilía con ocasión de la XVI Jornada de la Vida Consagrada, 2 de febrero de 2012.
[13] Benedicto XVI, Discurso a las Superioras y Superiores Generales de las Congregaciones e Institutos Seculares, 22 de mayo de 2006.
[14] Benedicto XVI, ibíd.
[16] Benedicto XVI, ibíd.
[17] Cf. Juan Pablo II, Vita consecrata, 3.
[24] Cf. Vita consecrata, 17; 31: "Todos en la Iglesia son consagrados en el Bautismo y en la Confirmación, pero el ministerio ordenado y la vida consagrada suponen una vocación distinta y una forma específica de consagración, en razón de una misión peculiar".
[27] Codex Iuris Canonici, 573 § 1.
[30] Benedicto XVI, Porta fidei, 11 de octubre de 2011, 6.
[33] Cf. Codex Iuris Canonici, 577.
[38] Cf. Lumen gentium, cap. 1.
[39] Sagradas Congregaciones para los Obispos y para los Religiosos e Institutos Seculares, Mutuae relationes, 1978, 1.
[40] Benedicto XVI, Caritas in veritate, 54.
[41] Cf. Mutuae relationes, 2.
[42] Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica, Congregavit nos in unum Christi amor, 1994, 10.
[43] Cf. Vita consecrata, 41.
[44] Vita consecrata, 16.
[48] Cf. Vita consecrata, 4.
[57] Cf. Pastores gregis, 22.
[59] Cf. Christifideles laici, 61.
[60] Cf. Vita consecrata, 50.
[62] Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica, Caminar desde Cristo, 32.
[63] Pablo VI, Ecclesiam Suam, 1964, 26.
[67] Cf. Pastores gregis, 44.
[71] Cf. ibíd., 20, 25-27, 30 y 61.
[72] Pastores dabo vobis, 59.
[73] Christifideles laici titula su capítulo III: La corresponsabilidad de los fieles laicos en la Iglesia-Misión.
[77] Cf. Vita consecrata, 29 y 30; cf. Juan PabloII, Audiencia General, 26 de octubre de 1994, n. 5:"el mandamiento de amar a Dios con todo el corazón, que se impone a los bautizados, se observa en plenitud con el amor dedicado a Dios mediante los consejos evangélicos. Es una "peculiar consagración" ( Perfectae caritatis, 5); una consagración más íntima al servicio divino "por un título nuevo y especial" ( Lumen gentium, 44); una consagración nueva, que no se puede considerar una implicación o una consecuencia lógica del bautismo. El bautismo no implica necesariamente una orientación hacia el celibato y la renuncia a la posesión de los bienes en la forma de los consejos evangélicos. En la consagración religiosa, en cambio, se trata de la llamada a una vida que conlleva el don de un carisma original no concedido a todos, como afirma Jesús cuando habla de celibato voluntario (cf. Mt 19, 10-12). Es, pues, un acto soberano de Dios, que libremente elige, llama, abre un camino, vinculado sin duda a la consagración bautismal, pero distinto de ella".
[81] Cf. Vita consecrata, 5-12.
[82] Cf. Codex Iuris Canonici, 675, 676 y 680.
[84] Cf. Vita consecrata, 20.
[87] Cf. San Benito, Regula, 4, 21 y 72, 11.
[88] Cf. Vita consecrata, 14.
[97] Cf. Vita consecrata, 37: "Se invita pues a los Institutos a reproducir con valor la audacia, la creatividad y la santidad de sus fundadores y fundadoras como respuesta a los signos de los tiempos que surgen en el mundo de hoy".
[98] Cf. Vita consecrata, 72, 73 y 75.
[100] Cf. Benedicto XVI, Porta fidei, 11 de octubre de 2011, 13.
[101] Cf. Vita consecrata, 26.
[103] Francisco, Homilía en la santa Misa en el solemne inicio del pontificado de Su Santidad Francisco, 19 de marzo de 2013.
[106] Codex Iuris Canonici, 574§1.
[109] Cf. Codex Iuris Canonici, 579 y 589.
[113] Cf. Vita consecrata, 48-49.
[116] Cf. Codex Iuris Canonici, c. 586; 678; 738 § 2.
[117] Cf. ibíd., 368: "Iglesias particulares, en las cuales y desde las cuales existe la Iglesia católica una y única, son principalmente las diócesis a las que, si no se establece otra cosa, se asimilan la prelatura territorial y la abadía territorial, el vicariato apostólico y la prefectura apostólica así como la administración apostólica erigida de manera estable".
[119] "La exención, por la que los religiosos se relacionan directamente con el sumo pontífice o con otra autoridad eclesiástica y los aparta de la autoridad de los obispos, se refiere, sobre todo, al orden interno de las instituciones, para que todo en ellas sea más apto y más conexo y se provea a la perfección de la vida religiosa, y para que pueda disponer de ellos el sumo pontífice para bien de la Iglesia universal, y la otra autoridad competente para el bien de las Iglesias de la propia jurisdicción. Pero esta exención no impide que los religiosos estén subordinados a la jurisdicción de los obispos en cada diócesis, según la norma del derecho, conforme lo exija el desempeño pastoral de estos y el cuidado bien ordenado de las almas"( Christus Dominus, 35, 3). Cf. Lumen gentium, 45; Ecclesiae Sanctae I, 25-40; Mutuae relationes, 22; Codex Iuris Canonici, 586§1; 590-591.
[120] Cf. Pastores gregis, 44.
[121] Benedicto XVI a los obispos de Brasil en visita ad limina, 5 de noviembre de 2010.
[122] Cf. Codex Iuris Canonici, 678.
[126] Por agilidad del lenguaje siempre que se use el término "consagrados" se referirá a consagrados y consagradas.
[128] Cf. Mutuae relationes, 29.
[131] Cf. Mutuae relationes, 25 y 28.
[132] Cf. Codex Iuris Canonici, 630 § 3.
[134] Cf. Codex Iuris Canonici, 609 § 1; 612; 616 §1; 733 § 1.
[140] Cf. Codex Iuris Canonici, 708.
[141] Cf. Mutuae relationes, 54.
[144] Cf. Vita consecrata, 49.
[151] Cf. Vita consecrata, 49.
[155] Cf. Codex Iuris Canonici, 586-593; 634-638.
[156] Cf. Codex Iuris Canonici, c. 1293 § 2: "Para evitar un daño a la Iglesia deben observarse también aquellas otras cautelas prescritas por la legítima autoridad".