Revista Arquitectura

Licencia de instalación de terrazas para hostelería en torrente

Por Dgarquitecto @DGArquitecto

Instalación de terrazas con sillas y mesas en la vía pública o terrenos de uso público, por parte de locales de hostelería en la ciudad de Torrent.

Hoy desde DG Arquitecto Valencia queremos hacer un pequeño resumen sobre los trámites y documentación a entregar al Ayuntamiento de Torrente para poder ocupar la vía pública con una terraza de veladores para los negocios de hostelería.
Según la ORDENANZA REGULADORA DE LA INSTALACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS TERRAZAS DE VELADORES DE HOSTELERÍA, se entiende por terraza de veladores: 
Las instalaciones formadas por mesas, sillas, sombrillas, toldos, jardineras y otros elementos de mobiliario urbano móviles y desmontables, que desarrollan su actividad de forma aneja o accesoria a un establecimiento principal de bar, cafetería, restaurante, bar-restaurante, café-bar, taberna, chocolatería, heladería, salón de té, croisantería, y bares y restaurantes de hoteles.

La documentación que nos solicita el ayuntamiento para poder instalar una de estas terraza, es la siguiente: 

  • Instancia para ocupación de vía pública.
  • Fotografías de las fachadas que tengan vistas sobre el espacio donde se va a colocar la terraza.
  • Plano de detalle a escala 1:200, realizado por técnico competente, donde se indiquen  todos los elementos de mobiliario, así como su clase, número, dimensiones etc. Superficie total a ocupar y forma de colocación del mobiliario. También se indicarán las medidas correspondientes al frente de fachada del establecimiento y anchura de la acera y, en su caso, arbolado y mobiliario urbano municipal existente, accesos a locales comerciales, viviendas y vados de garajes debiendo todos estos quedar completamente libres.
  • Plano de situación de la terraza a escala 1:500, suscrito por técnico competente.
  • Relación de elementos de mobiliario a colocar en la terraza.
  • Copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil,  Art. 7 ordenanza reguladora.

-Para el caso de terrazas en suelo público:
  • Para terrazas de más de 10 metros cuadrados, carta de pago de la tasa por ocupación.

-Para el caso de terrazas en suelo privado:
  • Normas de la comunidad donde se autoriza la instalación de esta actividad.

-Si la terraza ocupa más allá de los límites de la fachada del negocio de hostelería:
  • Autorización de los locales colindantes.

Información extraída de la página web del AYUNTAMIENTO DE TORRENT
Si tiene cualquier duda sobre este trámite, necesita presupuesto para que le realicemos este trámite completo o simplemente la documentación técnica exigida por el ayuntamiento solo tiene que ponerse en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono629196714 mandando un Email: [email protected] o nuestro formulario de contacto.

Y lo antes posible acudiremos a su local para tomar todos los datos necesarios.



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