Ley de las XII tablas.
La Ley de las XII Tablas se produjo hacia mediados del siglo V A.C., cuando el Senado republicano decidió enviar una comisión de tres magistrados a Atenas para conocer la legislación del gobernante griego Solón, inspirada por el principio de igualdad ante la ley.
A la vuelta de esta comisión el Senado decidió constituir otra comisión integrada por diez magistrados patricios y presidida por un cónsul para la elaboración de la Ley. El trabajo de la comisión duró un año elaborándose las diez primeras tablas en el año 451 a.C.
En el año 450 A.C. se crea otra comisión, esta vez formada por patricios y plebeyos, que elabora las tablas once y doce. A estas tablas se las denominó injustas porque mantuvieron la prohibición de contraer matrimonios mixtos entre patricios y plebeyos.
Las XII Tablas serían ratificadas por el Senado y definitivamente aprobadas por las asambleas populares en los comicios centuriados.
Paso a detallar el contenido de cada tabla traducido al español, de acuerdo a un apunte que entregaron en mi facultad, dictado por el departamento de historia Antigua, de la Universidad de Navarra.
Tabla I:
- Si alguien es citado según derecho, acuda. Si no acude, que se dé fe y que se le capture.
- si hay enfermedad, edad o minusvalía que se le dé montura. Si no la quiere no se le dé vehículo.
- El garante del propietario sea propietano. Del pobre uno ( ciudadano ) que lo aprecie.
- Cuando pacten, anúnciese.
- Si no pactan, que lleven su causa al comicio o al foro antes de mediodía. Durante la exposición, que estén presentes ambos.
- Pasado mediodía adjudíquese el litigio a quien esté presente.
- Si están ambos presentes, que la caída del sol sea el último momento.
Tabla II:
- Quien careciera de testigo, por tres días lo reclame ante su puerta.
Tabla III:
- Confesada la deuda (en dinero) y juzgadas las cosas en derecho, haya un plazo legal de 30 días.
- Luego, que se le prenda, llévesele al tribunal.
- Si no cumple lo sentenciado ni nadie lo avala ante el tribunal que lo lleve consigo (el acreedor). Lo ate con cuerda o con cadenas de, como máximo, 15 libras o si quiere, de menos.
- Si lo quiere, viva de lo suyo. Si no, el que lo tiene encadenado le dará una libra de grano al día. Si quiere le dará más.
- Sin embargo, aún quedaba el derecho a avenirse y, si no lo tenían encadenado setenta días. Durante ellos, por tres mercado seguidos, se le llevaba al comicio ante el pretor y se anunciaba la cuantía de su condena. Al tercer mercado se ejecutaban las penas capitales o iban a venderlo al otro lado del Tíber, como extranjero.
- Al tercer mercado, que se corten los pedazos. Si no restan iguales no sea fraude.
Tabla IV:
- Si el padre ha vendido por tres veces al hijo que éste libre de su padre.
Tabla V:
- Los ancestros quisieron, así, que las mujeres, incluso adultas quedasen bajo tutela en razón de su ligereza de espíritu, salvo las vírgenes Vestales que quisieron fueran libres y así se previene en la ley de las XII tablas.
- Quienes no hayan recibido tutor por testamento, por la ley de las XII tablas tendrán como tutores a sus agnados.
- Si alguien está loco y no tiene custodio, que la potestad sobre él y sus bienes sea de sus agnados y gentiles.
Tabla VI y VII:
- Se prevé en la ley de las XII tablas que si una mujer no quiere caer bajo la mano del marido se ausente 3 noches cada año y que de ese modo interrumpa cada año la usucapión .
Tabla VIII:
- Si le arrancó un miembro y no se avino con él, aplíquesele talión.
- Si el patrono defraudare al cliente, sea execrado.
Tabla IX:
- Que no se establezcan privilegios.
- Que no se dicten penas capitales contra ciudadanos sino por los comicios máximos.
Tabla X:
- Que no se entierre ni queme cadáver en la ciudad.
Tabla XI:
- Tras haber (los decenviros) redactado diez Tablas de leyes con suma equidad y prudencia, los sustituyeron al año siguiente a otros diez que, añadiendo dos tablas de leyes inicuas, prohibieron con una ley inhumanísima los matrimonios de plebeyos con patricios.
Tabla XII:
- Los delitos de los hijos de familia o de los esclavos generaron las acciones noxales, para que el paterfamilias o el amo pudiera a su elección o exponerse a la estimación de un juicio o entregar al culpable…
- Las acciones noxales se instituyeron mediante leyes o por el edicto del pretor: mediante leyes, como la de las XII Tablas sobre robo
