En esta ocasión deberíamos tener la oportunidad de ver actuar a una Justicia diligente, sagaz, rápida, ajustada a derecho y concluyente, en lo que representa juzgar un delito de prevaricación cuanto antes, encausando al actual Gobierno de España, y en especial, además del Presidente, con subrogación de inhabilitación y satisfacción de compensaciones personales económicas, también por parte del núcleo de las carteras ministeriales más directas con un hecho consumado.
La prevaricación es un delito que se presenta, tras obtener pruebas fehacientes de cuando un funcionario, autoridad pública o juez, hace vejación de sus funciones y deberes profesionales que afectan a la confianza de la ciudadanía, máxime cuando están en juego las vidas humanas. + 22 colaboradores necesarios y algunos participativos del fiasco, que tampoco se opusieron a tamaño error sanitarioEl Gobierno de España y sus máximos representantes sabían con antelación que la convocatoria del Día de la Mujer 8 de Marzo 2020, podría suponer un alto riesgo de contagio del coronavirus, lo que desgraciadamente derivó en una intervención sanitaria, produciéndose durante la celebración del evento muchos casos positivos por contactos directos que pudieron ser evitados, que degeneraron posteriormente en ingresos, intervenciones médicas y fallecimientos.
De acuerdo a la Constitución Española, la veleidad por no contener, tener la opción autoritaria de aplazar y sí autorizar las manifestaciones convocadas, han supuesto prevaricación palpable, ocasionando un daño irreparable que debe ser castigado a tenor de las denuncias que ante la fiscalia deberán presentar los familiares afectados, ya sea por la letalidad que se constató de forma irreversible y se vislumbra todavía con la continuidad del internamiento en unidades de cuidados intensivos.
Sin duda la intervención de la Ley debe ser clara, rápida, concesiva y prudente para dirimir responsabilidades de quienes sabiendo negaron, respaldando lo que debían haber evitado, en este caso la propagación de un mortífero virus, por tal motivo esta omisión, incluso de apercibimiento de socorro prorrogado adherido a la incompetencia de los autores que alimentaron el funesto desenlace de la concentración del 8 de Marzo debe ser castigado por el derecho penal vigente, que en teoría y en la práctica busca la protección de la sociedad española en todas sus dimensiones y escalas a través de resoluciones más allá del impacto mediático, que deberán ser analizadas para no cometer errores similares que afecten a los intereses generales.