Revista Salud y Bienestar

La seguridad en materia de telecomunicaciones

Por Pedsocial @Pedsocial

La seguridad en materia de telecomunicacionesEste blog mantiene una defensa cerrada y decidida de la libertad de expresión y de la difusión de la información. Podemos añadir que no nos ha salido gratis.

Con un cierto estupor nos hacemos cargo de lo que representa el texto del Real Decreto-ley 14/2019, de 31 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones. Con un texto prolijo que arranca de disposiciones legales previas, anuncia que “…La finalidad de estas medidas es garantizar la seguridad pública, tanto en las relaciones entre las distintas Administraciones Públicas cuando traten datos personales, como entre ciudadanos y Administraciones Públicas cuando las últimas proceden a la recopilación, tratamiento y almacenamiento de datos personales en ejercicio de una función pública.” Tales supuestamente benéficas intenciones se acaban reduciendo quince páginas del espeso texto del BOE después, a que “… El Gobierno, con carácter excepcional y transitorio, podrá acordar la asunción por la Administración General del Estado de la gestión directa o la intervención de las redes y servicios de comunicaciones electrónicas en determinados supuestos excepcionales que puedan afectar al orden público, la seguridad pública y la seguridad nacional.” Y tal parece, que la intervención no precisará una muy deseable autorización judicial.

Esta medida legislativa, en vísperas de unas elecciones al Parlamento, por parte de un gobierno en funciones y, por ello, de limitada legitimidad, lo que nos genera, al contrario de lo que dice el titular, es un considerable grado de inseguridad. La tradicional arbitrariedad a que los sucesivos gobiernos del estado nos tienen acostumbrados, rara vez se modula por intervención de la judicatura por la endeble separación entre los poderes del estado que padecemos. Sin entrar en detalles jurisprudenciales, nuestro criterio nos conduce a pensar que el citado Real Decreto pisotea una buena parte del espíritu de esa constitución tan inamovible a la que con tanta frecuencia se hace referencia por parte de los políticos.

Lo lamentamos profundamente y nos preparamos para defender nuestro inalienable derecho a la publicación y la libre circulación de ideas e información.

X. Allué (Editor)


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