En este artículo vamos a ver en qué consiste esta renta de crianza de 100 euros, a quién corresponde este beneficio fiscal, qué hijos dan derecho a la deducción y cuál es el importe de la deducción por maternidad en 2023.
Desde el 1 de enero de 2023 se ha ampliado el derecho a esta deducción. Las madres que perciban alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo y las madres que trabajan a tiempo parcial o temporal cobrarán la deducción reembolsable del IRPF completa. Por lo que, no será en proporción.
¿Qué es la deducción por maternidad?
La deducción por maternidad o Renta de crianza de 100 euros, tal y como explica la Agencia Tributaria, es una deducción de la cuota diferencial que puedes aplicar a partir de la declaración de 2015. Así como el importe incrementado, por gastos de guardería o en centros de educación infantil, a partir de la declaración de 2018.
Esta ayuda es, en realidad, una deducción del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de hasta 1.200 € anuales por cada hijo menor de tres años nacido o adoptado en España.
Puedes hacerla efectiva:- Presentando la declaración de IRPF.
- Si tu cuota es positiva resta de ésta el importe de la deducción e ingresa o solicita la devolución de la diferencia.
- Si tu cuota diferencial es cero o negativa solicita la devolución que resulta de tu declaración.
- O bien solicitando, cuando cumplas los requisitos, el abono anticipado. En este caso, no podrás minorar el importe de la deducción de la cuota diferencial que resulte de tu declaración de IRPF, pero no te olvides de declararlo.
¿A quién corresponde esta renta de crianza de 100 euros?
Esta renta de crianza de 100 euros es un beneficio fiscal. El cual corresponde a todas las mujeres con hijos menores de tres años por los que tengan derecho al mínimo por descendientes.
Esto es, que e n el momento del nacimiento perciban alguna prestación del sistema de protección de desempleo o que estén dadas de altas en la Seguridad Social o mutualidad.
O bien, que en cualquier momento después del nacimiento estén dadas de alta en la Seguridad Social o mutualidad con un mínimo de 30 días cotizados.
¿Qué hijos dan derecho a la deducción?
Los hijos que dan derecho a la aplicación de la deducción son:
- Los hijos por naturaleza, desde el mes del nacimiento hasta el mes anterior a aquél en que cumplan los tres años, ambos inclusive.
- Los hijos adoptados y los menores en acogimiento, permanente o preadoptivo, o de delegación de guarda para la convivencia preadoptiva.
- La deducción se practicará durante los tres años siguientes a la fecha de la inscripción en el Registro Civil. Con independencia de la edad del menor.
- Cuando la inscripción no sea necesaria, la deducción se practicará durante los tres años posteriores a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare.
- Los menores en régimen de tutela: El tutor tendrá derecho al importe de la deducción que corresponda al tiempo que reste hasta que el tutelado alcance los tres años.
Importe de la deducción de la Renta de crianza
El importe máximo de esta renta de crianza de 100 euros es de 1.200 € anuales por cada hijo.
La deducción se calculará de forma proporcional al número de meses del periodo impositivo posteriores al momento en el que cumplas los requisitos.
No obstante, cuando tengas derecho a la deducción por haberte dado de alta en la Seguridad Social o mutualidad con posterioridad al nacimiento, la cuantía de la deducción correspondiente a ese mes se incrementará en 150 €. Siempre que se alcance el periodo mínimo cotizado de 30 días.
¿Cómo se marca la deducción por maternidad en la declaración de la Renta?
La deducción por maternidad o renta de crianza de 100 euros en la declaración de la Renta se refleja marcando la casilla 611. La segunda opción para pedirla es solicitando el anticipo de esta, algo que se debe hacer presentando el modelo 140.
Por su parte, el incremento de la deducción por gastos de custodia se puede solicitar únicamente a través de la declaración. En concreto, marcando la casilla 613. Será el centro educativo quien presente la declaración informativa en Hacienda mediante el modelo 233 para acreditar el gasto sobre el que se reclama la subvención.
¿Se puede pedir el abono anticipado de la deducción?
La Agencia Tributaria contempla la solicitud anticipada del abono correspondiente a la deducción por maternidad o renta de crianza de 100 euros en la declaración de la Renta.
Para ello, es necesario presentar el modelo 140. Indicando en esta solicitud el NIF de la persona solicitante y, si lo tuvieran, el de los hijos incluidos en dicha solicitud.
Asimismo, tendrán que comunicarse aquellas variaciones que afecten al cobro anticipado con 15 días de antelación.