Revista Solidaridad

Ley 4/2015, de 3 de marzo, de perros de asistencia para personas con discapacidad de la Comunidad de Murcia

Por Aparcamientodiscapacitados
La persona usuaria, acompañada por su perro de asistencia, tiene reconocido en los términos previstos en esta ley el derecho de acceso, circulación y permanencia en todos los espacios, transportes y establecimientos públicos o de uso público, así como en las instalaciones, establecimientos y espacios de titularidad privada y uso colectivo, incluidos el entorno laboral, administrativo, cultural, recreativo y de ocio, con objeto de garantizar a los ciudadanos con discapacidad unas condiciones básicas de accesibilidad, no discriminación e igualdad de oportunidades

Enlace a la Ley

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