Revista Ciclismo

Las dudas más frecuentes sobre multas a ciclistas

Por Rafael @merkabici
Las dudas más frecuentes sobre multas a ciclistas

Los ciclistas siempre tienen ciertas dudas sobre las multas que pueden recibir al circular con su bici. Y es que aunque hay ciertas normas que todo el mundo que practica ciclismo conoce, hay otras muchas otras que no. A continuación te despejamos las dudas más frecuentes sobre posibles multas a ciclistas. Toma nota de ellas y te ahorrarás alguna que otra sanción.

Las dudas más frecuentes sobre multas a ciclistas

1. ¿Se puede llevar a un niño en la bici?

Si te preguntas si te pueden multar por llevar a un niño en la bici, debes saber que la respuesta es no. Eso sí, debes ser mayor de edad y el menor no puede tener más siete años. Para llevarlo tendrá que ir en un asiento adiciona homologado. En el caso de que estés autorizado a llevar un remolque en la bicicleta y estar seguro que el peso no supera el 50% de la masa en vacío de tu bicicleta. Eso sí, en estas condiciones no se pueden llevar personas. En definitiva, sólo podrás llevar a un niño en bicicleta y no ser multado si el pequeño va en un remolque y si vas a circular tan sólo por caminos y vías no abiertas al tráfico a motor.

2. ¿Te pueden hacer un control de alcohol?

Si te preguntas si circulando en bici te pueden hacer un control de alcohol la respuesta es sí. En estos caso se aplica la misma normativa que para los conductores de vehículos vehículos a motor. Por ende, si vas en bici tampoco podrás superar la tasa de alcohol en sangre de 0,5 gramos por litro, o 0,25 miligramos por litro de alcohol en aire espirado. Si te paran para hacer el test estarás obligado a ello. Esta normativa también es aplicable a posibles controles de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes, medicamentos, etc. En definitiva, tendrás las mismas obligaciones que un conductor de un vehículo motorizado.

3. ¿Se puede circular con la bicicleta por el carril de vehículos de alta ocupación, VAO?

Si te preguntas si se puede puede circular con la bicicleta por el carril de vehículos de alta ocupación, VAO la respuesta es no. En estos carriles la circulación está limitada a vehículos motorizados, ya sean motocicletas, turismos, autobuses y vehículos mixtos pero sí está prohibida al resto de vehículos.

4. ¿Se debe circular por el arcén de manera obligatoria?

Según el artículo 36 dice de manera literal "los conductores de ciclos o los vehículos en seguimiento de ciclistas, en el caso de que no exista vía o parte de ella que les esté especialmente destinada carril bici o una zona explícitamente marcada para las bicicletas, deberán circular por el arcén de su derecha, si fuera transitable y suficiente para cada uno de éstos, y, si no lo fuera, utilizarán la parte imprescindible de la calzada".

Hay que tener en cuenta la velocidad permitida. Sin ir más lejos, en el caso de las ciudades o en el caso de las vías con límite de 50 km/h o menos, las bicicletas tendrán que ir por la calzada de manera obligatoria.

5.¿Se puede circular por una autovía?

Existe una norma en la que se prohibió la circulación a bicicletas por la autovía. Pero tras la polémica, la ley se modificó y en la actualidad sí se puede circular con la bicicleta por las autovías con ciertas condiciones. La primera de ella es ser mayor 14 años y esto será así salvo que se presente una prohibición expresa mediante señalización porque haya otra opción más segura. Siempre tendrá que correctamente señalizada la alternativa que permitirá al ciclista no coger la autovía. En el caso de ir por las autovías será obligatorio circular por el arcén.

6. ¿Se puede circular en paralelo?

Sí te preguntas si se puede circular en paralelo la respuesta es sí. Por ello es posible ver que bicicletas circulan en columna de dos. Eso sí se hacer lo más cerca que sea posible del extremo derecho de la vía. En el caso de las autovías, cuya la circulación es obligatoria por el arcén, solo se permitiría circular de este modo si no se invade la calzada, por lo que haría falta un arcén bastante ancho.

Pero este derecho a circular en paralelo tiene matices. No es aplicable a los tramos con escasa visibilidad, a las zonas con badenes, sobre las curvas, etc. En estos casos es obligatorio recuperar la circulación en filas individuales. Tampoco se puede circular en paralelo cuando hacerlo va a generar aglomeraciones de tráfico. Si lo haces y se forma una cola de coches tendréis que formar una fila individual porque son los coches los que tienen la razón en estos casos.


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