Recogiendo lo que dicta la nueva Ley, los autónomos españoles podrán deducirse estos gastos
Los autónomos han visto como cambiaban los gastos sujetos a deducción con la aprobación definitiva en el senado el pasado mes de Octubre.
Las modificaciones aclaran los gastos deductibles para los trabajadores por cuenta propia. Hay dos tipos de gastos que tienen este tipo de profesionales y que han sufrido cambios en esta última Ley. Los gastos de manutención y los suministros correspondientes a la parte de la vivienda que utilizan para su actividad.
Desarrollemos los principales y más interesantes cambios.
- Gastos de manutención del propio contribuyente incurridos en el desarrollo de la actividad económica. En concreto 26.67 por día si la actividad se realiza en España y 48.08 si se realiza en el extranjero. En ambos casos la cantidad se duplica si hay pernocta.
- La prima de los seguros por enfermedad del contribuyente, cónyuge e hijos menores de 25 años. Hasta 500 euros por persona, y 1500 por persona discapacitada.
- Los gastos de suministros de la vivienda desde la que trabaja el autónomo.
Según declara la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) que estas políticas pueden calificarse de «muy positivas, pues no sólo clarifican la situación de las deducciones, sino que permitirán que más autónomos puedan deducirse dichos gastos».