Cada vez hay más emprendedores que se deciden a crear empresas, pero tienen dudas acerca de qué son las retenciones del IRPF, quién debe abonarlas y cuáles son las que deben tener en cuenta. A continuación, te lo explicamos.
Si en vez de empresa eres autónomo no debes olvidarte de este elemento, ya que en función del epígrafe del IAE (Impuesto de Actividades Económicas) y de si tu alta es o no nueva deberás aplicar una serie de retenciones u otras en tus facturas. Muchas veces, incluso los autónomos experimentados tienen dudas acerca de las retenciones a la hora de emitir sus facturas.
¿Qué es una retención?
Es una cuantía económica que el pagador debe descontar de la totalidad de la factura de compra, de nóminas de trabajadores, servicios profesionales y otras operaciones para cumplir con la normativa fiscal, y que el pagador ingresa en la Agencia Tributaria en nombre del profesional al que se le descontó.
Es decir, es un mecanismo fiscal en el que el pagador hace las veces de recaudador tributario e ingresa en la Hacienda Pública una parte de los ingresos de sus proveedores a cuenta del pago de impuestos por el beneficio futuro que pudiesen tener.
¿Cómo funcionan las retenciones de IRPF?
A través de las retenciones, la AEAT cubre parte de la factura fiscal de los trabajadores y tiene un efecto directo en la declaración de la renta. Si las retenciones son muy altas se te devolverá parte del dinero que ya adelantaste, pero si por el contrario son bajas, deberás abonar lo que te corresponda. Este es el mecanismo con el que el Estado se asegura que los contribuyentes abonan, al menos, una parte de los impuestos que les corresponden.
¿Qué retención deben aplicar los autónomos?
Los empresarios no profesionales que desarrollan actividades recogidas en la primera sección de las tarifas del IAE no llevan retención. El resto de facturas por autónomos con actividad profesional deben retener el siguiente IRPF en sus facturas:
– Las actividades profesionales durante su primer año de actividad y en los dos siguientes aplican un 7 %, pasado este tiempo un 15 %.
– Actividades ganaderas y agrícolas un 9 %.
– Las forestales un 2 %.
Nuevos Autónomos
Además de una tarifa plana especial, también pueden disfrutar durante un período determinado de una retención reducida del IRPF, es decir, del 7 %.
Esta disposición tiene como objetivo asentar la actividad de este nuevo profesional.
¿A quién le tienes que retener?
La retención la practican los profesionales y empresas que compran o contratan servicios por una cantidad económica. Las personas sujetas a retención son los trabajadores, las facturas de alquiler de propietarios de inmuebles y locales con finalidad económica y los profesionales liberales por prestación de servicios.
También existe una retención de carácter financiero por el pago de intereses por préstamos recibidos o dividendos a socios, así como por las facturas de los empresarios que actúan como personas físicas y tributan en módulos.
En cambio, quienes no son empresa, empresarios o profesionales, no deben retener. Es de aplicación a cualquier particular que no desarrolle una actividad económica, es decir, una factura dirigida a un particular no debe llevar retención.
Existen, no obstante, algunas excepciones en las que no se practican retenciones, pero deben acreditarse mediante un certificado en Hacienda en caso de revisión.
Cálculo de retenciones IRPF
El importe de la retención lo calculamos con el porcentaje que corresponda en cualquier operación sobre el importe bruto de una nómina o factura. En el caso de una factura se aplica antes del IVA, con excepción de los agricultores que tributan por módulos.
¿Cómo se declaran las retenciones?
Como ya sabes, se ingresan a la finalización de los trimestres naturales en los que haya existido actividad. La retención se practica cuando se realiza el pago. Para hacer el ingreso trimestral es necesario el modelo 111 de la AEAT (tal y como explicamos en el artículo sobre los modelos de Hacienda), en el cual debemos incluir las retenciones a profesionales, trabajadores y administradores.
Las retenciones que corresponden a las actividades económicas se presentan con el modelo 115, que es la retención trimestral por alquileres.
El modelo 123 es una declaración fiscal inaplazable donde se acumulan los ingresos y retenciones a cuenta sobre las rentas de capitales en las que hay que incluir préstamos y dividendos.
Junto al último trimestre, presentamos un resumen anual de cada retención aplicada detallando la totalidad del ejercicio de las retenciones hechas. Los modelos para este resumen anual son el modelo 190, que resume los modelos 111, el modelo 180 que resume los modelos 115 y el modelo 193 que resume los modelos 123.
Certificado de retenciones practicadas
Tras presentar estos resúmenes anuales se emite un certificado de retenciones con el que se elabora la declaración de la renta.
Como ves, hay dos puntos decisivos que debes tener en cuenta en la facturación y contabilidad: las retenciones del IRPF y del IVA.
Conclusión
Esperamos que este artículo te haya ayudado a entender mejor el tema de las retenciones fiscales, algo que suele confundir bastante, sobre todo cuando comienzas una actividad como empresa o autónomo.
La entrada La retención del IRPF explicada para empresas y autónomos se publicó primero en Cloud Gestion, el programa de facturación online.