Revista Opinión

La Verdad de la decisión del Tribunal de Apelaciones de Atlanta [21-30/36]

Publicado el 03 junio 2012 por Norelys @norelysmorales

La Verdad de la decisión del Tribunal de Apelaciones de Atlanta[21-30/36]
Jueces Birch, Kravitch y Okes. 9 de agosto de 2005.

Veintiuno

Página 32:
Campa [Fernando González] admitió que junto a varios de sus codefefendidos trabajó secretamente para el gobierno cubano a fin de recoger y transmitir información concerniente a actividades de numerosos grupos extremistas, anticastristas locales, o grupos e individuos que habían previamente conducido ataques terroristas contra Cuba. También se le orientó trabajar en un número de operaciones, incluyendo Operación Arcoíris, Operación Morena, Operación Neblina, Operación Paraíso, Operación Girón, y otras. Operación Arcoíris consistía en filmar una reunión entre el líder de la Fundación Orlando Bosch, Alpha 66 y el líder del PUND Darío López y un agente cubano para planear un embarque de armas dentro de Cuba para el propuesto asesinato de Castro; otros participantes incluían a Campa [Fernando González], Gerardo [Hernández] y otros dos agentes.

Veintidós

Página 33:
La operación Morena requería que Campa [Fernando González] mantuviera vigilancia sobre [Orlando] Bosch para conocer sus relaciones y movimientos, y los lugares que frecuentaba. La operación Neblina involucraba a Campa [Fernando González] y Medina [Ramón Labañino] en el monitoreo de las actividades de Roberto Martín Pérez, un miembro de la mesa de directores de la Fundación, quien el gobierno cubano creía responsable por dos bombas en hoteles de Cuba puestas en julio de 1997. En la Operación Paraíso, Campa [Fernando González] y otros, incluyendo a René González y otros agentes cubanos, recopilaron información sobre las actividades paramilitares de grupos exiliados operando en las Bahamas, incluyendo la Fundación, Alpha 66, Cuba 21, Hermanos al Rescate, e individuos de esas organizaciones.
Veintitrés
Página 33:
La Operación Girón fue un intento de infiltrar a la Fundación, el cual involucró a Medina [Ramón Labañino] y luego a Campa [Fernando González] como remplazo temporal por Medina. Algunas de las operaciones sin nombre incluyeron la identificación y grabación de video de botes en el Rio Miami, para obtener información concerniente a campos paramilitares de exiliados cubanos, y vigilancia de varias personas o grupos anticastristas. En julio de 1998, Campa [Fernando González] y [Gerardo] Hernández, trabajando con otros agentes cubanos, identificaron y grabaron en video dos botes en el Rio Miami que se creía contenían armas y explosivos destinados para Cuba. Los agentes consideraron incapacitar los botes por fuego o dañándolos, o anónimamente notificar al FBI acerca de los botes. Campa [Fernando González] y [Gerardo] Hernández también trataron sin éxito localizar el campamento de Comandos F-4 cerca de Clewiston, Florida, con direcciones provistas por el gobierno cubano.

Veinticuatro

Página 38:
Temprano en febrero de 2001, una pequeña protesta relativa al juicio fue sostenida fuera de la corte, pero el jurado fue protegido del contacto con los manifestantes y la exposición a la demostración. El 13 de marzo de 2001, la corte notó que el día anterior, cámaras fueron enfocadas en los jurados mientras dejaban el edificio. A pesar de los arreglos hechos por la corte para prevenir exposición a la prensa, los jurados fueron nuevamente filmados entrando y saliendo del edificio de la corte durante las deliberaciones y la filmación fue televisada. Algunos de los jurados indicaron que se sintieron presionados; por lo tanto, le corte de distrito nuevamente modificó la entrada de los jurados y su salida del edificio de la corte, así como su transportación.
Los 20 manifestantes llevaban letreros exigiendo: "Derrocar a Castro", "Demandamos juicio justo", y "Matar a los espías".

Veinticinco

Página 38: Mociones para un Nuevo juicio:
A finales de julio y principios de agosto de 2001, tras el juicio, Campa [Fernando], González, Guerrero, y Medina solicitaron un nuevo juicio y renovaron sus mociones para un cambio de sede, argumentando que sus preocupaciones de presunto prejuicio permanecían a pesar de los esfuerzos de la corte durante la selección del jurado. Campa [Fernando] aseguró que la falta de preguntas por parte del jurado y su rápido veredicto en un juico tan complejo, de siete meses de duración, sugería que había estado sujeto a las presiones y prejuicios de la comunidad. Campa [Fernando] y González también mantuvieron que el jurado fue indebidamente prejuiciado por los comentarios del testigo José Basulto. De acuerdo con Campa [Fernando] y González, el testimonio de Basulto implicaba que el abogado de Hernández era "o un espía, un representante del gobierno cubano, un comunista o un empleado de los servicios de inteligencia cubanos". La corte negó las mociones para un nuevo juicio.

Veintiséis

Página 39: Mociones para cambio de sede.
En noviembre de 2002, Guerrero renovó su moción para un Nuevo juicio basado en evidencia recién descubierta; la moción fue adoptada por Campa [Fernando], González, Hernández, y Medina [Ramón]. Guerrero argumentó que un nuevo juicio era procedente debido a "tergiversaciones de hecho y de ley proferidas por el fiscal al oponerse a la moción para un cambio de sede", y sometió un anexo para apoyar su argumento. También argumentó que la posición del gobierno en relación al cambio de sede era contradictoria con su propia posición en una moción para cambio de sede que el gobierno interpuso ahora en el caso Ramírez v. Ashcroft...."
En Ramírez v. Ashcroft, el demandante, un hispano empleado por el Servicio de Inmigración, alegó un ambiente de trabajo hostil, represalias ilegales, e intimidación por parte de sus compañeros no hispanos, hostilidad resultante del regreso de Elián González a su padre en Cuba. En el marco de la moción de cambio de sede puesta por el gobierno en el caso Ramírez, el gobierno notó que el caso de Elián González fue un incidente que elevó altamente las pasiones de la comunidad y resultó en numerosas demostraciones.....más de un año tras el regreso de Elián todavía hay publicidad extensiva....la cual eleva e inflama las pasiones en la comunidad de Miami Dade.
El gobierno argumentó que: Virtualmente cada persona en Miami-Dade tiene una opinión fuerte, en uno u otro sentido, en relación a como el caso de Elián González fue manejado.....Bajo tales circunstancias y fuertemente sostenidas emociones, y a la luz de la cobertura mediática...., sería virtualmente imposible asegurar que el defendido [el gobierno norteamericano] reciba un juicio justo de ser realizado en Miami.
El gobierno solicitó "un cambio de sede" "fuera de Miami Dade" para asegurarse de..." que recibiría un juicio justo e imparcial basado en los meritos del caso".
La corte de distrito denegó la moción de Guerrero, declarando que "la situación en el caso Ramírez v.Ashcroft es diferente de los hechos de este caso en numerosas formas.....".

Veintisiete

Página 44: Análisis del panel de jueces.
En la apelación, Campa [Fernando], González, Guerrero, Hernández y Medina [Ramón] argumentan que la negativa de la corte de distrito de sus mociones para cambio de sede violaron la Regla Federal de Procedimiento Criminal 21(a), negándoles un juicio justo, y socavó la confiabilidad de los veredictos. Ellos afirman que la corte de distrito ignoró la particular confluencia de demografía, política, y cultura en la comunidad de Miami, el fuerte sentimiento anti-Castro en esa comunidad, y la historia de violencia dentro de la comunidad cubana exiliada. Ellos mantienen que un nuevo juicio procede por el uso de declaraciones inflamatorias en los argumentos de cierre. ...Que la corte abusó de su discreción negando la moción por un nuevo juicio y cambio de sede porque falló en considerar propiamente la evidencia recién descubierta que apoyaba el argumento de que a los defendidos se les impidió recibir un juicio justo ante un jurado imparcial en Miami.
El Gremio Nacional de Abogados también interpuso un recurso como amigo de la corte en apoyo a la moción por un nuevo juicio basado en la evidencia recién descubierta.

Veintiocho

Página 44: Análisis del panel de jueces. Sobre la denegación de la moción para cambiar la sede.
"Un juicio justo en un tribunal imparcial es un requerimiento básico del debido proceso" que requiere no solo "una ausencia de parcialidad real", sino también un esfuerzo para "prevenir aun la probabilidad de injusticia"...."El debido proceso requiere que el acusado reciba un juicio justo por un jurado imparcial libre de influencias externas". El veredicto del jurado "debe de estar basado en la evidencia desarrollada en el juicio"..."independientemente de la alevosía de la acusación, de la aparente culpabilidad del defendido o de la etapa de la vida en que ocurre".
Página 45: La corte debe de transferir el proceso contra un defendido a otro distrito si la corte siente que tan gran prejuicio existe contra el defendido en su distrito que le sería imposible obtener un juicio justo e imparcial allí....Nuestra revisión de la negativa de cambio de sede está guiada por el análisis de debido proceso....
...Durante la audiencia para la moción de cambio de sede, los defendidos convinieron en que una transferencia a la división de Fort Lauderdale sería aceptable.
...Un juicio justo es negado cuando la corte se resiste a aceptar una solicitud de cambio de sede a pesar de que la publicidad previa al juicio y el prejuicio enraizado en la comunidad expuesta al crimen causa que el juicio sea una "formalidad hueca".
....No es necesario determinar si el prejuicio es revelado durante la exanimación del jurado si la evidencia refleja una "atmósfera generalmente hostil en la comunidad" que causaría que los jurados "inherentemente sospechen circunstancias de prejuicio contra un defendido en particular".
....Donde la hostilidad de la comunidad es prevalente, no es necesario probar que el prejuicio local realmente entró en el panel del jurado.
Página 46: "Cuando influencias externas que afectan el clima de opinión de una comunidad en relación al defendido son inherentemente sospechosas, la probabilidad resultante de injusticia requiere adecuadas garantías de proceso, tales como el cambio de sede, para asegurar un juicio justo e imparcial".
.....Cuando hay sustancial probabilidad de prejuicio debido a la publicidad, el Estándar 8-3-3 también instruye que: (1) "una demostración de prejuicio real" no es requerida; (2) la selección de un jurado aceptable no controla el proceso; y (3) "el no ejercitar todos los retos perentorios" no es descargo.
....Si el defendido "aduce evidencia de publicidad previa al juicio que es inflamatoria hasta el punto de saturar la comunidad y hacer un juicio justo virtualmente imposible por un jurado imparcial extraído de esa comunidad, se presumirá prejuicio y no hay necesidad adicional de establecer parcialidad".

Veintinueve

Página 47: Conclusiones.
A pesar de los numerosos esfuerzos de la corte de distrito para asegurar un jurado imparcial en este caso, hallamos que ensamblar tal jurado en esta comunidad era una probabilidad irrazonable por el prejuicio enraizado en la comunidad. La comunidad entera es sensible a y permeada por preocupaciones por la población exiliada en Miami. Oleadas de pasiones públicas, evidenciadas por las encuestas de opinión y multitud de artículos periodísticos entregados con las mociones para cambiar la sede -algunos enfocados en los defendidos en este caso y el gobierno para el que trabajaban, pero otros en las relaciones entre los Estados Unidos y Cuba- inundaron Miami tanto antes como durante el juicio.

Treinta

Página 47: Conclusiones.
El juicio requirió consideración del derribo de Hermanos al Rescate y el martirologio de aquellas personas en los vuelos. Durante el juicio, hubo tanto "vuelos conmemorativos" como ceremonias públicas para marcar el aniversario del derribo. En adición, el asunto de Elián González, que estaba ocurriendo al mismo tiempo de las mociones de cambio de sede, concernía esas relaciones entre los Estados Unidos y Cuba y necesariamente elevó la conciencia de la comunidad en relación a las preocupaciones de la comunidad cubana exiliada. Es incontestable que la publicidad concerniente a Elián González continuó durante el juicio "alzando e inflamando" las pasiones en la comunidad de Miami Dade.

La verdad de la decisión del Tribunal de Apelaciones de Atlanta Caso de los Cinco [5/36]
La Verdad de la decisión del Tribunal de Apelaciones de Atlanta[12-20/36] La Verdad de la decisión del Tribunal de Apelaciones de Atlanta[6-11/36]

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