Revista Opinión

Impuestos confiscatorios y el sexo de los ángeles

Publicado el 18 abril 2014 por Elblogderamon @ramoncerda

Lo de los impuestos confiscatorios es algo de lo que se suele hablar de tanto en tanto pero rara vez pasa de ahí la situación. Cuando en mis años de asesor los españoles pagábamos a Hacienda muuuuchoo menos que ahora, ya se hablaba a menudo de impuestos confiscatorios y de que el Gobierno no podía cobrar tanto. ¿De qué ha servido? De nada porque es pura palabrería y la cosa ha ido a peor.

#impuestos confiscatorios

Se nos cuente como se nos cuente… actualmente sufrimos impuestos confiscatorios

En la presentación del último informe sobre la manida reforma fiscal, el señor Manuel Lagares decía que no le parecía razonable que el Estado pudiera quedarse hasta un 50% de lo que ganaba el contribuyente, pero se refería al Impuesto de la Renta y no al volumen completo de impuestos que sufrimos, porque si sumamos todos los impuestos incluyendo el 21% de IVA, pronto nos damos cuenta de que la mayoría de nuestros ingresos van a parar antes o después a las arcas del Estado.

El artículo 31 de la Constitución de 1978 ya lo prohibe, ¿pero qué prohibe? Nada, porque no habla de porcentajes concretos, solo de impuestos confiscatorios, como si hablara del sexo de los ángeles, pero definir lo que son impuestos confiscatorios ya es harina de otro costal.

Impuestos Confiscatorios según el Tribunal Constitucional

Lo que dice el Constitucional al respecto es una perla para enmarcar: «el sistema fiscal tendría efecto confiscatorio cuando, mediante la aplicación de las diversas figuras tributarias vigentes, se llegara a privar al sujeto pasivo de sus rentas y propiedades», «sería confiscatorio un IRPF cuya progresividad alcanzara un tipo medio de gravamen del 100% de la renta».

Nos ha jodido… pues si hemos de llegar a que Hacienda se lleve el 100% de nuestros ingresos en la declaración de Renta para que podamos hablar de impuestos confiscatorios… ¿qué sentido tiene el artículo de la Constitución? Lo dicho, un mero adorno floreado que no nos sirve para nada.

Existe una sentencia del Tribunal Constitucional Alemán de 1995 que habla del 50%, y nuestros vecinos los franceses, a los que se les ha ido la pinza incluso más que a nosotros en cuestiones fiscales, hablaban del 75%.

Personalmente pienso que cuando se habla de impuestos confiscatorios no podemos hablar solo del impuesto de la renta sino que tendríamos que calcular todo lo que se paga y, bajo mi punto de vista (que no sirven para nada, como tampoco sirve para nada el antes citado artículo de la Constitución), actualmente estamos sufriendo impuestos confiscatorios, se nos cuente como se nos quiera contar la película.

También los embargos pueden ser confiscatorios

Ramón Cerdá

Impuestos confiscatorios y el sexo de los ángeles was last modified: abril 1st, 2014 by Ramón Cerdá

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