Revista América Latina

Ley “Borges: Estafa al pueblo e intento de desmontaje del Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia (II).

Publicado el 01 febrero 2016 por Jmartoranoster
*JUAN MARTORANO. Si tienes una vivienda de la Gran Misión, muy bien, ya aprobaron la “ley de propiedad”.  Ahora, lee bien y pon atención a esto: – Días atrás vivías en una vivienda de propiedad familiar y hoy vives en una vivienda hipotecada que no has pagado. Antes solo debías pagar el costo de construcción de vivienda, con subsidio y en 30 años. Tu vivienda ahora ingreso a la categoría de “vivienda otorgada mediante crédito hipotecario”, que según la nueva ley, puede ser transferido del Estado a un banco. Su valor, debe ser calculado no a los costos de construcción (recuerda que se hizo con materiales subsidiados), sino a costos actuales de “mercado” y eso lo determinará ahora un valuador de inmueble. – Recuerda: A nadie se le puede dar “propiedad total de un inmueble”, si no lo ha pagado. Ahora para poder tener un documento de propiedad total, lo que te permitirá vender e hipotecar (y ser muy feliz) tienes primero que pagar a un banco.  Según la nueva Ley la cartera hipotecaria de inmuebles entregados es transferible del sector publico a la banca, y eso es “bueno” pues el Gobierno que te hizo la vivienda no va a participar en la cochinada que sigue. Lee. – Tu vivienda será reasignada a una cuenta de crédito hipotecario a un banco o una inmobiliaria. Esa vivienda que costó 250 mil, 300 mil o 400 mil (dependiendo del caso, si vivienda o apartamento) a precio de “mercado” puede costar ahora 4, 5 o 7 millones (dependiendo del inmueble, la zona, etc, según lo que diga una valuación). Ahora debes pagar ese monto, en 20 años. – Saca tu cuenta. Si tu inmueble es valorado ahora en 5 millones de BsF en 20 años debes pagar 240 cuotas mensuales para que te den tu papelito de “propietario”. 5 millones entre 240 dan 20.833 BsF. Eso es lo que tendrás que pagar ahora mensualmente, sin contar intereses. – Si incumples con el pago, el dueño de tu hipoteca (el banco) está legalmente facultado para tomar el inmueble. Eso legalmente se llama “embargo”. – Podrías decir que “te rehúsas a eso”, pero siendo Ley, es obligatorio y tú no tendrás control de nada. El ente que hizo la vivienda simplemente transfiere tus datos y los del inmueble al banco asignado para la “recuperación de la inversión”, para cobrar el crédito hipotecario del cual ya eres beneficiario sin pedirlo expresamente. Ya no tienes que firmar nada, ni decir que estás de acuerdo o en desacuerdo, simplemente estas en un inmueble hipotecado. Si decides no protocolizar el inmueble porque no quieres pagar nada, estarías en la categoría de “invasor”, pues ocupas sin querer pagar un inmueble que ya no es tuyo. Recuerda que los bancos no son como el Gobierno. Ellos si tienen gente que se ocupa de cuidar los bienes del banco y tu casa será uno de ellos. .- Paga sin rechistar, tu nueva deuda que no pediste. Así tendrás “tu propiedad”. ¡Hasta la Victoria Siempre! ¡Independencia y Patria Socialista! ¡Viviremos y Venceremos!

*Abogado,Activista por los Derechos Humanos,Militante Revolucionario y de la Red Nacional de Tuiter@s Socialistas (RENTSOC). http://juanmartorano.blogspot. com /http://juanmartorano.wordpress.com/.jmartoranoster@g mail .com ,[email protected] ,juan _martoranocastillo@yahoo. com. ar . @juanmartorano (Cuenta en Tuiter).

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