Revista Salud y Bienestar

La Seguridad Social confirma el día de pago de la Ayuda por Hijo a Cargo semestral «los puntos»

Por Pedirayudas @Pedirayudas
Ingreso mínimo vital: nuevos beneficiarios, requisitos y solicitud Convenio especial de la Seguridad Social para seguir cotizando, ¿Qué es? ¿Cuánto hay que pagar de cuota?

Desde el lanzamiento el año pasado del Ingreso Mínimo Vital (IMV), la prestación de la Seguridad Social por hijo a cargo para las familias en situación de vulnerabilidad económica ha dejado de existir como tal para integrarse de forma progresiva en la nueva renta mínima.

De hecho, el pasado mes de julio de 2020, se traspasó de oficio al IMV a casi 76.000 familias que cobraban la prestación por hijo a cargo y que cumplían los requisitos para percibir la nueva ayuda.

Ayuda integrada en el IMV

Así pues, la ayuda ahora está integrada en el IMV. Sin embargo, ya no se aceptan nuevas solicitudes, a no ser que en el hogar exista un hijo menor de 18 años y afectado por una discapacidad en un grado igual o superior al 33%, o mayor de dicha edad cuando el grado de discapacidad sea igual o superior al 65%. Así como por los menores en acogimiento familiar que cumplieran una serie de requisitos.

La cuantía de la asignación varía en función de la edad y el grado de discapacidad del hijo o menor acogido a cargo. El abono de esta, que no incluye pagas extraordinarias, se realiza semestralmente en enero y julio, en el caso de menores de 18 años. Y mensualmente, a mes vencido, cuando se trata de mayores de edad afectados por discapacidad.

Las personas que reciben esta ayuda y aún no se les ha comunicado la aprobación del IMV o se les ha denegado o no lo han solicitado, la seguirán percibiendo con normalidad.

Hijos o menores a cargo, menores de 18 años, con una discapacidad igual o superior al 33%

1000,00 euros anuales por hijo (83,33 euros mensuales). No se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de una persona con discapacidad.

Hijos mayores de 18 años y con una discapacidad igual o superior al 65%

4.790,40 euros anuales por hijo (399,20 euros mensuales). No se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de una persona con discapacidad.

Hijos mayores de 18 años y con una discapacidad igual o superior al 75%

Hijos con 18 o más años afectados por una discapacidad en grado igual o superior al 75% y que, como consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesiten el concurso de otra persona para realizar los actos vitales más elementales como vestirse, desplazarse, comer o análogos:

7.185,60 euros anuales por hijo (598,80 euros mensuales). No se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de una persona con discapacidad.

Cual será la fecha de cobro para este segundo semestre del año

Desde la plataforma pedirayudas.com hemos consultado con el servicio de Atención a la ciudadanía de la Seguridad Social @incluinfo, y hemos recibido la información acerca de la fecha en la que esta ayuda se cobrará. A través de esta cuenta de Twitter, nos han indicado que la prestación por hijo a cargo de abono semestral se ingresará el 1 de julio.

Aunque se ha de tener en cuenta que, es posible que algunas entidades bancarias adelanten el pago de la ayuda a los últimos días del mes de junio.

La prestación por hijo a cargo de abono semestral se ingresará el 1 de julio.

- Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) June 10, 2021

Normativa de pago

Aprovechando la consulta anterior con @Incluinfo les hemos preguntado: "si había una previsión de cambio para la normativa de pago actual, para que, a partir de ahora los pagos se realicen habitualmente el 1 de enero y el 1 de julio" y la respuesta ha sido que: "por el momento no hay previstas modificaciones".

Por el momento no hay previstas modificaciones. Un saludo

- Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) June 10, 2021

Información adicional

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