Revista Salud y Bienestar

La Agencia Tributaria avisa: ya se puede solicitar la ayuda de 200 euros

Por Pedirayudas @Pedirayudas
La Agencia Tributaria avisa: ya se puede solicitar la ayuda de 200 euros

El Consejo de Ministros aprobó recientemente un real decreto con diversas medidas para hacer frente a las consecuencias a la guerra de Ucrania.

Concretamente la aprobación de una ayuda de 200 euros para rentas bajas. La normativa contempla que los asalariados, autónomos y desempleados inscritos en las oficinas de empleo puedan percibir un pago único de 200 euros. Se estima que esta medida beneficiará a 2,7 millones personas.

Como veníamos informando desde que se habilito la web especifica de solicitud del cheque de 200 euros, la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, confirmó este jueves que la Agencia Tributaria ha habilitado los sistemas informáticos correspondientes para que las personas interesadas puedan pedir el cheque anticrisis en su web a partir de este 8 de julio. Y ya se puede solicitar desde aqui: sede.agenciatributaria.gob.es

El aviso de hacienda en Redes

Ahora ha sido la propia Agencia Tributaria a través de su perfil oficial de Twitter, quien ha dado el aviso de la activación de esta ayuda: "Disponible el formulario de solicitud de la nueva ayuda de 200 euros para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio"

📢Disponible el formulario de solicitud de la nueva ayuda de 200 euros para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio👉 https://t.co/4vZokh6zay Para más información, puedes consultar estas preguntas frecuentes ❓ https://t.co/YKVX5Hb5nu

- Soporte Técnico AEAT (@informaticaaeat) July 8, 2022

¿Quién puede pedir la Ayuda de 200 euros?

Pueden pedir esta ayuda aquellas personas que, a 27 de junio de 2022:

  • Tengan residencia legal y efectiva en España y la hayan tenido de forma continuada e ininterrumpida durante el año inmediato anterior.
  • Realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, o
  • Estén inscritos como desempleados en la oficina de empleo, estén cobrando o no la prestación o subsidio por desempleo.
  • Las rentas obtenidas en 2021, incluidas las que perciban los convivientes, sean inferiores a 14.000 euros y el patrimonio, descontando la vivienda habitual, no supere los 43.196,40 euros.

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