Revista Opinión

Legalización del libro de ACTAS. Suspensión cautelar

Publicado el 03 mayo 2015 por Elblogderamon @ramoncerda

En más de una ocasión he hablado sobre la legalización del libro de actas. Concretamente en febrero pasado (2015) comentaba el absurdo cambio legislativo que parecía hecho a la medida para que los señores registradores multiplicaran enormemente sus tarifas de legalización por el simple (e ingenioso) método de que ya no se puede legalizar en papel.

Legalización del libro de actas… ¿telemáticamente?

#Legalización del libro de ACTAS

Legalización del libro de ACTAS. ¿Nos dejarán seguir legalizando el libro en papel?

En apariencia no es más que un avance que tendría que resultar más cómodo para las empresas y darle una mayor agilidad al asunto, pero en realidad la cosa va mucho más allá y no deja de ser una barbaridad. Por una parte y tal como comenté en febrero, nos obligan a legalizar los libros todos los años puesto que no existe el formato «en blanco» como ocurría en papel, sino que cada año (al menos) hay que enviar telemáticamente las actas al registro, y, por consiguiente, volver a pagar las tasas. Unas tasas que antes nos podían servir perfectamente para veinticinco años.

Pero el absurdo va mucho más allá. Antes se legalizaba el libro en papel y dicho libro era custodiado por la propia empresa. Nadie tenía acceso a su contenido salvo por cuestiones legales o requerimientos de algún tipo. Ahora, los señores registradores, en connivencia con los que han redactado la absurda ley, pretenden que nuestras actas estén en el registro. No sé si luego puede haber difusión de las mismas o no, pero de momento ya van circulando telemáticamente y luego estarán archivadas en el Registro… ¿Tiene eso alguna lógica?

Yo lo denuncié en el blog, pero evidentemente no he acudido a tribunales porque no me compensa. Después de todo, yo aún tengo un libro en papel al que le quedan muchas hojas, y, si es necesario, abriré otro aunque no esté legalizado.

Por suerte, alguien los ha llevado a tribunales alegando la falta de confidencialidad de la norma, cosa grave, pero incluso más grave me parece a mí el robo legal que la norma les permite a los registradores. En cualquier caso, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha paralizado cautelarmente la orden. Una buena noticia sin duda, y espero que al final, cuando haya sentencia, sea clara y contundente y anulen definitivamente el chollo (para registradores) de que tengamos que legalizar el libro de actas todos los años.

Todo esto viene de la interpretación de la confusa (y absurda) ley de emprendedores de 2013, de la que salió vomitada una instrucción de la Dirección General del Registro y del Notariado en la que se especificaba que en todo ese maremágnum telemático quedaban incluidos los «libros» de actas.

Lo que puede pasar:

Básicamente pueden ocurrir dos cosas:

1.- Que no sea necesario legalizar las actas anualmente, cosa que sería más que deseable porque como digo, multiplica por 25 o más los honorarios de los registradores en algo que ni siquiera debería de incumbirles. Este sería el fallo deseable, que se pudieran seguir legalizando los libros de actas en papel como toda la vida y no se tuviera que pasar la información al registro mercantil.

2.- Claro que hay otra opción temida: que simplemente se acuerden unos protocolos de seguridad para que las actas que se envíen tengan garantizada la confidencialidad. Esperemos que el tribunal opte por la primera opción y no por esta, aunque mucho me temo que hay grandes posibilidades de que el fallo vaya en el sentido de garantizar la seguridad. Claro que si yo fuera el juez, diría que para garantizar la confidencialidad solo cabe la legalización del libro en papel, pero no me corresponde a mí decidirlo.

Esperaremos a ver qué pasa. De momento está claro que es un toque de atención importante para los señores registradores y eso ya es una buena noticia.

Consecuencias de la paralización

Lo que está claro es que de momento, quienes no hayan enviado  las actas telemáticamente, podrán esperar, y si tienen necesidad de legalizar el libro de actas, podrán hacerlo de la manera tradicional.

Mañana hablaré de lo que dice a este respecto el señor Registrador de Granada. Recomiendo no perdérselo porque no tiene desperdicio.

Ramón Cerdá

Legalización del libro de ACTAS. Suspensión cautelar was last modified: abril 29th, 2015 by Ramón Cerdá

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