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Tiempo de lectura: 5 minutosLa denominación Iroqués o Iroquesa no hace referencia a un pueblo originario de Norteamérica, sino a una Confederación conformada por las naciones mohawk (mohicanos), onondaga, oneida, cayuga, seneca y –desde 1722- tuscarona.
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Se llamaban a sí mismos Nadowa, pero pasó a ser más popular el nombre iroqués, que provenía del algonquino irok-ois o irinakhoiw (“real unión”) que fue adoptado por los conquistadores franceses. También adoptaron los nombres de Haudenosaunee o Hodinonhsioni (“pueblos de la casa grande”) y Ongwanonhsioni (“constructores de casas grandes”)[i].
Habitaron los actuales Estados de New York y Pennsylvania, dedicándose a la caza, recolección, agricultura y comercio. La alianza con la Corona Británica en su guerra contra los peleteros franceses y sus aliados algonquinos forzó su migración a Canadá cuando las Trece Colonias se independizaron en 1776[ii].
La Confederación Iroquesa
En este artículo nos centraremos en su organización política. Uno de los primeros en estudiarla fue el antropólogo Lewis Morgan (Ancient Society, 1877), quién nos dice que se organizaban en gens o clanes similares a los antiguos griegos y romanos, que a su vez se agrupaban en fratrias (pueblos) y tribus (naciones).
Cada gens agrupa a un mismo linaje familiar y puede estar presente en más de una tribu –por la prohibición de matrimonios dentro de la gens-, lo que favorecía la paz y los contactos comerciales. Cada gens elegía un Sachem (director en tiempos de paz) y un Jefe Guerrero. El primero era elegido por la misma gens dentro de un grupo de candidatos llamados royaneh (“hombres buenos”), seleccionados por las mujeres.
El jefe guerrero en cambio se podía elegir fuera de la gens y faltar en tiempos de paz. Hombres y mujeres formaban parte de la elección y el cargo debía ser ratificado por las otras siete gens. La autoridad del sachem era paternalista pero no coercitiva, siendo un miembro más del Consejo Tribal y del Consejo de la Confederación. La gens además podía destituirlo en una votación libre[iii].
Para Engels se trataba de una democracia propia del “comunismo primitivo”, en donde
“todos los miembros son individuos libres, obligados cada uno a proteger la libertad de los otros; son iguales en derechos personales; ni los sachem ni los jefes pretenden tener ninguna especie de preminencia”[iv].
Llega a atribuirle un carácter más democrático que la Atenas de Pericles, ya que no utilizaban mano de obra esclava, había igualdad ante la ley, mujeres y extranjeros participaban de la asamblea, y los bienes eran de propiedad comunitaria.
La Kaianerekowa o Gran Ley de la Paz establecía que los Sachem debían obedecer a sus gobernados y a la decisión de los Consejos, que siempre aprobaban resoluciones por unanimidad en los caucus (juntas).
Sin embargo la sociedad iroquesa tenía divisiones de género. Cada clan era liderado por una mujer –por lo general la más anciana- que lo representaba en el Consejo de Mujeres de las gens, que decidía sobre los asuntos relacionados con la mensura de la tierra, la labranza y la división de bienes que se revisaba cada dos años. La filiación era por línea materna y existía el divorcio. Los hombres -a su vez- elegían al Sachem y al jefe militar -que respondían a los Consejos-, además de cumplir las funciones de caza y pesca. Aunque existían estas diferencias, todas las funciones eran consideradas necesarias para la supervivencia de la nación y de la Confederación.
La influencia iroquesa en la Constitución de los Estados Unidos podemos rastrearla hasta cuarenta años antes de la Declaración de Independencia. Entre 1736 y 1762 Benjamin Franklin –uno de los siete Padres Fundadores- se dedicó al estudio de su sociedad, llegando a publicar unos 14 tratados sobre el tema. Su fascinación no solo con los iroqueses, sino también con otras naciones originarias, lo llevó a proponer en el Albany Plan of Union (1754), primera propuesta de una organización política independiente, la creación de un sistema confederal para las Treces Colonias Norteamericanas[v]. Tras la independencia quedaría a cargo del Comité de Asuntos Indios.
Hay numerosas similitudes entre la Confederación Iroquesa y la organización del Estado norteamericano que fueron estudiadas por autores desde el siglo XIX. Algunas de ellas son: la defensa de las libertades individuales, la descentralización del poder (a través de su división), un sistema de contrapesos al poder de los líderes, la libertad de expresión en las asambleas, la inviolabilidad del domicilio (presente en la Kaianerekowa y en la IV Enmienda de la Constitución) y la existencia de órganos independientes de resolución de disputas (el Consejo de Mujeres y la Corte Suprema de Justicia).
Sin embargo debemos aclarar que en muchos aspectos la Confederación Iroquesa era más democrática que los Estados Unidos. En primer lugar, porque a ningún miembro de la gens se le negaba la votación en la asamblea, mientras que en los Estados Unidos el voto estuvo negado a las minorías étnicas y a las mujeres durante muchos años. De hecho, las primeras sufragistas eran de Estados habitados por las naciones iroquesas y tomaron su ejemplo para reclamar el voto femenino[vi].
En segundo lugar, porque la elección de autoridades era directa siendo los mismos miembros de la asamblea quienes elegían a los Sachems, los jefes militares y las líderes de clan. Muy diferente al régimen electoral estadounidense donde la elección de presidente es indirecta, eligiendo cada distrito delegados al Colegio Electoral llamados compromisarios o electores que son quienes eligen al presidente. La elección de delegados no es proporcional, sino que la lista ganadora se lleva todos los cargos, pudiendo llegar a tener más delegados quién sacó menos votos populares[vii]. Tampoco existe un sistema eficiente de control ciudadano del accionar de sus representantes y de destitución en caso de no cumplir el mandato popular, como existía entre los iroqueses.
Por todo lo expuesto, podemos considerar a la Confederación Iroquesa como una democracia directa y participativa en una sociedad relativamente igualitaria, que nos sirve de ejemplo a la hora de pensar reformas de nuestros regímenes políticos y electorales.
Autor: Luciano Andrés Valencia para revistadehistoria.es
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Bibliografía:
[i] Encyclopaedia Britannica, www.britannica.com, artículo: “Iroquois Confederacy”.
[ii] “Los Iroqueses”, Pueblos Originarios, https://pueblosoriginarios.com/norte/bosques/iroqueses/iroqueses.html, consultado en mayo 2020, y Shipley, Trajan; “La confederación iroquesa: democracia nativa de Norteamérica”, EOM, https://elordenmundial.com/la-confederacion-iroquesa-democracia-nativa-en-norteamerica/, 22 de mayo de 2017.
[iii] Citado en Engels, Friederick; El origen de la familia, de la propiedad privada y del Estado, Buenos Aires, Claridad, 1964, p. 97-98.
[iv] Engels, Friederick; El origen de la familia…, op. cit., p. 101.
[v] Masana, Sebastián; “La Liga de las Seis Naciones Iroquesas y el debate sobre su aporte al sistema político estadounidense”, Iberoamérica y el Mundo, Departamento de Relaciones Internacionales de Argentina, http://www.argentina-rree.com/documentos/iroqueses.pdf, consultado en mayo de 2020.
[vi] Shipley, Trajan; “La confederación iroquesa…”, op. cit.
[vii] Pueyo, Luis; “El proceso electoral en los Estados Unidos”, Boletín de la Revista de Historia, www.revistadehistoria.es, 10 de noviembre de 2016.
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