La ley española de eutanasia prevé la creación de un registro de objetores. Tomado sin matices, esto iría en contra de la Constitución Española, que niega la obligación de declarar las convicciones personales. Sin embargo, la redacción no es tan elemental, y puede ser razonable, como aclara Rogelio Altisent en un artículo de Diario Médico, reproducido en Observatorio de bioética.