Revista Opinión

La sentencia del Jurado Popular de Camps

Publicado el 27 enero 2012 por Rgalmazan @RGAlmazan

No he querido entrar en valorar la sentencia del juicio hasta ahora. Y no porque no tenga una opinión al respecto. Claramente estoy en contra de esa sentencia emitida por un jurado popular. Y me uno a mi amiga Carmen en su publicada insumisión judicial. Pero, la verdad es que es un tema que me hace mala sangre y no he querido entrar al trapo, por mi propia salud, hasta tener la copia del acto de votación del jurado y poder hablar sobre la sentencia y su fundamento.

Ahora veo que se ha publicado el acta entregada por el jurado donde está expuesta la sentencia, y la verdad es que es, digamos, original, en el contenido y en la forma.

En cuanto al contenido –lo más importante—, podemos observar que entre otras lindezas, el jurado comenta que Francisco Camps y Costa no tenían poder de decisión en materia de contratación. Ya me dirán, si el President de la Comunitat y un alto cargo no tienen ese poder, que me expliquen quién lo tiene y por qué función se les paga.

También comentan que la relación que tenían los individuos Gürtel con los acusados era de carácter “meramente comercial”. Por supuesto, yo también intimo, quiero un huevo y llamo amiguito del alma a todos los dependientes donde compro.

Hacen referencia a contradicciones del sastre José Tomás, de hace más de dos años, y resulta que no dicen nada de que otros dos altos cargos de la comunidad valenciana se autoinculparon y que los propios acusados estuvieron a punto de hacerlo.

En fin, un acta que revela mucho del jurado, un acta que dice mucho, y no bueno, sobre este jurado popular. Y a esto podemos añadir cómo está escrito.

Camps Jurado ortografía

En primer lugar, rogaría que en los próximos juicios, los jurados populares tuvieran a su servicio un ordenador (con corrector de faltas de ortografía) o en su defecto, que se les consignara un cuaderno de dos rayas y un diccionario y la gramática de Miranda Podadera para que les despeje las dudas ortográficas.

De esta forma se podría evitar:

  • Que escribieran tan torcidos ya que al leerlo puedan provocar tortícolis.
  • Que tuvieran faltas de ortografía de primera magnitud (“faborable”, “tubiera”, o “hallan pagado”).
  • Que no concordaran bien los sujetos y los verbos.
  • Que no pusieran tildes. Faltan en palabras agudas (“declaracion”), en esdrújulas (“basandonos”) o en monosílabas (“mas”)
  • Que se inventaran palabras (Conselleria)

En fin, que quieren que les diga, después de una deliberación de varios días, una sentencia que es un despropósito en las formas, y lo más importante: en el fondo. Un resultado parcial y patético.

Y mientras tanto, ahora la cuestión que se dirime es el puesto que va a rehabilitar a Camps, que le devuelva “su honorabilidad”, puesto que ha sufrido mucho durante este tiempo y ha salido no culpable del juicio.

Que triste ver que un jurado que representa al pueblo pueda dictar una sentencia tan mal fundamentada y peor escrita. Con razón el interfecto en su intervención judicial, se puso en manos de sus conciudadanos.

Salud y República


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