Revista Jurídico

La Justicia ciega

Por Rbesonias

Justicia ciega¿Es posible desligar los sentimientos humanos de la naturaleza de las leyes? En casos de extrema crueldad, como terrorismo, violación, asesinatos en serie o asesinatos de menores, la lógica emocional impone su sentencia sin mediar argumentos.

Siempre que tienen lugar hechos que superan nuestra capacidad de comprensión y en los que víctimas inocentes sufren una brutalidad imponderable, nos preguntamos si la Justicia posee la suficiente firmeza, si está preparada para medirse con la maldad y el absurdo. La opinión popular discrimina sin temblarle la voz entre este tipo de delitos y el resto. No son pocos los ciudadanos que exigen que en casos de extrema crueldad, la ley actúe con mayor severidad, impidiendo que los reclusos salgan antes de 30 años; incluso abogan por recluir por tiempo indefinido a determinados presos enajenados, bajo la sospecha de que puedan repetir su delito.

Esta intolerancia popular no se ha visto mitigada por el cese de la violencia etarra. La ciudadanía desea acabar este proceso con mano firme, dejando claro quiénes son las víctimas y cuáles sus verdugos, y que éstos paguen con la mayor severidad que permita nuestro Estado de Derecho.

La doctrina Parot surge precisamente en uno de esos momentos de perplejidad social. Corría el año 2005. Algunos de los etarras más sanguinarios estaban a punto de ser excarcelados. La jefa del comando Nafarroa, Mercedes Galdós, quien fuera condenada a 829 años de prisión por asesinar a 17 personas,quedó en libertad en 2005 tras cumplir solo 19 años; se le redujo la condena por haber estudiado pedagogía y realizar en la cárcel numerosas actividades (limpieza, aeróbic, mecanografía, fútbol sala). La sociedad española estaba indignada. ¿Cómo puede ser que mates a 17 ciudadanos y la condena te salga a poco más de 1 año de cárcel por asesinato? ¿Qué diferencia existe entre un asesino en serie y un etarra de largo historial sangriento? Por lo menos en el caso de algunos asesinos en serie podemos tener la certeza de que estaban enajenados.

Los etarras, sin embargo, actúan con lucidez, con férrea determinación y consciencia de las consecuencias de sus actos. La ley del 73 preveía condenas no superiores a 30 años, que con buena conducta podían reducirse hasta 18. Buena parte de la sociedad pedía mayor severidad hacia este tipo de delitos. Solución: la doctrina Parot, que obliga a que aquellos etarras condenados a más de 30 años, por delitos cometidos antes de 1995, cumplieran 30 años íntegros, y no los 18 o 20 que hasta ahora les otorgaba la ley. Esta doctrina del Tribunal Constitucional toma su nombre del primer etarra a quien se la aplicaría, Henri Parot, condenado a 4.799 años por 33 asesinatos cometidos entre 1978 y 1990.

Hasta el día de hoy, 60 etarras han sido sometidos a esta ley y muchos de ellos han planteado recursos para apelar contra ella, de los que solo tres consiguieron amparo legal. La doctrina Parot fue sustituida en 2008 por la de doble cómputo de las penas, que permite restar el tiempo que un etarra ha permanecido en prisión preventiva de cada una de las condenas firmes que esté cumpliendo por otros delitos. Esta doctrina, en vez de mejorar la precedente, lo que hizo es abrir la posibilidad de que algunos etarras salieran incluso antes de lo previsto. Es el caso de Hermosa Urra, que salió en 2011 en vez de en 2017, como estaba previsto. Ciertamente, el Constitucional había cometido un error mayúsculo, aún por resolver.

La reciente resolución del Tribunal Europeo de Derecho Humanos (TEDH), según la cual España debe pagar una indemnización de 30.000 euros por daños morales a la etarra Inés del Río Prada, condenada a más de 3.000 años de cárcel por varios asesinatos terroristas, y ponerla en libertad 'en el plazo de tiempo más breve posible', ha puesto la guinda a un largo devenir, que no hace sino poder en entredicho al propio Tribunal Constitucional. La indeterminación y los vaivenes hermenéuticos de la Justicia han permitido este esperpento, esta tragicomedia berlangiana. De nuevo la sociedad española se siente desprotegida, estafada e indignada.

Tendremos que pagar de nuestros propios bolsillos 30.000 euros a una asesina. Como si ya no tuviéramos suficiente con pagar a los bancos sus errores financieros. Imagino a la malnacida Inés del Río, riendo a destajo sobre la tumba de sus víctimas y celebrando la meliflua estupidez de la Justicia.Esta parsimonia pusilánime del Constitucional se debe esencialmente a la instrumentalización política, a la aplicación de las leyes en función de la agenda del Ejecutivo y a la más que evidente falta de voluntad por parte de la clase política de llegar a un consenso nacional en esta materia. No son pocos los ciudadanos que intuimos que el mal llamado proceso de paz vasco será rematado con zurcidos malcosidos; todos buscan la foto crucial que confirme que ellos y no los otros se llevan la gloria política de haber acabado con el terrorismo en España. Y mientras, el pueblo soberano rumia su perplejidad, mentando a la madre de más de uno.Ramón Besonías Román


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