Revista Salud y Bienestar

Jubilación activa: requisitos, cuantía y cotización

Por Pedirayudas @Pedirayudas
Jubilación flexible: concepto, requisitos, edad y cómo solicitarla Como calcular la cuantía de la pensión pública de jubilación, que voy a recibir

La jubilación activa es la modalidad de jubilación que permite compatibilizar la pensión y el trabajo por cuenta ajena o propia.

¿Estás pensando solicitar la jubilación activa? Sigue leyendo que te voy a contar todo sobre este tipo de jubilación.

Requisitos de la jubilación activa

Esta modalidad de jubilación permite la posibilidad de compatibilizar el disfrute de la prestación contributiva de jubilación con la realización de cualquier trabajo tanto por cuenta propia como por cuenta ajena y bien sea a tiempo completo o a tiempo parcial, siempre que se acrediten los siguientes requisitos:

  1. El acceso a la pensión deberá haber tenido lugar una vez cumplida la edad ordinaria de jubilación. Es decir, no puedes acceder a la jubilación activa si te has jubilado de forma anticipada.
  2. El porcentaje aplicable a la respectiva base reguladora a efectos de determinar la cuantía de la pensión causada ha de alcanzar el 100%. Por tanto, sólo se permite el acceso a la jubilación activa a aquellos que hubieran cotizado los suficientes años como para poder obtener la pensión máxima según las reglas aplicables.

Cuantía de la pensión en la jubilación activa

La cuantía de la pensión mientras dure la situación de jubilación activa será equivalente al 50% del importe resultante en el reconocimiento inicial, una vez aplicado el límite máximo de pensión pública.

La pensión se revalorizará anualmente según lo establecido legalmente, pero se seguirá cobrando el 50% de la pensión mientras dure la situación de jubilación activa.

Además, es importante destacar que si te acoges a esta modalidad de jubilación activa, no podrás solicitar el complemento a mínimos.

¿Se cotiza por la actividad laboral realizada?

La respuesta es sí. Los empresarios y los trabajadores cotizarán a la Seguridad Social, pero a través de una cotización reducida (únicamente por incapacidad temporal y por contingencias profesionales).

A esta cotización inferior se le sumará una cotización de solidaridad del 8 % (no computable para futuras prestaciones).

Información adicional

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