La reforma de la Ley de Propiedad Intelectual en España ha definido sanciones graves para la piratería. Se trata de multas de entre 150.000 y 600.000 euros, no solamente para los autores de la infracción, sino también para los intermediarios que no colaboren. Esta parte tan polémica del texto entrará en vigencia el 5 de enero, mientras que el resto ya lo hizo a partir del primer día de 2015.
Casi la totalidad de los aspectos modificados de la Ley de Propiedad Intelectual entraron en vigor el 1 de enero, pero las multas recién empiezan a correr a partir del lunes próximo. Las multas entran en una suerte de vacío legal desde la publicación de la norma y hasta dos meses después de la publicación de la ley en el Boletín Oficial.
Fuente: Elhombreadaptable
Propiedad Intelectual y faltas graves
Las faltas graves serán las que estarán multadas con 150.000 o 600.000 euros dependiendo del nivel de gravedad que consideren las fuerzas de seguridad. Serán aplicadas a páginas web que vulneren los derechos de Propiedad Intelectual en la red, y también a los prestadores de servicios intermediarios, de pago electrónico o publicidad, siempre y cuando no colaboren con las fuerzas del orden o se nieguen a suspender el servicio a la página web infractoar.
¿Cómo funcionan las multas?
Cuando la Comisión de Propiedad Intelectual solicita al responsable de una página web retirar un contenido determinado, hay un plazo de diez días para hacerlo. Pasado ese período puede actuar la Sección Segunda solicitando ayuda a los servicios intermediarios para eliminar los enlaces ilegales.
Si el dominio está bajo el código español “.es” la autoridad de registro no podrá volver a asignar dicho sitio hasta que pasen al menos 6 meses desde el procedimiento de retirada de enlaces ilegales. El resto de las puntualizaciones de la ley entrará en vigencia el 5 de noviembre de 2015.