Revista Deportes

In claris non fit interpretatio

Publicado el 28 febrero 2013 por Carlos Romero @CarlosRomeroSFC

POR GUARDIANES DE LA MEMORIA.

Déjenme que les cuente una anécdota para ilustrar la diferencia entre un abogado y un picapleitos.

Se celebra en un bufete una reunión entre asesores y clientes.

Los primeros, teóricos especialistas en una disciplina determinada, exponen un sesudo y voluminoso informe, en el que se razona de forma brillante la interpretación legal de una norma.

Los clientes se muestran entusiasmados a medida que quien les presenta el análisis profundiza en su exposición y ésta parece favorecer sus intereses.

Cuando casi ha finalizado su parlamento, el asesor en cuestión pronuncia estas palabras: “la presente interpretación sólo tiene un reparo, va en contra del tenor literal de la ley.”

Los clientes, acompañados de su propio letrado, tuercen el gesto e indignados, inmediatamente se levantan y se van.

Que el Sevilla Football Club hunda sus raíces en 1890 es algo que muchos no soportan.

El problema no es tanto lo que ello supone de novedad para el fútbol español en general, y para el andaluz y el sevillano en particular, sino que el privilegio corresponda precisamente al Sevilla F.C.

Es lo que tiene ser eternos segundones, te fastidia todo lo que hace más grande a tu rival y aumenta las distancias con tu pobre realidad.

En estos días hemos podido leer en este mismo blog lamentos del siguiente calibre:

ESTAMPITA DE EJPAÑITA

“El Football Club de Sevilla de 1890 no tiene nada que ver con la sociedad que se creó unos 18 años después. Fue un equipo hecho por ingleses y que acabó en eso. Os aprovecháis del nombre (Sevilla Football Club) para intentar concatenar, de forma torticera, un no se qué muy ridículo.”

También podemos ver el mismo argumento en foros y textos de signo antisevillista.

ESTAMPITA DE BETIS LIBRE U OTROS EJEMPLOS

¡¡Vaya por Dios!!

¿Y qué culpa tenemos nosotros de que el club fundado el 25 de enero de 1890 se llame “Sevilla Football Club”?

Se podía haber llamado Betis Football Club, Sevilla Balompié, Betis Balompié, España Football Club, Sevilla Recreation, Athletic de Sevilla o cualquier combinación de éstas.

 

Pero no.

Se llama “Sevilla Football Club”.

Tremendo.

Los investigadores sevillistas “retorcemos” los argumentos, porque que se llame “Sevilla Football Club” no puede tomarse como signo de identidad sevillista.

Según ellos, que la denominación de la entidad sea “Sevilla Football Club” es irrelevante, y nos la estamos apropiando indebidamente.

Y esto lo dicen los mismos que con el genérico “Sociedad de Football”, más la plena coincidencia de directivos y actividades, y el reconocimiento expreso de sus propios fundadores, montan sesudos informes para argumentar que no se trata del “Sevilla Football Club”.

Los mismos que piden rectificaciones a los demás y se sacan de la chistera ensayos sobre el supuesto significado de los colores propios cuando sus fundadores y protagonistas tildaban dichas interpretaciones de puras fantasías. Esto se atrevieron incluso a pronunciarlo en las mismas entrañas del estadio rival. Aún no hemos visto ninguna rectificación.

Los mismos, sí, que transforman sin explicación ni evidencia alguna al España Balompié en Sevilla Balompié o en lo que haga falta.

En este caso, el nombre es también irrelevante, pero en sentido inverso.

Coherencia, le llaman a esto.

Rigor, sí señor.

Lástima.

Sólo tienen en contra “el tenor literal de la ley”.

“Sevilla Football Club”.

Más claro agua.

“Football Club” versus “Balompié”.

¿No quedamos en que la utilización del apellido “Balompié” representaba un guiño patriótico hacia lo español para separarse de lo británico?

¿No eran estudiantes para la carrera militar e hijos de militares la mayoría de los fundadores del “Balompié”?

¿Ahora son también los herederos del primitivo “Football Club” de la ciudad? ¿Así, por las buenas? ¿Y qué conexiones tenían entre sí? ¿El nombre al menos?

Ya lo decían los romanos, que algo de esto nos enseñaron, hace veinte siglos:

“Verba simpliciter prolata debent intelligi secundum suam proopiam significactionem”.

“Quum in verbis nulla ambiguitas est, non debet admitti voluntatis quaestio”.

In claris non fit interpretatio”.

Abogados y picapleitos.

Ahí está la diferencia.


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