Revista Opinión

Indemnizaciones sin IVA

Publicado el 22 noviembre 2013 por Elblogderamon @ramoncerda

¿es legal?

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Que el seguro nos pague indemnizaciones sin IVA es perfectamente legal, y aunque es una práctica que no veo con buenos ojos, la entiendo perfectamente ante el cada vez mayor afán recaudatorio de nuestra querida Hacienda.

¿Que es lo que está ocurriendo?

En líneas generales es muy sencillo pero tiene sus matices que hay que tener en cuenta, en especial si a usted, después de un accidente de tráfico la compañía de seguros le propone cobrar de inmediato la indemnización por los daños. Suelen hacerlo en pequeños accidentes con parte amistoso de por medio.

No hay problema con que acepte y de ese modo dispondrá del dinero de forma más rápida, pero si su intención es reparar el coche, tenga en cuenta que cuando lo lleve al taller, la factura llevará IVA y por lo tanto el importe será mayor al cobrado por la indemnización. Si se espera a repararlo, la compañía de seguros deberá pagar la factura del taller, incluyendo el IVA.

Entonces… ¿qué hacer?

Muy sencillo, todo depende del caso en que usted se encuentre:

1.- La reparación no tiene demasiada importancia y el vehículo puede seguir circulando aunque no lo repare. En ese caso puede optar por cobrar la indemnización sin IVA y no reparar el vehículo, de manera que tendrá un ingreso inesperado en sus finanzas que le puede venir bien para tapar otros agujeros.

2.- Si usted tiene previsto reparar el coche, mi consejo es que no cobre anticipadamente y se espere a que el taller genere la factura. De ese modo el seguro tendrá que pagar la factura completa incluyendo el IVA. Salvo que usted se encuentre en el caso siguiente:

3.- Usted cobra la indemnización sin IVA y lleva a reparar el vehículo a un taller donde no le hacen factura y por lo tanto no le repercuten el IVA. Lógicamente esta práctica no la puedo recomendar (¿qué pensarían de mí los de Hacienda?), pero es evidente que existe.

En resumen, que la actuación de las compañías de seguro entra dentro de la legalidad y es correcta, pero el afectado debe saber a qué atenerse para decidir la fórmula que más le interese.

Ramón Cerdá


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