Revista Jurídico

Impugnación de acuerdos de la comunidad de propietarios

Por Sanchezbermejo @sanchezbermejo

La Ley de Propiedad Horizontal configura la forma de realizar la impugnación de acuerdos de la comunidad de propietarios cuando haya algún perjuicio en los acuerdos tomados.

Así, señala la norma que los acuerdos de la Junta de Propietarios serán impugnables ante los tribunales en los siguientes supuestos:

  • Cuando sean contrarios a la ley o a los estatutos de la comunidad de propietarios.

  • Cuando resulten gravemente lesivos para los intereses de la propia comunidad en beneficio de uno o varios propietarios.

  • Cuando supongan un grave perjuicio para algún propietario que no tenga obligación jurídica de soportarlo o se hayan adoptado con abuso de derecho.

Impugnación de acuerdos de la comunidad de propietarios

Legitimación para impugnar los acuerdos

Impugnación de acuerdos de la comunidad de propietarios

Podrán realizar la impugnación de acuerdos de la Junta de Propietarios aquellos propietarios que:

  • Hubiesen salvado su voto en la Junta.

  • Estuviesen ausentes por cualquier causa.

  • Indebidamente hubiesen sido privados de su derecho de voto.

Para impugnar los acuerdos de la Junta el propietario deberá estar al corriente en el pago de la totalidad de las deudas vencidas con la comunidad o proceder previamente a la consignación judicial de las mismas.

Caducidad de la acción para impugnar

La acción para solicitar la impugnación de acuerdos de la comunidad de propietarios caducará a los 3 meses de adoptarse el acuerdo por la Junta de propietarios, salvo que se trate de actos contrarios a la ley o a los estatutos, en cuyo caso la acción caducará al año.

Para los propietarios ausentes dicho plazo se computará a partir de la comunicación del acuerdo conforme al procedimiento establecido.

Suspensión de la ejecución de los acuerdos

La impugnación de los acuerdos de la Junta no suspenderá su ejecución, salvo que el juez así lo disponga con carácter cautelar, a solicitud del demandante, oída la comunidad de propietarios.

Sánchez Bermejo Abogados

A través de nuestros abogados de Málaga te ofrecemos resolución a tus consultas legales, defensa en tribunales, apoyo jurídico de todo tipo para empresas y particulares, divorcios y separaciones, asesoramiento fiscal y tributario, expedientes de extranjería, conflictos de derecho internacional, asesoramiento laboral, derecho bancario y de seguros, derecho animal y del medio ambiente, gestión y asesoramiento inmobiliario y mucho más. Prestamos servicio en toda España.

Impugnación de acuerdos de la comunidad de propietarios

Volver a la Portada de Logo Paperblog