Carlos Cano y Marinaleda El "nasciturus", el que va a nacer, se tiene por nacido a todos los efectos que le sean favorables. Qué buenas son las madres ursulinas, qué buenas son que nos llevan de excursión. ¿Por que se lleva la protección al que va a nacer hasta el extremo de condenar a muerte a la madre, y al crío, una vez nacido, se le desprovee de todos los derechos que le harían igual al resto de los nacidos? Para la ultraderecha nazi francofascista, la sociedad se fundamenta en dos esenciales derechos: el de propiedad y el de sucesión. Cuando el influjo del axioma de Lampedusa no había surtido todos sus hipócritas efectos, los legisladores definían a la propiedad como el derecho de usar, disfrutar e incluso destruir la cosa objeto de dicho derecho: “utendi, fruendi atque abutendi re sua”, nos decía aquel derecho tan civilizado que fue el romano. Era semejante a ese otro salvaje derecho que hacía a la mujer mera propiedad del marido "omnia que mulieris fuerunt viri fiunt", todo aquello que fue propiedad de la mujer pasa a serlo del marido, y que no era sino la directa consecuencia de que la mujer siempre esta en manos de otro, "in manu patris", en la mano del padre, o "in manu mariti", en la del marido,lo que culminaría en el salvaje "la maté porque era mía". Lo que estoy tratando de decir pero seguramente lo digo tan mal como siempre, o peor, es que esta canallesca y criminal gentuza, que es la que hace las leyes, lo realiza siempre arrimando el ascua a su asquerosa sardina porque a mí me parecería muy bien que, con objeto de tener más súbditos y fieles, tanto Estado como la Iglesia fomentaran la natalidad que no otra cosa es ese desmesurado interés por proteger los derechos del "nasciturus" si no fuera por el absoluto desinterés que muestran ambos en ese mismo sentido cuando dejan de proteger descaradamente al que era "nasciturus" cuando ya ha nacido y entonces en lugar de considerarlo acreedor a un derecho igual de propiedad al de cualquier otro hijo de vecino sólo por el hecho de haber nacido sin haberlo pedido él, se le condena a la desigualdad y a la miseria por mor de ese conjunto absolutamente canallesco que forman el bienio maldito de la propiedad y su complemento la sucesión. Y que conste que soy plenamente consciente de que me estoy enfrentando no sólo al pensamiento radical de la peor de las ultraderechas sino incluso al de las benditas clases medias que se horrorizarían sólo al pensar que un gobierno decente dejara de tutelar para siempre el derecho de sus hijos a ocupar por las buenas los bienes raíces que ellos habían adquirido con el sudor de sus laboriosas frentes. Los bienes raíces, o sea el derecho de propiedad sobre la superficie de la Tierra, es, en mi modesta opinión, el origen de todos los males que nos afligen porque para apropiárselos, toda esta canallesca gentuza que gobierna el mundo ha tenido que crear un derecho “ad hoc”, es decir, sacarse de la manga un derecho inexistente porque yo, por supuesto, tengo, y exijo, que el dinero que yo gané con mi trabajo en 6 sitios a la vez, vaya a parar a las muy necesitadas manos de mis hijos, dos de los cuales son enfermos graves e incurables, pero a lo que no puedo aspirar yo, ni nadie, es a que, con ese dinero, yo adquiera para siempre, para toda mi dinastía, uno o varios trozos de la superficie de la Tierra, porque ésta pertenece por igual a todos los que han nacido sobre ella y que por el mero hecho de haber pasado de “nasciturus” a “nacidos en realidad” no pueden perder todos esos formidables derechos que tenía para vivir aquél que sólo era una esperanza de vida frente a una criatura ya nacida y en plenitud de posibilidad de crecer y desarrollarse y no condenada a morir de hambre y de frío en los arrabales de una de nuestras inmensas y siniestras ciudades. A esto creo que algunos lo llaman comunismo, yo pienso que sólo es derecho natural, o sea, uno de los derechos inalienables que el hombre adquiere sólo por el hecho de nacer, o sea de que lo arrojen en medio del mundo contra su voluntad y no como mano de obra lo más barata posible para sus abusivas empresas sino como un ciudadano que puede disponer de los bienes que constituyen la superficie de la Tierra en igualdad de condiciones con sus otros coetáneos, sin que nadie le pueda expropiar de este derecho nunca. O sea que propiedad exclusiva del dinero y de los bines de uso y consumo, sí, de los llamados bienes raíces o inmuebles, no, éstos serán siempre de la propiedad del Estado u otras entidades públicas y serán también siempre de uso y disfrute común, al menos teóricamente. ¿Comunismo? Pues, sí, a lo mejor. Después de haber escrito el post anterior, al ir a buscar un encarte gráfico para él, he hallado este texto que no me resisto a incluir aquí: "Por su misma naturaleza, la tierra es propiedad común y nuestras leyes y tradiciones ya dan testimonio reconociéndola como tal. De hecho, esto se ha reconocido ampliamente por un número sorprendente de pensadores grandes de muchas culturas. El principio de "dominio eminente" afirma la demanda superior de la sociedad a la tierra. La constitución del estado de New York (USA) declara: "La gente del Pueblo, en su derecho de soberanía, poseen la original y última propiedad en a a todas la tierras entre la jurisdicción del Estado." Ley Inglesa y Americana reconocen generalmente propiedad absoluta de bienes - pero no de tierra. La ley se trata del "dueño" de tierra como un terrateniente - tierra se mantiene baja la soberanía del pueblo y es sujeto a sus condiciones. Para alcanzar el estado de propiedad común de tierras, Henry George proponía que la renta de tierra se pague a la comunidad. Este pago expresa la cantidad exacta que satisfaría los derechos iguales de todos los miembros de la comunidad. Los individuos mantendrían sus títulos a la tierra, y su garantía de tenencia y posesión segura. Este método de hacer la tierra "propiedad común" también se puede llamar "propiedad privada condicional de tierra" (con pago de la renta a la comunidad), al contrario de "propiedad privada absoluta de tierra" (con la renta guardada en manos privadas)".
http://www.prosperidad.org/reme1.htm