Revista Cultura y Ocio

Las primeras Ordenanzas Marítimas de Castilla de Alfonso X El Sabio

Por Manu Perez @revistadehisto

En el año 1281 Alfonso X el Sabio publica las primeras Ordenanzas Marítimas de Castilla que regularán toda actividad relacionada con el mar: la pesca, el comercio, el tráfico portuario, los salvamentos, la jerarquía y derechos y obligaciones en las naos e incluso la creación, desarrollo y mantenimiento de una Armada castellana, prolongación de la inicialmente formada por Fernando III el Santo para la Conquista de Sevilla conformada casi exclusivamente por embarcaciones cantábricas. Con la incorporación de Murcia a Castilla, Alfonso X se muestra decidido a potenciar la defensa de la zona Mediterránea, llegando incluso a ocupar plazas norteafricanas.

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Alfonso X el Sabio fue un rey fundamental en la Historia de España. Impulsó el avance de la reconquista tomando las ciudades de Sevilla, Cádiz y Jerez; promovió la repoblación en Andalucía y Murcia, y fue el reformista que  iniciaría el proceso que desembocaría en el Estado moderno de la época de los Reyes Católicos. Fue apodado el Sabio por sus profundos conocimientos y erudición. Creó un nuevo código legal ampliado, el Código de las Siete Partidas de  importancia esencial en el mundo del Derecho. Con la Escuela de Traductores de Toledo, el castellano pasó a ser idioma privilegiado. A él se deben varias obras literarias en prosa o lírica, siendo las más conocidas Las Cantigas de Santa María, la publicación de la «Estoria de España » y « Grande e general estoria », y otras obras científicas como las tablas alfonsíes, el Lapidario, e incluso obras recreativas como un tratado de cetrería, o el libro de los juegos y, como no, pasaría también a la historia por ser el primer monarca castellano en regular el derecho marítimo de su reino

Las primeras ordenanzas marítimas de Castilla

Los pueblos que en la antigüedad constituían la península ibérica pronto tomaron conciencia de la necesidad del dominio del mar como fuente de expansión y riqueza. En la Baja Edad Media, la supremacía marítima la ostentó claramente la monarquía  aragonesa, formando un imperio marítimo, auspiciado en gran parte por los catalanes, que en tiempos de Jaime I el Conquistador, habían compilado un código de costumbres marítimas, el “Llibre del Consolat de Mar”, que sirvió de base para las relaciones comerciales en todo el mundo mediterráneo.

Por otra parte, la unión castellano leonesa hizo que en el siglo XIII la ciudad de Sevilla cayese en manos cristianas, reinando Fernando III de Castilla en 1248 y pasando a ser esta ciudad el centro económico principal castellano y punto de interconexión entre el mundo mediterráneo y el Atlántico conocido. Los reyes ya eran conscientes de que la existencia de  conflictos surgidos en el mar no se circunscribían al comercio y la pesca, sino que existían también los desastres y los peligros acaecidos durante las travesías, los cuales no necesariamente tenían por qué ser provocados por las acciones humanas, y que, sin embargo, tenían consecuencias muy importantes en tierra, en especial cuando se producía la pérdida de mercancías, naves y sobre todo, vidas humanas. Pero es sobre todo  a partir del momento en que la flota castellana conquista de la capital andaluza – con la importancia comercial que ésta representaba – cuando los reyes castellanos se dan cuenta de la necesidad de contar con  una escuadra poderosa, y esto impulsa a Alfonso X el Sabio a publicar en 1281 las Primeras Ordenanzas Marítimas de Castilla.  Tras ellas, fluyen hacia Andalucía marinos genoveses, vascos, venecianos, etc., favoreciendo y promoviendo la navegación y convirtiendo a Castilla en un país marítimo de primer orden.

El nacimiento del Derecho Marítimo

Si bien es cierto que ya existían cuerpos jurídicos precedentes sobre el derecho marítimo, como el “Llibre del Consolat de Mar” catalanoaragonés ya mencionado y las “Ordenanzas de Visby” francesas,   las Ordenanzas constituyeron una extraordinaria novedad jurídico-legislativa en su tiempo puesto  que hasta ese momento los juristas se habían ocupado solo incidentalmente de los asuntos mercantiles y maritimos, y  no será hasta el siglo XVI cuando pueda hablarse de la existencia de un Derecho marítimo propiamente dicho. Durante la Baja Edad Media, el derecho romano de obligaciones y contratos se había estudiado de manera global, sin diferenciar entre los asuntos civiles, mercantiles y marítimos. Alfonso X  revolucionó tal situación y tendencia al ser el primer europeo  que dispuso el estudio de las instituciones mercantiles y marítimas de manera independiente de las civiles.

Autor: Ignacio del Pozo Gutiérrez para revistadehistoria.es

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Bibliografía

“La jurisdicción marítima de Castilla durante la Baja Edad Media”   de José Martínez Gijón

“El Ordenamiento de Leyes de Alcalá de 1348” de Ignacio Jordan de Asso y del Río y de Miguel de Manuel y Rodríguez

“La Historiografía de los Roles d’Oléron de Margarita Serna Vallejo

“ Las Ordenanzas del Corso y el marco de actuación corsario” de Daniel Calixto Guerrero,

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