Si se quiere impugnar testamento son varios los motivos que recoge el derecho común en la legislación española que abren la vía a esta posibilidad.
Un testamento no puede ser impugnado porque simplemente alguien no esté satisfecho con sus disposiciones. Para impugnar un testamento, la persona que quiera hacerlo deberá acudir a los tribunales y basar su pretensión de impugnación en un motivo de los que se explicarán a continuación.
Para conocer bien cómo funciona la figura de la impugnación del testamento, procederé a explicar en qué casos se puede impugnar un testamento, quién puede hacerlo, los plazos existentes y el procedimiento para ello.
Impugnar testamento
Qué es la impugnación de testamentos
Impugnar un testamento significa rechazar en todo, o en parte, las estipulaciones que dejó en vida una persona que ha fallecido en su testamento.Es importante señalar que no es lo mismo la impugnación de un testamento que su revocación. Este último punto consiste en sustituir un testamento por otro. Explicamos la figura de la revocación de testamentos en este otro artículo.
Como nota adicional, advertimos que el testador, es decir, la persona que realiza el testamento, no puede prohibir que se impugne su testamento en determinados casos, si bien hay jurisprudencia que sí admite la cautela socini (disposiciones testamentarias por las que el testador impone un gravamen o condición a sus herederos que, si es incumplido, impiden percibir aquello que el testador hubiera dejado al heredero por encima de lo que estrictamente le corresponde por ley). Habría que estudiar en cada caso la prohibición del testamento para conocer de su viabilidad.
Quién puede impugnar testamentos
Podrá impugnar testamento aquella persona que tenga un interés legítimo en adquirir algún bien de la herencia que no le ha correspondido en dicho testamento.
Por otro lado, la ley indica que no se podrá realizar esta acción sin la representación y defensa de abogado y procurador. En Sánchez Bermejo Abogados ofrecemos este servicio, tan sólo tendrás que ponerte en contacto con nosotros para conocer los detalles.
Esta acción de impugnación del testamento se deberá dirigir contra las personas favorecidas por el testamento que se desea impugnar.
Causas para impugnar testamentos
Se podrá impugnar testamento en aquellas situaciones en las que no se hayan respetado algunas formalidades y requisitos que establece la ley.
Concretamente, será en los siguientes casos:
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Cuando el testador no tenía capacidad para realizarlo. Se contemplan dos situaciones aquí:
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Los menores de 14 años de uno y otro sexo.
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El que habitual o accidentalmente no se encuentre en su cabal juicio. Esto es, que tuviese sus capacidades mentales mermadas y por lo tanto no fuese capaz de entender lo que estaba haciendo al realizar el testamento. Será importante en este caso poder demostrar esta situación con algún certificado médico que reconozca que esa persona sufría algún tipo de incapacidad para discernir.
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Cuando quien hizo el testamento estaba siendo engañado, coercionado o presionado a la hora de realizar el documento. En definitiva, cuando existan vicios en la voluntad del testador.
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Cuando no se han seguido alguna de las más estrictas formalidades que establece el Código Civil o se realice en contra de una disposición legal. Algunos ejemplos:
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Cuando, siendo obligatorio, no se haya realizado ante notario o ante testigos.
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Si no se establece la fecha concreta del otorgamiento en testamento ológrafo.
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Al realizar un testamento mancomunado (dos personas realizan testamento en el mismo documento), lo cual está prohibido.
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Plazo para impugnar testamentos
En cuanto al plazo para impugnar testamento la ley señala un plazo de prescripción de 15 años para realizar dicha acción.
Este plazo se contará desde el momento en que se pudo ejercitar la acción, es decir, desde que falleciese el testador o desde que se pudo obtener copia autorizada del testamento en cuestión que se desea impugnar.
Cómo impugnar testamentos (Procedimiento)
Los pasos para realizar una impugnación de testamento son los siguientes:
1º. Se presenta una demanda ante el Juzgado de Primera Instancia de la provincia donde falleciese el testador. Es imprescindible para ello tener representación y defensa técnica de abogado y procurador. Ponte en contacto con nosotros para tener más información de nuestros servicios en esta materia.
2º. El juzgado resuelve sobre la admisión a trámite o no de la demanda.
3º. Si se admite, se notifica a la parte demandada (las personas favorecidas por el testamento a impugnar), que dispondrá de 20 días para contestar a la demanda.
4º. Una vez se contesta la demanda, en un plazo máximo de 20 díás desde que se produce esta contestación, se celebra una audiencia previa al juicio. En esta audiencia se intentará buscar un acuerdo entre las partes para evitar el juicio.
5º. Se produce el juicio con la debida práctica de la prueba y se expondrán las conclusiones de cada parte con el reparto que consideran oportuno.
6º. El juez dicta sentencia impugnando, o no, el testamento en cuestión en todo, o en parte.
Sánchez Bermejo Abogados
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