La Seguridad Social ha comenzado a informar a los ciudadanos, también por SMS, de la necesidad de solicitar el pago directo al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) tras la emisión del alta médica con propuesta de Incapacidad Permanente (IP) por parte de la inspección médica del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Cuando durante una Incapacidad Temporal (IT) se agota el plazo de duración de 365 días, la inspección médica del Instituto Nacional de la Seguridad Social será la única competente para emitir el alta médica por curación, por mejoría que permita la reincorporación al trabajo, por incomparecencia injustificada a los reconocimientos médicos convocados por dicha entidad gestora o con propuesta de incapacidad permanente.
Es en este momento cuando los ciudadanos que necesiten solicitar el pago directo de la incapacidad temporal al INSS recibirán un SMS para recordarles que necesitan realizar esta gestión, para continuar percibiendo la prestación hasta que se resuelva su incapacidad permanente.
El mensaje se enviará tanto en supuestos en los que exista una única relación laboral como en aquellos casos en los que haya pluriempleo, siempre y cuando, alguna de las relaciones laborales existentes tenga cubierta las contingencias con el INSS. Si la situación laboral tiene cubierta la incapacidad temporal con una mutua y no con el INSS, no se enviará ningún mensaje.
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El contenido del mensaje dependerá de si el trabajador tiene una o varias relaciones laborales:
Si solo tiene una situación laboral y está cubierta con el INSS se enviará el siguiente SMS:
Hola. El Instituto Nacional de la Seguridad Social está estudiando tu derecho a la Incapacidad Permanente. Hasta que se resuelva si tienes derecho, puedes seguir cobrando la Incapacidad Temporal, solicítala aquí.
Si existe pluriempleo, y algunas relaciones laborales están con el INSS y otras con mutua, se enviará el siguiente SMS:
Hola. El Instituto Nacional de la Seguridad Social está estudiando tu derecho a la Incapacidad Permanente. Tienes trabajos que están cubiertos por el INSS y otros por mutuas. Para cobrar la Incapacidad Temporal cubierta por el INSS, solicítala aquí.