Revista América Latina

La eficiencia en la administración pública (y III).

Publicado el 16 diciembre 2012 por Jmartoranoster

La eficiencia en la administración pública (y III).

Posted on 16 diciembre, 2012 by

ANTONIA MUÑOZ

Conocida la ley por parte de los servidores públicos, como parte de su formación y como requisito para ingresar a la Administración Pública, debe buscarse mecanismos para romper con el rechazo hacia la supervisión y todo mecanismo de control, por parte del funcionariado; debido a la mala concepción de percibirlos como mecanismos de coacción, punitivos o descalificadores de la labor de las y los trabajadores; cuando en verdad son herramientas de apoyo a cualquier gestión, ya que permiten evaluar, y en consecuencia, orientar y corregir rumbo a tiempo. Igual consideración puede hacerse con la resistencia a rendir cuentas como algo necesario e inherente al manejo de los fondos públicos. Cuando se infrinjan o evadan los mecanismos de control, hay que ser muy estricto en la aplicación de los correctivos y de las leyes; ya que la impunidad de los delitos hace un daño incuantificable en la Administración Pública; no tanto por las pérdidas materiales sino por la pérdida de los resortes éticos y morales. Es fácil entenderlo si repasamos las lecciones que nos dejó Bolívar: “La impunidad de los delitos hacen que éstos se cometan con más frecuencia: al fin llega el caso que el castigo no basta para reprimirlos”. La impunidad desmoraliza a los miembros de una institución, y Bolívar lo expresó en los siguientes términos: “La clemencia con el malvado es un castigo del bueno; y si es una virtud la indulgencia, lo es, ciertamente, cuando es ejercida por un particular, pero no por el gobierno.” En nuestra humilde opinión, la lenta y deficiente actuación contralora de los órganos competentes, contribuyen con la ineficiencia en la Administración Pública. Por una parte tiene que ver con la ineficiencia per se de los órganos contralores, pero por otra parte tiene que ver con un concepto equivocado de lo que significa amistad y lealtad. Si una Cámara Municipal o un Consejo Legislativo devuelve un Proyecto de Presupuesto con algunas observaciones, por considerar que algunos aspectos no se ajustan a las necesidades materiales prioritarias de las comunidades para las cuales dichas obras están siendo propuestas; lo más seguro, es que dicha decisión sea entendida o recibida como una obstaculización o agresión del Poder Legislativo al Poder Ejecutivo, y no como el cumplimiento de una función inherente a dicho cargo. Ciertamente, la función contralora del Poder legislativo muchas veces es utilizada como herramienta para entrabar y obstaculizar la gestión del Poder Ejecutivo. Sin embargo, esto no debe servir de excusa para criminalizar la función contralora. En esta búsqueda de la eficiencia en que andamos, urge que este vicio partidista se discuta con toda la irreverencia que sea necesaria, ya que es una amenaza contra la Revolución Bolivariana. Parafraseando a Bolívar, a muchos se nos olvida que: sólo se le miente a los enemigos para engañarlos… A los amigos se les debe decir la verdad, ya que “la verdad pura y simple es la mejor manera de persuadir”. En función de la necesidad urgente de activar los diferentes mecanismos de control en la Administración pública, no puede dejar de señalarse el importante papel de la naciente; y por lo tanto incipiente Contraloría Social, como una obligación por parte de las Comunidades Organizadas. Igualmente, llamamos la atención sobre la casi inexistente Contraloría Política, que de acuerdo a sus Estatutos deberían realizar los partidos políticos, muy especialmente los de la revolución, a la función pública que ejerzan sus militantes. Está claro que los excesivos controles refuerzan el burocratismo y favorecen la corrupción, porque el exceso de “alcabalas” aumenta el tiempo de tramitación y retarda los procesos; y por lo tanto, retarda el servicio ó la obra para la comunidad. Sin embargo, tampoco se trata de ser negligente y permisivo, al eliminar los controles necesarios, ya que además de colocarse al margen de la ley, se pecaría por omisión. En verdad se trata, de no confundir control con obstrucción u obstaculización de la gestión pública. LA PLANIFICACIÓN, aunque abordada al final en esta serie de reflexiones, es el primer requisito, es el primer paso para que cualquier proyecto o actividad se implemente y ejecute exitosamente en relación al logro de los objetivos planteados. La siembra de un cultivo puede planificarse muy bien y a tiempo en términos de cantidad y calidad de semilla por hectárea, tiempo de la operación e implementos para la preparación de la tierra, siembra y fertilización, control de malezas, control de plagas y enfermedades; lo cual produciría un óptimo crecimiento, floración y fructificación del cultivo. Sin embargo, si ocurre una falla en la disponibilidad de las cosechadoras, por lo que las vainas se abren y buena parte de los granos se quedan en el campo, todo habrá sido inútil. Bastó una falla en un eslabón de la cadena para no obtener los resultados esperados. Este mismo impacto lo puede producir la vialidad intransitable que impide el transporte y comercialización de la cosecha. Todas estas ideas y situaciones hipotéticas o reales se han planteado con la intención de generar debate sobre la importancia de la SUPERVISIÓN, el SEGUIMIENTO y el CONTROL, en la búsqueda de la tan necesaria eficiencia. Venceremos! La eficiencia en la administración pública (y III).

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