Revista Opinión

La Reparación, una práctica en desuso

Por Beatriz
La Reparación, una práctica en desuso
autor: blog Agua Viva
Imagínate que un día alguien toca la puerta de tu casa y al abrir te dice "yo robé a tu padre, perdóname y toma, te lo devuelvo".   Pues eso es precisamente lo que dice el Papa Pío X en su Catecismo Mayor.  No basta con confesarse, hay que devolver lo robado, y si la persona ha fallecido, está obligado a devolverlo a sus herederos incluyendo las "ganancias que perdió a causa del hurto".  No hacer trampa, que lo que hace 20 años valió 10 hoy vale 100.
Y si los herederos murieron, a los pobres, pero si los herederos están vivos, a ellos, que no se busque un pretexto para no devolverlo a los herederos.
El séptimo mandamiento: No robarás, prohíbe tomar o retener injustamente lo ajeno, o causar algún daño al prójimo en la hacienda de cualquier modo que sea.  Robar quiere decir tomar injustamente la hacienda ajena contra la voluntad de su dueño, es decir, cuando éste tiene toda la razón y el derecho de no querer ser privado de ella.  se peca contra la justicia y se hace injuria al prójimo, tomando o reteniendo contra su derecho y voluntad lo que le pertenece.
¿Basta la confesión al que ha pecado contra el séptimo mandamiento? - Al que ha pecado contra el séptimo mandamiento no le basta la confesión, sino que debe hacer lo que pueda para restituir lo ajeno y resarcir los perjuicios.
¿En qué consiste resarcir los perjuicios? - Resarcir los perjuicios consiste en la compensación que ha de darse al prójimo por lo frutos o ganancias que perdió a causa del hurto o de otras injusticias cometidas con daño de él.
¿A quien se debe restituir la cosa robada? - A quien se robó, a sus herederos si ya murió, y si esto fuese verdaderamente imposible, debe gastarse el valor en beneficio de los pobres y obras pías.

El octavo mandamiento: No dirás falso testimonio ni mentirás, nos prohíbe atestiguar en falso en juicio; prohíbe además la detracción o murmuración, la calumnia, la adulación, el juicio y sospecha temeraria y toda suerte de mentiras.
¿Basta la confesión al que ha pecado contra el octavo mandamiento? - Al que ha pecado contra el octavo mandamiento no le basta la confesión, sino que tiene obligación de retractarse de cuanto dijo calumniando al prójimo, y de reparar, del modo que pueda, los daños que le ha causado.

En caso de calumnia no basta la confesión, el calumniador tiene obligación de retractarse de cuanto dijo calumniando al prójimo.
Hay que reparar.  Muchos católicos creen que con confesarse, basta.  
También se considera un robo comprar objetos robados.  No eres ningún inocente si compras un objeto robado, por más que tú no hayas realizado el robo.
¿Por qué escogí el catecismo de San Pío X en lugar del actual catecismo? porque el primero lo explica mejor.
Pueden leer aquí el Catecismo Mayor.

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