- Buzón es un nuevo mecanismo de comunicación que el SAT está implementado y que tiene como propósito modernizarse y ser más eficaz. Con éste La Autoridad y el Contribuyente tendrán la oportunidad de interactuar de manera directa, rápida y segura.
Esta disposición surge con la Reforma Hacendaria y entrará en vigor a partir del 30 de junio de 2014 para todas las personas morales, mientras que para las personas físicas será a partir de 2015.
Este medio de comunicación será obligatorio para cualquier Contribuyente, motivo por el cual todas las personas físicas y morales inscritas ante el RFC deberán conocer el funcionamiento del BUZÓN y algunos puntos clave para su buen manejo, de manera que se pueda usar correctamente a favor de los usuarios. Algunos ejemplos son:
[block-number]1[/block-number]Cada vez que la Autoridad envíe una notificación, el lector tendrá tres días como plazo para poder leer la misma, y una vez que hayan transcurridos 6 días, a partir del día siguiente en el que se envió la notificación, la Autoridad dará por hecho que el Contribuyente ya se encuentra enterado de la misma.
[block-number]2[/block-number]Las notificaciones se recibirán en el correo electrónico que se dio de alta, sin embargo sólo se podrá visualizar la información contenida en la misma al acceder al BUZÓN y una vez leída se deberá de firmar con la FIEL correspondiente.
[block-number]3[/block-number]Es muy importante que una vez que el usario habilite el BUZÓN se revise el aviso de confirmación que servirá para determinar que las notificaciones son recibidas, pues sólo se recibirá por única ocasión.
Como empresas importadoras y exportadoras es fundamental cumplir con esta modificación al Código Fiscal de la Federación, pues los asuntos en materia aduanero-fiscal también serán notificados de la misma manera.
¿Qué tipo de información se podrá tratar a través de este medio?
Facturas electrónicas que se emiten.
Facturas electrónicas que se reciben.
Avisos del SAT sobre la situación fiscal.Avisos del SAT sobre el régimen de contribuyentes al cual se pertenece.
Notificaciones.
Cartas.
Requerimientos.
Además de que también la Autoridad podrá recibir información que los usuarios envíen, como:
Respuesta de solicitudes.
Cumplimiento de requerimientos.
Avisos.
Para poder comenzar a hacer uso del BUZÓN se deberá ingresar al portal del SAT en el menú trámites y servicios, donde se capturarán los campos de RFC y contraseña.
Posteriormente se deberá seleccionar la opción de Buzón Tributario donde se darán de alta algunos datos de referencia y finalmente se podrá empezar a gozar de los beneficios de esta nueva herramienta.
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