La inflación en el Perú, ha sido excepcionalmente baja, dado la terrible experiencia que vivimos los peruanos, durante del primer Gobierno de Alan García (1985-1990), cuyas cifras inflacionarias gigantescas obligaba a los peruanos a estimar cuanto costaría un producto alimenticio en plena cola de espera para la compra, dado que los precios estaban en alza minuto a minuto.La Inflación muchas veces tiene un impacto múltiple sobre los precios de los productos, por ejemplo si un producto de pan llevar "X" está grabado con un impuesto al consumo (en Perú se denomina impuesto general a las ventas IGV), entonces tenemos una composición de precios como sigue:
Precio(x) = Precio Neto (x) + %IGV * Precio Neto(x)
El precio neto (x) es el precio de lista del producto "X" al cual tiene acceso el usuario consumidor, el mismo está afectado por el impuesto general a las ventas IGV y cuando un consumidor se dirige a un almacén de productos, pagará el valor del producto incluido los impuestos.Veamos el caso del Pan y de la Azúcar, dos productos que los consumidores peruanos utilizan profusamente todos los días y que están dentro de la canasta de consumo familiar.El Primer caso es el Pan, que depende del trigo importado en mas del 80%, lo que hace que el precio del Pan sea sensible a la inflación importada, dado que el trigo y la harina de trigo son commodities cuyos precios internacionales no son controlados por la economía local, estos son exógenos para la composición del precio de venta.
Fíjense como un Pan cuyo precio en el año 1 es de S/. 0,1 nuevo sol paga un impuesto IGV de S/. 0,019 nuevos soles.El mismo Pan en el año 2, con un precio de venta de S/. 0,2 nuevos soles, ahora paga un IGV de S/. 0,38 nuevos soles.
En el caso del azúcar, en el año 1, tenemos un precio de venta de S/. 1.5 nuevos soles por kilogramo, este mismo incorpora un impuesto de S/. 0,285 nuevos soles dentro de su estructura, cuando es afectado por la inflación, su precio de venta es ahora S/. 2,5 nuevos soles, donde la componente de IGV es S/. 0,475 nuevos soles.
Los usuarios consumidores, tienen que pagar el doble efecto que ocurre por distorsión de los precios debido a la inflación: Pagan el alza del precio neto del producto y pagan el alza proporcional del impuesto (IGV) sobre este nuevo precio, esto significa que se ven "doblemente" afectados por esta alza de precios inflacionaria, como hecho real de mercado.
Realmente los empresarios que producen pan y que comercializan Azúcar, trasladan el valor del IGV al usuario consumidor en su totalidad, dado que ellos deben de entregar este "ingreso fiscal" al Estado, quedando en potestad del usuario consumidor, solicitar facturación y luego descontar el monto como crédito fiscal, sin embargo esto no ocurre debido a que los montos de las operaciones son pequeñas y los costos transaccionales de recuperación a modo de crédito fiscal resultan proporcionalmente mayores, desincentivando estas operaciones. Así tenemos que la Inflación castiga doblemente al usuario consumidor, porque pagará mas impuestos según la inflación afecta al precio final de los productos.
Por el lado del Empresario, debido al volumen de operaciones, los montos acumulados de crédito fiscal si constituyen un monto interesante que pueden descontar de las compras que ellos realizan como parte del gasto operacional de su empresa, hasta donde lo permita la actual legislación del Estado Peruano, sin embargo; sería importante para los futuros gobiernos que están por arribar este 2011, en las elecciones presidenciales; verificar dos temas:
1ro.- Reducir el monto del IGV, para disminuir el impacto de la inflación en la canasta de consumo de las familias peruanas. Perú tiene un IGV demasiado alto para el promedio de ingresos del usuario consumidor, distorsión que favorece mucho mas a las personas jurídicas (empresas) que no tributan por diversos consumos (Caso las Plantas de Bebidas embotelladas y de Leche enlatada que no pagan el consumo de Agua extraído de la napa freática común en Lima, así como también las empresas que tienen acuerdos de estabilidad jurídica.)
2do.- Disminuir el Crédito Fiscal, dado que tanto empresarios como consumidores deben pagar impuestos de manera coherente y simétrica, y no como ocurre ahora, donde el usuario consumidor paga inclusive gastos que no son atribuibles a su consumo, a través del instrumento impositivo, contando además el hecho de la corrupción en el uso del crédito fiscal.
Si bien esto tiene beneficios en el mediano plazo al usuario consumidor, el Estado puede aducir pérdida del monto a recaudar (lo que constituye su principal ingreso presupuestal) y desequilibrio en el balance del presupuesto anual del Estado, pero esto puede ser compensado con un justo y correcto cobro del Canon a las actividades extractivas y la expansión de la cobertura del ente tributario (SUNAT) hacia las actividades informales.
(Nota.- No se han considerado otras variables componentes en la formación del precio del Pan y del Azúcar, para simplificar el tema).