Revista Economía

La declaración complementaria de IRPF

Por María Jose @FinanzasMentor

complementaria
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Mañana finaliza el plazo para presentar la declaración de la renta 2014. Si has tenido que pagar, y domicilias el pago, ya la has tenido que presentar, ya que este plazo finalizó el día 25. Si todavía no lo la has presentado, no te duermas, que entre hoy y mañana, tienes que hacerlo.

En estos momentos de hacer cuentas y repasar rendimientos, ganancias y movimientos, en ocasiones, descubrimos, a través del resumen de rendimientos que nos facilita la Agencia tributaria, que durante el ejercicio que termina hemos percibido rendimientos del año anterior. Esto suele ocurrir porque te han pagado retribuciones (generalmente del trabajo) con retraso. Cuando esto ocurre, esos rendimientos no corresponden al ejercicio que se presenta, sino al anterior, por lo que tienes que presentar una declaración complementaria.

La declaración complementaria consiste en la incorporación de nuevos rendimientos a una declaración ya presentada correspondiente a ejercicios anteriores.

La incorporación de nuevos rendimientos en la declaración anterior por supuesto altera el resultado obtenido. Así, si por ejemplo esa declaración al presentarla obtuvo un rendimiento positivo, con los nuevos rendimientos el importe a pagar será mayor. Por supuesto, como ya está presentada y pagada, en el momento de la presentación solo es necesario pagar por la diferencia.

Si la declaración tuvo un rendimiento negativo (nos devolvieron) con la incorporación de estos nuevos rendimientos el resultado a devolver será menor. Como probablemente Hacienda ya te habrá devuelto el importe que te correspondía en su momento, te tocará pagar la diferencia con el nuevo resultado.

Para poder recalcular la declaración, tienes que utilizar el programa PADRE correspondiente al ejercicio al que pertenece la complementaria, es decir, si el rendimiento que has percibido con retraso es de 2012, deberás complementar tu declaración de 2012 a través del programa PADRE 2012, y por supuesto debes conservar tu declaración 2012 para añadirle estos nuevos rendimientos.

Abriendo la declaración con el programa PADRE correspondiente, antes de comenzar a introducir el rendimiento, debes marcar, en la página 3 del programa, la casilla 121, para que así el sistema sepa que lo que estas haciendo es completar la información sobre los rendimientos que obtuviste aquel año.

Declaración complementaria

La Agencia Tributaria no permite la presentación online de la complementaria, por lo que necesariamente deberás imprimirla y presentarla en una oficina de la Agencia o en una entidad colaboradora.


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