La Ley de Segunda Oportunidad es un procedimiento por el cual puedes cancelar tus deudas imposibles de pagar.
Tienes que cumplir una serie de requisitos, pero básicamente la ley trata de rehabilitar a las personas que han caído en una situación económica insostenible, teniendo deudas ante las que no pueden responder.
En este artículo vemos los requisitos exigibles para poder acceder a la Ley de Segunda Oportunidad y algunas novedades aprobadas recientemente.
Requisitos Ley Segunda Oportunidad
Los requisitos por cumplir son los que se relacionan a continuación:
- Ser deudor de buena fe: Es decir, no haber ocultado bienes, derechos o ingresos. En este caso, la exoneración de la deuda se cancelará.
- Que las deudas no sean superiores a cinco millones de euros.
- Demostrar la insolvencia efectiva del deudor, es decir, la imposibilidad de hacer frente a la deuda.
- No haber sido declarado culpable del concurso de acreedores.
- No haberse acogido a la LSO en los últimos 10 años.
¿Cómo funciona?
Gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad, las personas sobreendeudadas tendrán la posibilidad de cancelar todas tus deudas y obtener lo que se conoce como BEPI (Beneficio de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho) o, lo que es lo mismo, la cancelación total de las deudas.
Por tanto, la Ley de la Segunda Oportunidad se convierte en la herramienta idónea para las personas físicas que se encuentran en una situación de quiebra económica y que no pueden hacer frente a sus deudas.
¿Cuáles son los beneficios de la Ley de Segunda Oportunidad?
Los beneficios de la Ley de Segunda Oportunidad son los siguientes:
- Volver a pedir financiación.
- Desaparecer de los listados de morosidad.
- Volver a tener tarjetas de crédito.
- Empezar una nueva vida.
Principales novedades
Existen tres principales novedades en la Ley de Segunda Oportunidad:
- Se prescinde de la figura del Notario.
- Eliminación de la presencia del Mediador.
- El tiempo que los juzgados se han marcado para concluir y conceder la cancelación de deudas con la Ley de la Segunda Oportunidad.
Duración del plan de pagos
Se ha reducido de cinco a tres años la duración del plan de pagos de la persona deudora, si bien se prevé la extensión a cinco años en algunos casos puntuales en los que se hacen concesiones o esfuerzos más gravosos a favor de la persona deudora o cuando su riesgo de recobro es mayor.