En el Código Penal español se tipifica el delito de lesiones al feto como un tipo delictivo en donde se protege la integridad del feto castigando a aquellos que causen alguna lesión o enfermedad al mismo.
Concretamente la ley señala que en cuanto al delito de lesiones al feto, quien por cualquier medio o procedimiento, cause en un feto una lesión o enfermedad que perjudique gravemente su normal desarrollo o provoque en el mismo una grave tara física o psíquica, deberá asumir la pena asociada a este delito.
Así, podemos ver que los elementos esenciales del delito de lesiones al feto son:
En cuanto a la pena en el delito de lesiones, habrá que estar en función de si quien comete el delito lo hace con mala fe, a través de imprudencia grave, o por imprudencia profesional. En función de cual sea el caso, la pena a aplicar varía considerablemente.
Lesiones al feto
Pena del delito
La pena que recoge el Código Penal para el delito de lesiones al feto es la siguiente:
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Prisión de 1 a 4 años.
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Inhabilitación especial para ejercer cualquier profesión sanitaria, o para prestar servicios de toda índole en clínicas, establecimientos o consultorios ginecológicos, públicos o privados, por tiempo de 2 a 8 años.
Imprudencia grave
Si el autor del delito lo realiza por imprudencia grave, se le impondrán las siguientes penas:
Imprudencia profesional
Si este delito se comete por imprudencia profesional, la pena será la siguiente:
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