Revista Sociedad

La Ley Mordaza avanza en el Congreso de España

Publicado el 16 octubre 2014 por Nm_actualidad @nmactualidad

Según Amnistía Internacional, la reforma de la Ley ciudadana amenaza el ejercicio de derechos como la libertad de reunión pacífica, expresión e información de todos los españoles


ley mordaza espana
ESPAÑA.- El pasado 11 de julio el Consejo de Ministros aprobó el Proyecto de Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana, comúnmente denominada, Ley Mordaza. Aunque en el texto final se han introducido algunos cambios, como por ejemplo incluir de manera expresa el principio de no discriminación en las identificaciones por parte de la policía, o que la disolución de la reunión sea la última medida a tomar en las manifestaciones pacíficas, lo cierto es que la nueva ley es un paso en la dirección equivocada y se aleja de los estándares internacionales de derechos civiles e individuales.
La ampliación de los poderes a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado que podría llevar a la arbitrariedad en la aplicación de la ley, así como la tipificación y sanción de nuevas formas de protesta que podrían afectar al ejercicio de derechos como la libertad de reunión pacífica, expresión e información, son algunas de las preocupaciones que numerosas asociaciones de derechos civiles de España y el resto del mundo han trasladado a todos los grupos parlamentarios.
Según estas organizaciones, de aprobarse el texto tal y como está, podría suponer una restricción innecesaria e injustificada de la protesta contraria al derecho internacional.
La ley no contempla ninguna medida de control y supervisión de la actividad policial para garantizar que los abusos de las fuerzas y cuerpos de seguridad no queden impunes.
En comparación con la ley vigente, el texto amplía el número de infracciones de 27 a 47. El gobierno ha justificado esta ampliación bajo el argumento de que algunas faltas se han eliminado del Código Penal. Sin embargo, sólo 9 infracciones del texto proceden del Código Penal y pasan al ámbito administrativo sancionador, mientras que 21 son de nueva creación.
El traslado al ámbito administrativo de algunas de las faltas se produce además en un contexto en el que los tribunales han archivado o fallado en favor de manifestantes. Así, los tribunales han reconocido, por ejemplo, que los “escraches” son ejercicios legítimos del derecho a la libertad de expresión, han desestimado cargos contra los organizadores de la manifestación “Rodea el Congreso” celebrada el 25 de septiembre de 2012, al constatar que el "delito contra las altas instituciones del Estado" aducido por el Ministerio del Interior no era tal, o han reafirmado que está permitido grabar a las fuerzas de seguridad en el ejercicio de sus funciones.
Ese traslado de algunas de las faltas del ámbito penal al administrativo, lejos de suponer un menor reproche sancionador, implica que algunas conductas recibirán sanciones más severas. Y puesto que en el ámbito administrativo se presume la veracidad de los agentes, se teme que los ciudadanos cuenten con menos garantías de las que tendrían de ser juzgados en un procedimiento penal.
Tweets sobre #FueraMordaza
El Proyecto de Ley sanciona las manifestaciones ante el Congreso, el Senado y las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, cuando no se ha cumplido con los requisitos de la Ley Orgánica de Libertad de Reunión, que establece una serie de obligaciones para los organizadores relativas a la notificación de la reunión. Esto llevará a una criminalización de la celebración de manifestaciones o reuniones espontáneas, especialmente en aquellos casos en que son respuesta a un evento desencadenante y donde el organizador (en el caso que lo hubiese) no tuviera posibilidad de notificar con antelación.
Dicho de otra manera, la protesta social se limitaría, al tiempo que se condenaría la disconformidad ante determinados hechos.
Otra de las preocupaciones de varios colectivos es la limitación de la grabación y difusión de imágenes de las fuerzas de seguridad cuando puedan poner en peligro operaciones policiales o la integridad de los agentes. En ese sentido, hay que recordar que el ejercicio del derecho de información corresponde a cualquier ciudadano, independientemente de si ejerce o no la profesión de periodista. La libertad de opinión y expresión es un ejercicio tan valioso que llevan a cabo miles de personas que documentan las violaciones de derechos humanos y no por ello deben ser periodistas.
Por otro lado, Amnistía Internacional recuerda que según el Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa, las autoridades españolas se comprometieron a no introducir restricciones a la difusión de imágenes o datos sobre los miembros o fuerzas del orden en el ejercicio de sus funciones en los casos en los que dichas imágenes o datos pudieran suponer una amenaza para su vida o para la operación que lleven a cabo. El Comisario afirmó quetales restricciones “socavarían enormemente el derecho a la libertad de expresión en el país.
También la libertad de expresión podría verse amenazadamediante algunos artículos del Proyecto de Ley, como el que castiga como infracción leve las injurias o faltas de respeto dirigidas contra las Fuerzas de Seguridad en una concentración o reunión en el ejercicio de sus funciones. Esta disposición, expresada en términos vagos e imprecisos, podría limitar de manera injustificada el derecho a la libertad de expresión y se correría el riesgo de sancionar cualquier crítica que se considere ofensiva.

Volver a la Portada de Logo Paperblog

Revista