Lejos de percepción popular que se tiene sobre esta persona, el investigador privado se trata de un persona que se encarga de esclarecer asuntos que escapan o no son propiedad de la seguridad pública.
El investigador privado aborda temas relacionados con infidelidades, impagos personales, estafas a aseguradoras, contratos dudosos... temas que no tienen cabida en la seguridad pública y que tienen que ser resueltos por la seguridad privada.
El desarrollo de la investigación privada no es actual y se remonta a principios del siglo XIX. Nos situamos en Francia donde encontramos la figura de Vidocq (Eugène François). Esta persona puede ser considerada como la iniciadora de la investigación privada en Europa. Pero si nos remontamos a mediados de siglo, en concreto al año 1849, encontramos en EEUU un personaje, emigrante escoces, que fue nombrado primer detective de la ciudad de Chicago. Allan Pinkerton. Este personaje puede ser considerado como el primero en crear una agencia de investigación.
En España tenemos que remontarnos al siglo XIX, en este caso a finales de siglo, en concreto hacía el año 1888. Este año fue cuando Daniel Freixa i Martí creó la primera seudo agencia de detectives en España. Era conocida como La vigilancia y Seguridad Mercantil. A principios del siglo XX comenzaron a crearse más agencias de Detectives. Surgió La Internacional (1907), American Office (1909), o Detectives Office y L'Humanité (1910). Todas estas creadas en la ciudad de Barcelona, que por aquellos años era la provincia del país que más crecía económicamente hablando. En Madrid, hacia el año 1913 se crearon La protectora y Oficina Internacional de Detectives.
Destacar el caso de L'Humanité empresa de origen francés cuyo director, R. Julibert, impulsó la creación de la primera escuela de Detectives Privados de España. La profesión estaba en auge, pero falta de regulación. A mediados del siglo XX, en el año 1951 la Orden del Ministerio de la Gobernación de 17 de enero se creó orientada hacia el control de las llamadas “Agencias de Detectives Privados de Investigación”. En esta Orden se señalaban, entre otros, lo siguientes aspectos:
- Los directores de las presentes agencias debían estar autorizados por la Dirección General de Seguridad de Madrid y de los Gobernadores Civiles, previo expediente que se tramitaría por las Comisarias Especiales del Cuerpo de Policía.
- No podrán realizar investigaciones de delitos públicos. Si alguno de estos llegará a su conocimiento deberán comunicarlo a la Policía si no lo hubiesen hecho a la Autoridad Judicial.
- Llevanza de un libro en el que se copien los informes que faciliten. Obligados a guardar riguroso secreto de las investigaciones que realicen.
- Las sanciones pueden consistir en multa, suspensión temporal o cese definitivo del ejercicio de la profesión.
- La Dirección General de Seguridad llevará un Registro Central de las Agencias autorizadas en cada provincia.
Uno de los impulsores que originó la regulación fue Eugenio Vélez – Troya, que fue considerado el primer detective privado español de forma oficial. En el año 1958 se creó la Asociación Nacional de Detectives de España, fundada y presidida por Vélez – Troya.
Con la regulación ordenada en el año 1951 se llegó hasta el año 1972 año en que la anterior regulación fue derogada por la redacción de la Orden de 7 de marzo de 1972 por la que se regula la organización y funcionamiento de Agencias Privadas de Investigación. La llegada de la Democracia originó una nueva regulación hacia el año 1981. Se reguló la profesión de Detective Privado mediante una Orden del Ministerio de Interior. Años más tarde se creó un elemento configurador y regulador de la profesión de Detective: la Ley de Seguridad Privada (Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada). Fue modificada en sendas ocasiones: Real Decreto 2.364/1994, de 9 de Diciembre, B.O.E. n° 8 de 10 de enero de 1995 y corrección de errores en B.O.E. n° 20, de 24 de enero de 1995 y la Orden Ministerial de 7 de julio de 1995, B.O.E. n° 169 de 17 de julio de 1995 y corrección de errores en B.O.E. n° 220, de 14 de septiembre de 1995; RD123/2001, de 19 de octubre, por el que se modifica parcialmente el Reglamento de Seguridad Privada, aprobado por Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre.
La última actualización realizada en la Ley de Seguridad Privada ha sido realizada en el año 2014. Junto con la Ley coexiste el Reglamento (RD 2364/1992). El Reglamento sirve de soporte a la Ley y lo complementa en todo aquello que la Ley no señala o crea ambigüedad. En la actualidad en España existen unos 3.000 Detectives Privados diseminados por todo el territorio nacional. Existen cerca de 1.300 despachos igualmente diseminados por el todo el territorio nacional.
BIBLIOGRAFÍA
- http://www.zoomnews.es/letras-y-tretas/detectives-privados-espanola-historia
- http://www.monopol.es/blog/index.php/los-mejores-detectives-privados-de-la-historia/
- http://www.guiadetectives.com/articulos/cuales-fueron-los-primeros-detectives-privados-de-la-historia.html#.VRGR3s6nkY0.gmail
- http://www.icace.org/b02articulo01.php
- http://manuelcarballal.blogspot.com.es/2007/03/franois-eugne-vidocq-el-inventor-de-la.html
- http://www.rtve.es/filmoteca/no-do/not-1449/1487617/